La UE permitirá el uso en agricultura de aguas residuales depuradas

La UE está tomando nuevas medidas destinadas a reducir el riesgo de escasez de agua para el riego de los cultivos. El Consejo adoptó la semana pasada mediante procedimiento escrito un reglamento que facilitará la utilización de aguas residuales urbanas (agua regenerada) para el riego agrícola.

Estas normas ayudarán a Europa a adaptarse a las consecuencias del cambio climático. El Reglamento, acorde con el concepto de la economía circular, mejorará la disponibilidad de agua y fomentará su utilización eficiente. Garantizar que haya suficiente agua disponible para el riego agrícola, en particular durante las olas de calor y las sequías más intensas, puede ayudar a evitar la pérdida de cosechas y la escasez de alimentos.

Habida cuenta de la disparidad de condiciones geográficas y climáticas entre Estados miembros, cada Estado miembro podrá decidir si procede o no el empleo de aguas residuales regeneradas para el riego agrícola en todo o parte de su territorio.

La decisión implica que el Consejo ha adoptado su posición en primera lectura. Ahora el Reglamento debe ser aprobado por el Parlamento Europeo en segunda lectura, antes de que pueda publicarse en el Diario Oficial.

En la actualidad, la reutilización del agua es una práctica establecida en muy pocos Estados miembros, que se está explotando muy por debajo de su potencial.

España, en línea con el resto de paises mediterráneos de la UE, reutiliza hasta un 40% de agua y dispone desde 2007 de un Real Decreto que lo regula.

Por tanto, en principio sólo tendrá que acomodar su normativa al nuevo procedimiento administrativo europeo que se adopte, especialmente en materia “de monitorización y seguimiento”.

Las normas acordadas facilitarán y estimularán la generalización de esta práctica beneficiosa, que puede garantizar un suministro más previsible de agua a los agricultores de la UE y ayudarles a adaptarse al cambio climático y a mitigar sus efectos.

Mediante el establecimiento de unos requisitos mínimos, las nuevas normas garantizarán la seguridad de esa práctica y aumentarán la confianza de los ciudadanos en los productos agrarios que se encuentran en el mercado interior de la UE. Este enfoque armonizado también facilitará el buen funcionamiento del mercado interior de los productos agrarios y creará nuevas oportunidades de negocio para operadores y proveedores de tecnología.

En virtud de la nueva legislación, las aguas residuales urbanas que ya se hayan sometido a determinados tratamientos con arreglo a las normas de la Directiva sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas deberán someterse a un tratamiento adicional para cumplir los nuevos parámetros mínimos de calidad y, de ese modo, serán aptas para su uso en agricultura.

Además de los requisitos mínimos armonizados, la nueva legislación establece unos requisitos mínimos de seguimiento; disposiciones en materia de gestión de riesgos para evaluar los posibles riesgos adicionales para la salud y los posibles riesgos para el medio ambiente y hacerles frente; y un procedimiento de concesión de licencias y una serie de disposiciones sobre transparencia, en virtud de las cuales deberá ponerse a disposición del público la información más importante sobre cualquier proyecto de reutilización del agua.

El reto para hacer atractivas las aguas regeneradas para los regantes es que los operadores del ciclo integral, que en España son punteros a nivel internacional, logren unos costes de regeneración de agua competitivos para que los usuarios opten por él frente a otras fuentes más comprometidas.

Fuente: Ecoiuris, El Agora

Urbanismo y Medio Ambiente: el nuevo decreto vasco exime de evaluación ambiental los estudios de detalle, las ordenanzas y los catálogos

 

El Consejo de Gobierno Vasco ha aprobado el Decreto que regula el procedimiento de aprobación de los Planes de Ordenación del Territorio y los Planes urbanísticos municipales, en el que se integran los trámites de la Evaluación Ambiental Estratégica.

Hasta ahora ambos procedimientos, el sustantivo, de los Planes e Instrumentos de ordenación urbanística y el instrumental, de la evaluación ambiental, han estado regulados por leyes distintas y el resultado era que la terminología, los documentos, las determinaciones y los trámites previstos para unos y otros, carecieran de la debida conexión, lo que ha devenido en la práctica en una dilatación de plazos y en alguna duplicidad de trámites evitables.

El Decreto se asienta sobre la base de los principios de racionalización, simplificación procedimental y simultaneidad de trámites.

Lo que hace la norma es simplificar la tramitación de los planes urbanísticos de ámbito municipal (PGOU) y de ámbito más reducido (Planes Parciales y Planes Especiales) y unifica refundiendo tanto los plazos urbanísticos como los ambientales.

Se ha conseguido una regulación más clara de forma que ofrezca la máxima seguridad jurídica y una reducción en los plazos de tramitación que puede llegar a ser de hasta dos años menos, en el caso de los Planes Generales; de uno, para el planeamiento de desarrollo y los Estudios de Detalle podrán aprobarse en el plazo de tres meses, frente al año y medio que puede tardarse en la actualidad.

El Decreto atiende la demanda expresada tanto por el sector público como por el privado de procurar la agilización administrativa de forma que los planes municipales puedan promoverse y aprobarse con el límite del marco de los 4 años de un mandato local, a través de la simplificación y agilización de los procesos de elaboración y tramitación del planeamiento.

El Decreto aprovecha para aclarar, conforme a los últimos pronunciamientos judiciales, que los estudios de detalle, las ordenanzas y los catálogos no tienen la consideración de planes según la Ley de Suelo y Urbanismo del País Vasco, y por tanto no están sometidos a evaluación ambiental precisamente por su nula capacidad innovadora desde un punto de vista urbanístico.

Como consecuencia de la amplia participación pública, se han introducido una serie de aspectos novedosos, entre los que destacamos:

  • El impulso a la participación ciudadana, de forma que a partir de ahora los planes de ordenación territorial y los planes generales tendrán obligatoriamente que reforzar sus programas de participación en los que se establezcan los objetivos, estrategias y mecanismos suficentes para posibilitar el derecho a participar de la ciudadanía y entidades asociativa.
  • El Decreto incluye entre sus principios generales la inclusión de la perspectiva de género en los procedimientos que se regulan, en línea con lo que ya se ha hecho de manera pionera en las Directrices de Ordenación del Territorio (DOT) y con la actividad que vienen desplegando los Ayuntamientos con las subvenciones que el departamento viene concediendo por tercer año consecutivo.

Fuente: www.irekia.euskadi.eu

La Comisión Europea presenta su Ley del Clima y abre una consulta sobre el Pacto Verde

La Comisión Europea presentó el 4 de Marzo una propuesta para consagrar en la legislación el compromiso político de la UE de ser un bloque climáticamente neutro para 2050, a fin de proteger el planeta y la población. La Ley del Clima Europea fija el objetivo para 2050 y la orientación de todas las políticas de la UE, además de ofrecer previsibilidad a las autoridades públicas, las empresas y los ciudadanos. Al mismo tiempo, la Comisión abre una consulta pública sobre el futuro Pacto Europeo sobre el Clima. Mediante esta consulta, la población participará en la formulación conjunta de este instrumento.

La presidenta Ursula von der Leyen ha declarado lo siguiente: «Actuamos ahora para convertir a la UE en el primer continente neutro desde el punto de vista del clima de aquí a 2050. La Ley del Clima es la expresión jurídica de nuestro compromiso político y nos marca irreversiblemente la senda hacia un futuro más sostenible. Es el elemento central del Pacto Verde Europeo. Ofrece previsibilidad y transparencia a la industria y los inversores europeos, orienta nuestra estrategia de crecimiento ecológico y garantiza que la transición será gradual y justa».

El vicepresidente ejecutivo responsable del Pacto Verde Europeo, Frans Timmermans, ha declarado: «Hoy pasamos de las palabras a los hechos a fin de demostrar a los ciudadanos europeos que vamos en serio al perseguir el objetivo de cero emisiones netas de gases de efecto invernadero de aquí a 2050. La Ley del Clima Europea es también un mensaje a nuestros socios internacionales de que este es el año en que juntos tenemos que aumentar nuestro nivel de ambición a escala mundial para alcanzar nuestros objetivos comunes en virtud del Acuerdo de París. La Ley del Clima garantizará que sigamos centrados y disciplinados, permanezcamos en el buen camino y rindamos cuentas por los resultados.»

Mediante la Ley del Clima Europea, la Comisión propone un objetivo jurídicamente vinculante de cero emisiones netas de gases de efecto invernadero de aquí a 2050. Las instituciones de la UE y los Estados miembros están colectivamente obligados a adoptar las medidas necesarias a nivel nacional y de la UE para alcanzar el objetivo.

La Ley de Clima incluye medidas para hacer un seguimiento de los avances y ajustar nuestras acciones en consecuencia, sobre la base de los sistemas existentes, tales como el proceso de gobernanza para los planes nacionales de los Estados miembros en materia de energía y clima, los informes periódicos de la Agencia Europea de Medio Ambiente y los últimos datos científicos sobre el cambio climático y sus repercusiones. Cada cinco años se examinarán los progresos registrados, en consonancia con el balance mundial del Acuerdo de París.

La Ley del Clima también aborda el camino a seguir para alcanzar el objetivo de 2050.

  • Sobre la base de una evaluación de impacto exhaustiva, la Comisión propondrá un nuevo objetivo de la UE de reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero para 2030. La Ley del Clima se modificará una vez que se haya concluido la evaluación de impacto.
  • A más tardar en junio de 2021, la Comisión revisará, y en su caso propondrá revisar, todos los instrumentos políticos pertinentes para lograr las reducciones adicionales de las emisiones para 2030.
  • La Comisión propone que se establezca una trayectoria de 2030-2050 a escala de la UE para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero, medir los progresos y ofrecer previsibilidad a las autoridades públicas, las empresas y los ciudadanos.
  • A más tardar en septiembre de 2023, y posteriormente cada cinco años, la Comisión evaluará la coherencia de las medidas nacionales y de la UE con el objetivo de neutralidad climática y la trayectoria de 2030-2050.
  • La Comisión estará facultada para emitir recomendaciones a los Estados miembros cuyas actuaciones no sean coherentes con el objetivo de neutralidad climática, y los Estados miembros estarán obligados a seguirlas o a justificar el motivo de no haberlo hecho. La Comisión también podrá revisar la idoneidad de la trayectoria y las medidas a escala de la Unión
  • También se exigirá a los Estados miembros que formulen y apliquen estrategias de adaptación para reforzar la resiliencia y reducir la vulnerabilidad ante los efectos del cambio climático.

 

Configuración del Pacto Europeo sobre el Clima y de las futuras políticas correspondientes

Junto con las políticas y la reglamentación gubernamentales, todos los sectores de la sociedad y la economía deben desempeñar un papel en la transición hacia una Unión Europea climáticamente neutra.

Por ello, la Comisión pone en marcha hoy una consulta pública sobre un nuevo Pacto Europeo sobre el Clima, una amplia iniciativa encaminada a que los ciudadanos y las partes interesadas se hagan oír y participen en la formulación de nuevas acciones por el clima, el intercambio de información, la puesta en marcha de actividades de base y la presentación de soluciones que otros puedan seguir.

La consulta tendrá una duración de doce semanas. Las respuestas se utilizarán en la formulación del Pacto sobre el Clima, que se pondrá en marcha antes de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático que se celebrará en Glasgow en noviembre de 2020 (CP26).

La Comisión ha empezado oficialmente hoy esta labor mediante la publicación de las evaluaciones iniciales de impacto sobre el futuro mecanismo de ajuste en frontera de las emisiones de carbono y la revisión de la Directiva sobre fiscalidad de la energía, dos de los otros instrumentos políticos importantes en el marco del Pacto Verde Europeo. Además, el Colegio de Comisarios ha adoptado una propuesta para designar 2021 como Año Europeo del Ferrocarril a fin de destacar las ventajas para el clima de un mayor uso de la red ferroviaria por parte de los pasajeros y las mercancías.

Contexto

La ambición de la UE de convertirse en el primer bloque climáticamente neutro de aquí a 2050 constituye el elemento central del Pacto Verde Europeo presentado por la Comisión Von der Leyen el 11 de diciembre de 2019.

En primer lugar, la Comisión estableció su su visión de una UE climáticamente neutra para 2050 en noviembre de 2018, en consonancia con el objetivo del Acuerdo de París de mantener el aumento de la temperatura mundial por debajo de 2 °C y esforzarse por mantenerlo en 1,5 °C. El Parlamento Europeo aprobó el objetivo de la UE de alcanzar el objetivo de cero emisiones de gases de efecto invernadero el 14 de marzo de 2019. El 12 de diciembre de 2019, el Consejo Europeo aprobó el objetivo de una UE climáticamente neutra para 2050.

Fuente: European Commission

Los técnicos del Ministerio Hacienda piden aplicar a las empresas y no a usuarios los impuestos a transporte aéreo y plásticos de un uso

Los técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) ven «inevitables» los nuevos impuestos que prepara Hacienda al transporte aéreo y a los envases de plásticos de un solo uso para reducir la contaminación, si bien en el primer caso ven conveniente que se consensúe en el ámbito europeo y en ambos casos abogan por que sean «altos» para propiciar cambios en los modelos y se apliquen solo a las empresas y no a los usuarios, aunque previsiblemente repercuta posteriormente en los consumidores.

Así lo ha señalado en declaraciones a Europa Press el secretario general de Gestha, José María Mollinedo, después de que el pasado viernes el Ministerio de Hacienda sometiese a consulta pública, a través de su página web, dos documentos relativos a estos dos nuevos tributos para que las organizaciones y asociaciones más representativas potencialmente afectadas por la futura norma, o bien cualquier ciudadano interesado, puedan hacer llegar sus comentarios.

Los técnicos de Hacienda enviarán sus observaciones a la Dirección General de Tributos sobre los documentos para crear los nuevos tributos como parte afectada en el cumplimiento de las futuras normas, en las que pedirán que se aplique sobre la actividad, de forma que recaiga en las empresas y no en los usuarios, aunque previsiblemente las compañías repercutirán el mayor coste fiscal en los consumidores.

Mollinedo ve «inevitable» la creación del impuesto a los envases de plástico de un solo uso, ya que la «autorregulación» del sector, como el cobro por el uso de las bolsas de plástico, en el caso de Andalucía fijado por ley, no ha servido de mucho para reducir la proliferación de plásticos.

Por ello, aboga por fijar un impuesto a la empresa productora para que pueda sustituir esos plásticos por otros envases biodegradables o compostables, y que el tributo sea lo «suficientemente alto» como para incentivar el cambio de modelo de producción y comercialización hacia materiales menos dañinos para el medio ambiente.

Transporte aéreo

En cuanto al impuesto al transporte aéreo, cree que es un tema más «controvertido», ya que el queroseno está exento de impuestos para navegación comercial nacional e internacional, y aunque augura menos problemas para someter a tributación ese hidrocarburo a nivel nacional, a nivel internacional ve más dificultad al pertenecer España al organismo multilateral que excede incluso del ámbito de la Unión Europea.

«En la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) hay muchos intereses de muchos países», ha apuntado Mollinedo, quien ha recordado que España tiene «muy claro» que es un país receptor de turismo, por lo que este tipo de medidas podrían tener un impacto negativo.

Así, ve «deseable» que el tributo se implantase a nivel europeo y que, en todo caso, no se aplicase sobre los vuelos de llegada, sino únicamente de los de origen.

En este sentido, cree que es «mucho más equilibrado» el gravamen que fijó Cataluña en 2016, cuando estableció el impuesto «constitucionalmente aceptado y sin doble imposición» a la aviación comercial por la emisión de óxidos de nitrógeno, en operaciones de aterrizaje y despegue, con excepciones a vuelos de enfermos o de servicios públicos como cartografía o lucha contra incendios.

«Vemos mejor un impuesto al que realiza la actividad y no al usuario que viaja en ese vuelo», ha insistido Mollinedo, quien ha recordado que en ocasiones los vuelos son «imprescindibles».

En consecuencia, Gestha se dirigirá a la Dirección General de Tributos para que la nueva imposición se dirija a las empresas y no a los usuarios –aunque «lógicamente las empresas van a trasladarlos a los usuarios»–, y propondrán que sean «altos» para que haya cambios en los modelos de producción en favor del medio ambiente.

Fuente: www.elderecho.com

Nueva ordenación de las granjas porcinas: medio ambiente, sanidad y bienestar animal

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se establecen normas básicas de ordenación de las granjas porcinas.

Supone una profunda revisión de la normativa vigente, que data del año 2000, cuyo objetivo es la adaptación a los nuevos retos de la producción porcina en materia de sanidad, medio ambiente y bienestar animal. Una actualización que se ha abordado en estrecha colaboración con el sector, las comunidades autónomas y la sociedad civil en su conjunto.

Las principales novedades se articulan en torno a dos grandes áreas: reforzar los requisitos en materia de sanidad animal y bioseguridad de las granjas con el fin de mantener un estatus sanitario adecuado en las mismas, y adoptar compromisos en materia de medio ambiente relacionados con la protección del agua, el aire, los suelos y la lucha contra el cambio climático.

Beneficios medioambientales

Son precisamente los importantes beneficios medioambientales que la aplicación de la nueva norma va a aportar, una de las señas de identidad de este Real Decreto. La norma implementa mejoras y novedades en los requisitos actualmente en vigor desde el año 2000 en materia de gestión de estiércoles en las granjas, y en el Plan de Producción y Gestión de estiércoles, que se amplía a todas las instalaciones y que formará parte de un Plan de Gestión Ambiental individualizado para cada granja.

Por otra parte la nueva norma introduce medidas para la reducción de las emisiones de gases contaminantes y de efecto invernadero por parte de las granjas de ganado porcino, en particular, el registro de manera individualizada por cada granja de las emisiones y las técnicas que utiliza para su reducción («Mejores técnicas disponibles»). Los nuevos requisitos en materia de impacto ambiental permitirán reducir las emisiones de gases contaminantes (en particular amoniaco) y de efecto invernadero en cerca del 21% a partir de 2023, respecto del escenario tendencial sin esta normativa.

Destacan también importantes avances en relación al bienestar animal, en particular la exigencia de un plan individual para cada granja que evalúe los potenciales riesgos y las medidas a adoptar para el bienestar de los animales.

Sanidad animal

La norma introduce también mejoras en relación con las condiciones de bioseguridad de las granjas, con el fin de limitar la entrada y la difusión de enfermedades de los animales.

Todo ello será posible por la introducción de manera obligatoria de la figura del veterinario de granja, que será el responsable de asesorar sobre aspectos relacionados con la sanidad y el bienestar de los animales.

Para asegurar el cumplimiento y la aplicación homogénea de todos los aspectos que desarrolla la norma, se crea una Mesa de ordenación de los sectores ganaderos, que velará para el cumplimiento de los objetivos establecidos. En la misma participarán los representantes de las comunidades autónomas, responsables de la ejecución y el desarrollo de esta norma, así como de los Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.

El sector porcino es un importante motor económico y de empleo para el medio rural, por lo que la norma trata de compatibilizar su desarrollo con la adaptación rigurosa a la exigente legislación europea y nacional en materia de emisiones de gases contaminantes o de efecto invernadero, o la protección del agua, así como a las nuevas necesidades en el ámbito de la sanidad o el bienestar de los animales. Todo ello atendiendo a las demandas sociales.

La publicación de este nuevo Real Decreto permitirá establecer las bases para el desarrollo ordenado de la actividad de este sector en los próximos años, integrando los principales retos a los que se enfrenta el sector, y que definirán en gran medida su posición competitiva tanto en los mercados mundiales como ante la sociedad.

Fuente: www.lamoncloa.gob.es

La Ley de Cambio Climático y Transición Energética entra en la recta final de su tramitación administrativa

El anteproyecto de Ley de Cambio Climático y Transición Energética (APLCCTE), que será el marco normativo e institucional para facilitar la progresiva adecuación de nuestra realidad a las exigencias que regulan la acción climática, inicia la recta final de su tramitación administrativa. Esta herramienta facilitará y orientará la descarbonización de la economía española a 2050, una descarbonización que tiene que ser socialmente justa.

 

El nuevo borrador del anteproyecto de Ley de Cambio Climático y Transición Energética (APLCCTE) es un texto reforzado en materia de ambición, gobernanza, participación y transparencia. Tras haber sido sometido a información y audiencia públicas e incorporar alegaciones resultantes de este proceso, así como haber sido informado por los demás departamentos ministeriales, el siguiente paso será su toma en consideración por parte del Consejo Asesor de Medio Ambiente (CAMA), principal órgano de encuentro y participación entre la Administración General del Estado y los sectores sociales y económicos relevantes para el medio ambiente. El Consejo se reunirá el lunes 10 de febrero.

Posteriormente, el borrador de anteproyecto será tratado en Conferencia Sectorial con las Comunidades Autónomas y por el Consejo de Estado, paso previo a su remisión al Consejo de Ministros antes de iniciar su tramitación parlamentaria.

La vicepresidenta para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Teresa Ribera, ha destacado la importancia de que el anteproyecto “llegue cuanto antes al Parlamento para el debate y enriquecimiento por parte de los grupos parlamentarios”.

El nuevo texto consta de 37 artículos –frente a los 28 del texto anterior- distribuidos en nueve títulos –antes ocho-, cuatro disposiciones adicionales, una disposición transitoria, una disposición derogatoria única y once disposiciones finales. El nuevo título está dedicado a la gobernanza y la participación pública, estableciendo un Comité de Cambio Climático y Transición Energética, responsable de evaluar y hacer recomendaciones sobre las políticas y medidas en materia de Clima y Energía, elaborando un informe anual que será remitido al Congreso de los Diputados.

 

OBLIGATORIEDAD DE ZONAS DE BAJAS EMISIONES

En 2018, el transporte fue el sector con mayor peso en las emisiones de gases de efecto invernadero, un 27%. Por sí solo, el tráfico por carretera representa un 25% del total de emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) y, de ellas, un tercio se concentran en aglomeraciones urbanas. Es, además uno de los principales emisores de óxidos de nitrógeno, con un efecto muy pernicioso para la salud.

 

El nuevo borrador consagra como obligación que los municipios de más de 50.000 y los territorios insulares establezcan zonas de bajas emisiones no más tarde de 2023 y fija que cualquier medida que suponga una regresión de las zonas de bajas emisiones ya existentes deberá contar con el informe previo de las Administraciones estatales o autonómicas competentes en materia de protección del medioambiente. También como novedad, el anteproyecto indica que dichos municipios y territorios insulares impulsen medidas de movilidad eléctrica compartida.

 

MAPA INFORMATIVO DE PUNTOS DE RECARGA

Además, para favorecer la expansión del vehículo eléctrico, el Gobierno desarrollará y pondrá a disposición del público una plataforma de información sobre puntos de recarga; el Código Técnico de Edificación establecerá obligaciones relativas a la instalación de puntos de recarga en edificios de nueva construcción y en intervenciones de edificios existentes; y las nuevas instalaciones de suministro de combustible y carburantes a vehículos, o aquellas que acometan una reforma que requiera revisión de su título administrativo, deberán instalar al menos una infraestructura de recarga eléctrica de potencia igual o superior a 50 kW de corriente continua, con el objeto de que la recarga del vehículo sea rápida.

 

En esta misma línea, el nuevo anteproyecto introduce obligaciones de instalar al menos un punto de recarga rápida —50 kW— en aquellas estaciones de servicio que, por tener un volumen de ventas superior a los 5 millones de litros de gasóleo y gasolina, disponen en principio de mayor capacidad económica y financiera para hacer frente a la inversión requerida. Se trata de un 9% del total de la red de gasolineras.

 

También se prevé que el sector del transporte marítimo y puertos reduzca paulatinamente sus emisiones, con un objetivo de cero emisiones directas de los buques cuando estén amarrados o fondeados en los puertos de competencia del Estado para el año 2050. Para ello se promoverá, entre otras medidas, la articulación y consolidación de cadenas logísticas sostenibles con origen o destino en puertos, de forma que se reduzcan las emisiones. De igual modo, se establecerán objetivos anuales de suministro de biocarburantes en el transporte aéreo, con especial énfasis en los de carácter avanzado y los procedentes de fuentes renovables de origen no biológico.

 

Para alcanzar una movilidad sostenible, el anteproyecto mantiene que todas las administraciones deben adoptar medidas para alcanzar en 2050 un parque de turismos y de vehículos comerciales ligeros sin emisiones directas de CO2. Se adoptarán las medidas necesarias, de acuerdo con la normativa europea, para que los turismos y vehículos comerciales ligeros nuevos, excluyendo los vehículos matriculados históricos y los no destinados a usos comerciales, reduzcan paulatinamente sus emisiones de modo que no más tarde de 2040 sean vehículos de emisiones de 0gCO2/km. A tal efecto, se trabajará con el sector y se pondrán en marcha medidas que faciliten la penetración de estos vehículos, que incluirán medidas de apoyo a la I+D+i.

 

MÁS RECURSOS PARA LA LUCHA CONTRA EL CAMBIO CLIMÁTICO

El nuevo texto del anteproyecto amplía el porcentaje de los Presupuestos Generales del Estado que deberán contribuir a los objetivos en materia de cambio climático y transición energética. La cantidad final, que será equivalente a la que se acuerde en el Marco Financiero Plurianual de la Unión Europea, será en cualquier caso superior a la anteriormente fijada (20%).

 

Se añade que el Gobierno promoverá una financiación adecuada de las prioridades en materia de investigación, desarrollo e innovación de cambio climático y transición energética que se incluyan en las sucesivas Estrategias españolas de Ciencia y Tecnología y de Innovación.

 

INFORMACIÓN SOBRE RIESGOS DEL CAMBIO CLIMÁTICO

El anteproyecto que llegó al Consejo de Ministros en febrero de 2019 establecía que las entidades admitidas a negociación en mercados regulados, entidades de crédito, entidades aseguradoras y reaseguradoras y sociedades por razón de tamaño han de presentar un informe en el que hagan una evaluación del impacto de los riesgos asociados al cambio climático generado por la exposición a éste de su actividad.

 

El nuevo texto incorpora una obligación al Operador del sistema eléctrico, al Gestor Técnico del sistema gasista y a la Compañía Logística de Hidrocarburos (CLH).  Cada dos años y en el ámbito de sus respectivas competencias, estas entidades deberán elaborar un informe en el que se haga una evaluación de los riesgos y oportunidades asociados a un sistema energético descarbonizado sobre las actividades de la entidad, su estrategia y su planificación financiera.

 

Asimismo, y de acuerdo con la estrategia de descarbonización a 2050, el Gobierno podrá requerir al operador del mercado, al operador del sistema, al transportista y a los distribuidores la elaboración y presentación de una estrategia de descarbonización en su ámbito de actuación. En ella, se podrán anticipar nuevas soluciones y adaptaciones necesarias en el marco regulatorio.

 

UN PAÍS MÁS SEGURO Y MENOS VULNERABLE AL LOS IMPACTOS

Entre las novedades del título dedicado a la adaptación, la nueva versión del borrador añade la consideración del cambio climático en la seguridad alimentaria. Para ello, se establecerán objetivos estratégicos concretos, indicadores asociados y medidas de adaptación encaminados a mitigar los riesgos en seguridad alimentaria asociados al cambio climático, incluidos la aparición de riesgos emergentes alimentarios. Asimismo, se añade una disposición sobre el fomento y mejora de la capacidad de absorción de los sumideros de carbono.

 

Ambos artículos se añaden a los artículos sobre adaptación al cambio climático en la planificación y gestión del desarrollo urbano, edificación e infraestructuras del transporte; protección de la biodiversidad frente al calentamiento global; política forestal y desarrollo rural; planificación y gestión del agua y de la costa.

 

PARTICIPACIÓN CIUDADANA

Otra de las novedades del anteproyecto es el título IX, dedicado a la gobernanza y la participación públicas. Además del mencionado Comité de Cambio Climático y Transición Energética, el texto establece que las comunidades autónomas informen a la Comisión de Coordinación de Políticas de Cambio Climático a partir del 31 de diciembre de 2021 de los planes de energía y clima con los que cuenten.

 

De igual modo, se fija que los planes, estrategias, instrumentos y disposiciones que se adopten en materia de lucha contra el cambio climático deberán desarrollarse bajo fórmulas que garanticen la participación de los agentes sociales y económicos interesados, y del público en general.

 

También se recoge la gobernanza para reforzar la coordinación sobre las diferentes obligaciones de información del Gobierno en esta materia y, en particular, de los datos de las políticas, medidas, inventarios y proyecciones de gases de efecto invernadero.

 

OBJETIVOS ALINEADOS CON LA NEUTRALIDAD CLIMÁTICA

El anteproyecto mantiene las dos grandes referencias temporales para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI), introducir energías renovables y ser más eficientes en el uso de la energía: 2030 y 2050.

Los objetivos que se establecen marcan un suelo que se podrá mejorar al alza con los planes nacionales Integrados de Energía y Clima.  Así, en 2030, la meta es reducir las emisiones de GEI en al menos un 20% con respecto a 1990. Con respecto a 2017, último año con datos consolidados, este esfuerzo supone retirar en torno a un 33% de las emisiones, es decir, aproximadamente una de cada tres toneladas de CO2 que se emiten en la actualidad.

Este objetivo de reducción es coherente con el aumento de ambición que se ha fijado la Comisión Europea para 2030, que pasaría del actual 40% respecto a 1990 a una horquilla entre el 50% y el 55%. Y tal como se recoge en el texto del anteproyecto se podrá revisar siempre al alza, no se permite la regresión del mismo  para responder a una mayor ambición tanto a nivel comunitario como internacional.

El anteproyecto se fija, también para 2030, generar el 70% de la electricidad con renovables; asegurar que al menos el 35% del consumo final de energía proviene de renovables; y mejorar la eficiencia energética en al menos un 35% respecto a un escenario tendencial.

El anteproyecto de ley  y el PNIEC son dos de los grandes pilares del Marco Estratégico de Energía y Clima para el periodo 2021-2030. Se trata de dos instrumentos que son complementarios y coherentes entre sí. Mientras el anteproyecto establece el marco institucional cuya función principal  es dar señales regulatorias y económicas que den estabilidad y marquen la dirección del país hacia la neutralidad climática, el PNIEC es un instrumento de planificación revisable que define los objetivos de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero, de penetración de energías renovables y de eficiencia energética, así como las líneas de actuación y la senda para alcanzarlos que según los modelos utilizados es la más adecuada y eficiente. En este sentido, los objetivos establecidos en ambos instrumentos no son contradictorios, sino que el anteproyecto marca  un suelo incrementable por el PNIEC.

Este esfuerzo de reducción de emisiones que debe hacer España en la próxima década, para situarse en la senda de alcanzar la neutralidad en carbono comprometida no más tarde de 2050. En ese año, y en línea con la estrategia de descarbonización de la Unión Europea, el sistema eléctrico deberá ser ya 100% renovable.

 

IMPULSO DECIDIDO A LAS ENERGÍAS RENOVABLES

El anteproyecto de Ley da un impulso decidido a las energías renovables. Desde 2021, se convocarán subastas para impulsar la construcción de al menos 3.000 MW de instalaciones renovables. El producto subastado será la energía y la variable sobre la que se ofertará será el precio de retribución de dicha energía, con el objeto de que el resultado de las subastas impacte positivamente en el precio que abonan los consumidores por la electricidad.

 

A la hora de convocar las subastas, se podrá distinguir entre tecnologías, niveles de gestionabilidad, criterios de localización y de madurez tecnológica u otros acordes con la normativa comunitaria.

 

El anteproyecto incorpora un artículo para promover y facilitar la eficiencia energética y el uso de fuentes renovables en el ámbito de la edificación. De igual modo, se prolonga la vigencia del Fondo Nacional de Eficiencia Energética hasta el 31 de diciembre de 2030.

 

Asimismo, se da mayor flexibilidad favoreciendo la hibridación de las instalaciones —que podrán evacuar la energía eléctrica utilizando el mismo punto de conexión y la capacidad de acceso ya concedida, siempre y cuando se cumpla con los requisitos técnicos preceptivos— y el aumento de potencia dentro de la capacidad máxima de acceso.

TRANSICIÓN JUSTA

El nuevo borrador mantiene un título exclusivo para medidas de Transición Justa, que define tanto su estrategia nacional como los convenios específicos, y se refuerza la participación de las comunidades autónomas.

 

Por otro lado, los convenios de transición justa -cuyo objetivo es el fomento de la actividad económica y la mejora de la empleabilidad de los trabajadores en la transición hacia un desarrollo bajo en carbón- podrán incluir el acceso prioritario a una parte o a la totalidad de la capacidad de evacuación eléctrica, así como el derecho prioritario al uso y volumen de agua de aquellas concesiones que queden extinguidas tras el cierre de instalaciones de generación de energía eléctrica con arreglo a lo previsto en el Real Decreto-ley 17/2019, de 22 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes para la necesaria adaptación de parámetros retributivos que afectan al sistema eléctrico y por el que se da respuesta al proceso de cese de actividad de centrales térmicas de generación.

 

UN ANTEPROYECTO LARGAMENTE DEMANDADO

Este anteproyecto de ley, que la Comisión Mixta Congreso/Senado para el Estudio del Cambio Climático recomendó elaborar al Gobierno ya en el año 2011, responde al compromiso adquirido mediante la firma del Acuerdo de París y constituye un marco normativo que aporta estabilidad y certidumbre para orientar la descarbonización de los diferentes sectores de la economía española a 2050 y facilitar una transformación gracias a la cual el país ganará en prosperidad, seguridad, generación de empleo, innovación, desarrollo tecnológico y justicia social.

Asimismo, se alinea con “El Pacto Verde europeo” –The European Green Deal-, acordado por la Comisión Europea en diciembre de 2019, que establece una nueva estrategia de crecimiento para transformar la Unión Europea en una sociedad justa y próspera, con una economía moderna, eficiente en el uso de sus recursos y competitiva, y que alcanzará la neutralidad climática en 2050.

 

ACTUALIZACIÓN PLAN NACIONAL INTEGRADO DE ENERGÍA Y CLIMA

Durante la reunión también se ha informado de que se ha remitido a la Comisión Europea un borrador actualizado del Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2021-2030 (PNIEC). El nuevo texto ha integrado todas las recomendaciones que hizo la Comisión, las alegaciones de la sociedad civil recibidas en el proceso de consulta pública de marzo de 2019 e incluye nuevas medidas y mayor detalle en la información, reforzando los objetivos y resultados.

 

Ya se ha iniciado el proceso de información pública del Estudio de la Evaluación Ambiental Estratégica del PNIEC. Una vez concluya el periodo de consultas y se incorporen, si procede, nuevas aportaciones, el documento quedará listo para su remisión definitiva a la Comisión Europea.

 

El borrador actualizado del PNIEC propone una senda de descarbonización para la próxima década coherente con el aumento de la ambición frente al cambio climático que ha planteado la Comisión Europea, así como con las indicaciones de la ciencia del clima y con las demandas de la ciudadanía. En concreto, proporcionalmente, el nivel de esfuerzo en la mitigación de emisiones del borrador actualizado se encuentra alineado con la horquilla en la que se prevé que se sitúe el nuevo objetivo climático de la Unión Europea para 2030: entre el 50% y el 55%. De esa manera, se sientan unas bases sólidas para progresar hacia la neutralidad climática de nuestro país, es decir, lograr emisiones netas cero no más tarde de 2050.

 

NORMATIVA DE RESIDUOS

En el orden del día también estaban el proyecto de Real Decreto por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero y otro que modifica el RD sobre la gestión de neumáticos fuera de uso y sobre restricciones a la utilización de determinadas sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos. Estos documentos han pasado ya su fase de consulta pública y se están estudiando las observaciones y comentarios recibidos para continuar con la tramitación.

 

Asimismo, se han analizado los requisitos medioambientales que se van a incorporar al proyecto de Real Decreto por el que se establecen las normas básicas de ordenación de las granjas avícolas.

España: Declaración de Emergencia Climática

El Ejecutivo español declara la emergencia climática y ambiental en respuesta al consenso generalizado de la comunidad científica, que reclama acción urgente para salvaguardar el medio ambiente, la salud y la seguridad de la ciudadanía.

Mediante este acuerdo, el Ejecutivo se compromete a desarrollar 30 líneas de acción, cinco de ellas en los 100 primeros días, para hacer frente a la crisis climática y aprovechar los beneficios sociales y económicos que ofrece la transición ecológica.

El objetivo de la Declaración es lograr un proyecto de futuro común, más justo y equitativo, que aproveche las oportunidades de la transición ecológica mediante políticas públicas trasversales, que pongan al ciudadano en el centro.

 

El Consejo de Ministros aprobó con fecha 21 de Marzo de 2020  el acuerdo de Declaración ante la Emergencia Climática y Ambiental en España, en el que se compromete a adoptar 30 líneas de acción prioritarias, cinco de ellas en los primeros 100 días, para combatir el cambio climático con políticas transversales.

El Ejecutivo declara la emergencia climática y ambiental en respuesta al consenso generalizado de la comunidad científica que reclama acción urgente para salvaguardar el medio ambiente, la salud y la seguridad de la ciudadanía. Con ello, muestra además el compromiso y la prioridad otorgada a esta agenda en un contexto de grandes riesgos económicos y sociales por los impactos del cambio climático, como acaba de reconocer el informe anual del Foro de Davos, que cita la falta de ambición en mitigación y adaptación al cambio climático y los fenómenos meteorológicos extremos como la dos amenazas de mayor magnitud para la economía global, o el Nuevo Pacto Verde que pondrá en marcha la Comisión Europea.

El Ejecutivo se compromete a ejecutar cinco de las 30 medidas en los primeros 100 días de Gobierno. Entre ellas, la remisión al Parlamento del proyecto de Ley de Cambio Climático,  la definición de la senda de descarbonización a largo plazo para asegurar la neutralidad climática en 2050 y la creación de una Asamblea Ciudadana del Cambio Climático que incluirá la participación de los jóvenes.

El acuerdo responde, además, a la voluntad expresada por una amplísima mayoría del Congreso de los Diputados que, el pasado mes de septiembre, instó al Ejecutivo a declarar la situación de emergencia climática.

 

PROYECTO DE FUTURO EN COMÚN, MÁS JUSTO Y EQUITATIVO

La Declaración se inicia constatando el consenso generalizado de la comunidad científica sobre el impacto “sin precedentes” que el actual modelo de desarrollo ha tenido sobre el sistema climático. Ante este desafío, el acuerdo marca como “único camino posible” alcanzar la neutralidad climática en 2050, un objetivo que constituye una oportunidad para avanzar en la modernización, innovación y mejora de la competitividad de la economía española, generando empleo de calidad.

Se trata, tal y como la define el acuerdo, de un “proyecto de futuro en común, en línea con los compromisos adquiridos con la Agenda 2030, una agenda integral de paz y solidaridad, en favor de un desarrollo sostenible para todas y todos, que pone a las personas y al planeta en el centro de la acción política”.  De esta manera, se encauza el proceso de transformación en positivo de nuestra economía y de nuestra sociedad, que se basa en la ciencia y en el principio de prudencia económica, contribuyendo a asegurar las oportunidades de los más jóvenes, la justicia intergeneracional y una mayor equidad y disminución de la desigualdad en las generaciones actuales.

En este sentido, la Declaración subraya que la emergencia climática promoverá respuestas que acompañen a aquellos sectores, colectivos y territorios más directamente amenazados por los impactos físicos o los cambios exigidos por la seguridad climática, con el fin de garantizar una transición justa y no dejar a nadie atrás.

 

COMPROMISOS PARA LOS PRIMEROS CIEN DÍAS

Las primeras medidas para hacer frente a este desafío se materializarán en los primeros cien días de acción de Gobierno. Se trata del marco regulatorio fundamental que es el que inspirará al resto de acciones que han de acometerse en todos los niveles de la Administración. Cumpliendo este plazo, el Ejecutivo se compromete a:

–           Llevar a las Cortes un proyecto de ley que garantice alcanzar las emisiones netas cero no más tarde de 2050, impulsado para ello un sistema eléctrico 100% renovable, un parque de turismos y de vehículos comerciales con emisiones de 0 gramos de CO2 por kilómetro, un sistema agrario neutro en emisiones de CO2 equivalente, y un sistema fiscal, presupuestario y financiero compatibles con la necesaria descarbonización de la economía y de la sociedad.

–           Definir la senda de descarbonización a largo plazo de nuestro país, que asegure el objetivo de neutralidad climática a más tardar en el año 2050.

–           Invertir en un país más seguro y menos vulnerable frente a los impactos y riesgos del cambio climático. En esta línea, se presentará el segundo Plan Nacional de Adaptación al Cambio Climático incluyendo el sistema nacional de observación del clima y la elaboración de un menú de indicadores de impacto.

–           Reforzar los mecanismos de participación ya existentes con una Asamblea Ciudadana del Cambio Climático, cuya composición contará con el mismo número de mujeres que de hombres e incluirá la participación de los jóvenes.

–           Impulsar la transformación de nuestro modelo industrial y del sector servicios a través de Convenios de Transición Justa y de medidas de acompañamiento.

 

LÍNEAS PRIORITARIAS FRENTE A LA EMERGENCIA CLIMÁTICA

La Declaración recuerda que la región mediterránea, en la que se incluye a España, está considerada uno de los “puntos calientes” globales en materia de cambio climático, que incide directa e indirectamente sobre un amplio conjunto de sectores económicos y sobre todos los sistemas ecológicos españoles, acelerando el deterioro de recursos esenciales para nuestro bienestar como el agua y el suelo fértil, y amenazando la calidad de vida y la salud de las personas.  Todo ello obliga a aprovechar las sinergias entre las políticas de la lucha contra el cambio climático y la conservación de la naturaleza, ambas fundamentales para garantizar el bienestar y supervivencia de la humanidad.

 

Con este espíritu, y junto a las primeras medidas que pondrá en marcha el Ejecutivo en sus primeros cien días, la declaración de emergencia climática define otras 25 líneas prioritarias que marcarán la acción transversal de la Administración Pública, en todos sus niveles, frente a la emergencia climática y ambiental. Se incorporan medidas que integran la variable del cambio climático en las políticas económicas, de consumo, de movilidad, de vivienda, de cooperación internacional, de educación o de salud. En concreto, en estas dos últimas políticas sectoriales, el acuerdo compromete al Ejecutivo a aprobar un Plan de Acción de Educación Ambiental para la Sostenibilidad antes de que acabe el año y a poner en marcha un Plan Nacional de Salud y Medio Ambiente.

El acuerdo destaca la necesidad de implementar políticas inclusivas que garanticen que nadie se quede atrás como consecuencia de estos cambios, actuando frente a la pobreza energética y asegurando la participación activa y en igualdad de condiciones de las mujeres en la transición energética. De igual modo, el acuerdo pone énfasis en fortalecer sinergias con las políticas de desarrollo rural, de protección de la biodiversidad y el impulso de las oportunidades para la transición energética, para generar nuevo empleo verde. En este contexto, el Gobierno elaborará la Estrategia de Lucha Contra la Desertificación y la Estrategia Nacional Forestal, y presentará en la Conferencia de Presidentes de 2020 la Estrategia frente al Reto Demográfico para facilitar la mejor coordinación entre Administraciones.

Otra parte de las medidas está centrada en asegurar la transformación del sector financiero público y privado para garantizar su viabilidad y la estabilidad del sistema. El primer paso será elaborar un Plan Nacional de Acción de Finanzas Sostenibles y un programa de emisión de bonos verdes por parte del Tesoro Público. También se fomentará la coherencia de las inversiones públicas con los objetivos del Acuerdo de París, además de integrar la variable del cambio climático en la política fiscal. En este sentido, el acuerdo marca como línea de acción no otorgar nuevos beneficios fiscales a productos energéticos de origen fósil y se analizarán los vigentes, salvo casos justificados por razones sociales o tecnológicas. En esta misma línea, no se autorizarán nuevas solicitudes de exploración, permisos de investigación o concesiones de explotación de hidrocarburos, ni para las actividades de fracking.

La Declaración recoge la necesidad de adoptar la Estrategia de Economía Circular y una Ley de Residuos que aborde el problema de los plásticos de un solo uso, para alcanzar “residuo cero” en el horizonte 2050. También la adopción de una Ley de Movilidad Sostenible y Financiación del Transporte Público, así como medidas para que los municipios de más de 50.000 habitantes establezcan zonas de bajas emisiones de manera urgente.

Además, antes de 2021, se presentará la Estrategia de Turismo Sostenible de España 2030 para aumentar la resiliencia del sector a los efectos del cambio climático. También se establece el objetivo de alcanzar el 30% de superficie marina protegida en 2030.

 

El Pacto Verde Europeo establece cómo hacer de Europa el primer continente climáticamente neutro en 2050, impulsando la economía, mejorando la salud y la calidad de vida de los ciudadanos

 

La Comisión Europea ha presentado ante el Pleno del Parlamento Europeo (11/12/2019) el Pacto Verde Europeo, una hoja de ruta para hacer que la economía de la UE sea sostenible transformando los retos en materia de clima y medio ambiente en oportunidades en todas las áreas de actuación y haciendo que la transición sea justa e integradora para todos.
La presidenta Ursula von der Leyen,  ha declarado :  «El Pacto Verde Europeo es nuestra
nueva estrategia de crecimiento, un crecimiento que aporta más de lo que consume. Muestra cómo
transformar nuestro modo de vivir y trabajar, de producir y consumir, para que vivamos de forma más
sana y nuestras empresas sean innovadoras. Todos podemos participar en la transición y todos
podemos aprovechar las oportunidades que brinda. Si somos los primeros en dar este paso y si lo
hacemos con premura, contribuiremos a que nuestra economía sea líder mundial. Vamos a poner todo
nuestro empeño en lograrlo, por el bien del planeta y de la vida que sustenta, por el patrimonio natural
de Europa, por la biodiversidad, por nuestros bosques y por nuestros mares. Si demostramos al resto
del mundo cómo ser sostenible y competitivo, podemos convencer a otros países para que se nos
unan».

El vicepresidente ejecutivo Frans Timmermans,  ha añadido lo siguiente: «Estamos en situación de
emergencia climática y medioambiental. El Pacto Verde Europeo representa una oportunidad para
mejorar la salud y el bienestar de nuestros ciudadanos mediante la transformación de nuestro modelo
económico. Nuestro plan define los medios para reducir las emisiones, restablecer la salud de nuestro
medio ambiente, proteger a nuestra fauna silvestre, crear nuevas oportunidades económicas y mejorar
la calidad de vida de nuestros ciudadanos. La contribución de todos y cada uno de nosotros es
importante; todos los países y sectores se verán afectados por esta transformación. Por otra parte,
nuestra responsabilidad consiste en garantizar que esta transición sea solo eso, una transición, y que
nadie se quede atrás en la ejecución del Pacto Verde Europeo».

El Pacto Verde Europeo incorpora una hoja de ruta con una serie de actuaciones para impulsar el
uso eficiente de los recursos mediante el paso a una economía limpia y circular y detener el cambio
climático, revertir la pérdida de biodiversidad y reducir la contaminación. Describe las inversiones
necesarias y los instrumentos de financiación disponibles, y explica cómo garantizar una transición
justa e integradora.

El Pacto Verde Europeo abarca todos los sectores de la economía, especialmente los del transporte,
la energía, la agricultura, los edificios y las industrias, como las de la siderurgia, el cemento, las TIC,
los textiles y los productos químicos.

Para transformar en legislación la ambición política de ser el primer continente climáticamente neutro
en 2050, la Comisión presentará en un plazo de 100 días la primera «Ley del Clima Europea». Para
materializar nuestra ambición en materia de clima y medio ambiente, la Comisión también presentará
la Estrategia sobre Biodiversidad para 2030, la nueva Estrategia Industrial, el Plan de Acción de la
Economía Circular, la Estrategia «de la granja a la mesa» de alimentación sostenible y propuestas para
una Europa sin contaminación. Comenzarán de inmediato los trabajos para endurecer los objetivos de
emisiones de Europa para 2030 y se fijará una senda realista hacia el objetivo de 2050.

La consecución de los objetivos del Pacto Verde Europeo exigirá una inversión significativa. Se
calcula que cumplir los objetivos actuales en materia de clima y energía para 2030 requerirá 260 000
millones EUR de inversión anual adicional, lo que representa aproximadamente el 1,5 % del PIB de
2018. Para ello habrá que movilizar a los sectores público y privado. La Comisión presentará a
principios de 2020 el Plan de Inversiones para una Europa Sostenible con el fin de contribuir a alcanzar
las necesidades de inversión. Al menos el 25 % del presupuesto de la UE a largo plazo deberá
dedicarse a la acción por el clima, y el Banco Europeo de Inversiones, que es el banco climático
europeo, ofrecerá apoyo adicional. Para que el sector privado contribuya a financiar la transición
ecológica, la Comisión presentará la Estrategia de Financiación Ecológica en 2020.

La lucha contra el cambio climático y la degradación del medio ambiente es un reto común, pero no
todas las regiones y los Estados miembros parten de la misma situación. El Mecanismo para una
Transición Justa apoyará a las regiones que dependen en gran medida de actividades con un uso
muy intensivo de carbono. Ayudará a los ciudadanos más vulnerables en la transición, facilitando el
acceso a programas de reciclaje profesional y oportunidades de empleo en nuevos sectores
económicos.

En marzo de 2020, la Comisión pondrá en marcha el «Pacto por el Clima» para dar voz y cometido a
los ciudadanos en el diseño de nuevas acciones, la difusión de información, el comienzo de iniciativas
de base y la presentación de soluciones que otros puedan repetir.

Los retos mundiales del cambio climático y la degradación del medio ambiente reclaman una
respuesta mundial. La UE seguirá promoviendo sus objetivos y estándares medioambientales en las
conferencias de las Naciones Unidas sobre biodiversidad y clima y reforzará su diplomacia verde. El G7,
el G20, las conferencias internacionales y las relaciones bilaterales servirán para convencer a los
demás para que redoblen sus esfuerzos. La UE también utilizará la política comercial para garantizar la
sostenibilidad y establecerá asociaciones con los vecinos de los Balcanes y de África para ayudarlos en
sus propias transiciones.

Próximas etapas

La Comisión solicita al Parlamento Europeo y al Consejo Europeo que refrenden la ambiciosa visión de
la Comisión para la economía y el medio ambiente futuros de Europa y que ayuden a hacerla realidad.
La Comisión propondrá las medidas anunciadas en la hoja de ruta del Pacto Verde Europeo.

Contexto

El cambio climático y la degradación del medio ambiente representan una amenaza existencial para
Europa y el mundo. Para superar este reto, Europa necesita una nueva estrategia de crecimiento que
transforme la Unión en una economía moderna, eficiente en el uso de los recursos y competitiva, en la
que no existan emisiones netas de gases de efecto invernadero en 2050, en la que el crecimiento
económico no dependa del uso de recursos y en la que no se desatienda a ningún ciudadano o región.

La Unión Europea ya cuenta con un historial sólido de reducción de sus emisiones de gases de efecto
invernadero manteniendo el crecimiento económico. Entre 1990 y 2018, las emisiones bajaron un
23 %, mientras que el PIB de la Unión creció un 61 % en el mismo período. Sin embargo, aún queda
mucho por hacer. Dada su vasta experiencia, la UE está a la vanguardia en la creación de una
economía verde e integradora.

La Comunicación sobre el Pacto Verde fija la línea de actuación en los próximos meses y años. La labor
que desarrollará la Comisión se guiará por las exigencias públicas de actuación y por los datos
científicos de carácter incuestionable, contrastados de manera exhaustiva por el Grupo
Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (IPCC), la Plataforma Intergubernamental
Científico-Normativa sobre Diversidad Biológica y Servicios de los Ecosistemas (IPBES), el Panorama de
los Recursos Globales (Global Resources Outlook) y los informes de estado y perspectivas de 2019 de
la Agencia Europea de Medio Ambiente. Nuestras propuestas se basarán en datos contrastados e irán
avaladas por consultas de amplio calado.

Una mayoría abrumadora de los europeos considera que la protección del medio ambiente es
importante (95 %). Casi 8 de cada 10 europeos (77 %) afirma que la protección del medio ambiente
puede impulsar el crecimiento económico. Los resultados de la encuesta del Eurobarómetro relativa a
las actitudes de los ciudadanos de la UE respecto al medio ambiente confirman el amplio respaldo
público a la legislación medioambiental a nivel de la UE y a la financiación de la UE para actividades
respetuosas con el medio ambiente.

Fuente: European Commission

El Supremo decreta como “nula de pleno derecho” la autorización de una vivienda en Red Natura 2000

 

 

Mediante sentencia, con fecha 9 de octubre de 2019, la Sección Octava de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Supremo desestima los recursos de casación interpuestos por una empresa mercantil y la Comunidad de Madrid.

Estos recursos se interpusieron contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) de 20 de marzo de 2018 que declaró nula la resolución de 3 de diciembre de 2015 por la que la Dirección General de Medio Ambiente de la Consejería de Medio Ambiente eximió del procedimiento de evaluación de impacto ambiental la construcción de una mansión en zona de conservación prioritaria del espacio protegido Red Natura Cuencas y Encinares de los ríos Alberche y Cofio, en el municipio de Valdemorillo.

Lo que la sentencia confirma ahora es que el proyecto debía haberse sometido al procedimiento de evaluación de impacto ambiental, al encontrarse en un espacio protegido Red Natura 2000. Ese procedimiento tenía que haber sido anterior a la autorización de las obras.

"La conclusión no puede ser otra que la nulidad de pleno derecho de las resoluciones administraciones recurridas, en cuanto son la conclusión de un procedimiento derogado (inexistente por tanto) en la fecha de presentación del proyecto completo. Luego estamos ante actos dictados prescindiendo total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido, en este caso el de evaluación e impacto ambiental simplificado", recoge el fallo judicial, al que ha tenido acceso Europa Press.

Ecologistas en Acción ha valorado "positivamente" en un comunicado el fallo que da la razón al particular denunciante, un octogenario "que fue ninguneado por las administraciones y que, tanto él como su hijo, han sido objeto de denuncias falsas y de actos hostiles por parte de personas vinculadas a la empresa promotora".

La organización ecologista ha solicitado al Ayuntamiento de Valdemorillo que anule la licencia que concedió y que no autorice ningún reinicio de las obras, actualmente paralizadas.

La mercantil adquirió en octubre de 2013 una finca de 68 hectáreas, denominada Fuentevieja, situada al noroeste del municipio de Valdemorillo, en zona de conservación prioritaria del espacio protegido denominado Zona de Especial Conservación de las Cuencas de los ríos Alberche y Cofio y Zona de Especial Conservación para las Aves Encinares de los ríos Alberche y Cofio.

SUELO NO URBANIZABLE Y PROTEGIDO POR INTERÉS FORESTAL

Además, según han denunciado los ecologistas, en la finca crían o se alimentan numerosas especies de aves incluidas en Catálogo Regional de Especies Amenazadas de la Comunidad de Madrid, tales como águila imperial ibérica, cigüeña negra, el milano real, águila calzada, búho real, cernícalo primilla, águila culebrera, alcotán y lechuza campestre.

Este terreno está clasificado, por el planeamiento urbanístico de Valdemorillo, como suelo no urbanizable especialmente protegido por su interés forestal. Sólo permite actividades forestales y construcciones ligadas a ese uso.

Sin embargo, en mayo de 2015, el Ayuntamiento de Valdemorillo concedió licencia de obra para demoler las construcciones agropecuarias existentes y sustituirlas por una mansión residencial con trece dormitorios, varios salones y cuartos de baño. En total, 2.480 metros cuadrados de superficie construida, distribuida en dos complejos.

Una vez autorizadas las obras mediante licencia municipal, la Consejería de Medio Ambiente eximió el proyecto del procedimiento de evaluación ambiental, "en contra de lo que establece la Ley 21/2013 de Evaluación Ambiental y a pesar del previsible impacto que la nueva construcción tendría sobre el espacio protegido".

El propietario de una finca colindante y su hijo denunciaron los hechos, sin que ninguna de las administraciones implicadas, Ayuntamiento y Consejería de Medio Ambiente, atendieran sus solicitudes, señalan.

Por ello, recurrieron ante el TSJM, que les dio la razón, aunque la sentencia fue recurrida por la empresa mercantil y la Comunidad de Madrid, ante el Tribunal Supremo. Es este Tribunal el que ahora confirma la sentencia anterior y desestima los recursos de casación.

Sin embargo, según critican los ecologistas, la interposición del recurso ante el TSJM no sirvió para paralizar las obras de la mansión, que se iniciaron en septiembre de 2017. No obstante, al final sí consiguieron que se paralizasen en enero de este año.

"Esta sentencia viene a confirmar que las obras se iniciaron contraviniendo la normativa y que no podrán reiniciarse. Actualmente, si el proyecto se sometiera al procedimiento de evaluación ambiental, sería imposible que se informara favorablemente", concluye la organización ecologistas en su comunicado.

Fuente: Iustel

Orden TEC/1023/2019, de 10 de octubre, por la que se establece la fecha a partir de la cual será exigible la constitución de la garantía financiera obligatoria para las actividades del anexo III de la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental, clasificadas como nivel de prioridad 3

La Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental, que traspueso a nuestro ordenamiento jurídico la Directiva 2004/35/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de abril de 2004, sobre responsabilidad medioambiental en relación con la prevención y reparación de daños medioambientales, estableció un nuevo régimen administrativo de prevención y reparación de daños medioambientales basado en el principio de precaución y en el principio de «quien contamina paga». La Ley 26/2007, de 23 de octubre, establece diversas obligaciones a los operadores que ocasionen daños al medio ambiente o amenacen con ocasionarlos. De este modo, los operadores ante una amenaza de daño medioambiental deben adoptar las medidas necesarias para prevenirlos o, cuando el daño se haya producido, para limitarlo y evitar que se produzcan nuevos daños, así como devolver los recursos naturales dañados a su estado básico, entendido como aquel en el que se encontraban antes de que ocurriera el daño.

Por otro lado, la Ley 26/2007, de 23 de octubre, establece en su artículo 24 que los operadores de las actividades incluidas en su anexo III, sin perjuicio de las exenciones previstas en el artículo 28, deberán disponer de una garantía financiera que les permita hacer frente a la responsabilidad medioambiental inherente a la actividad o actividades que pretendan desarrollar. Ese mismo artículo indica que la cantidad que, como mínimo, deberá quedar garantizada, será determinada por el operador según la intensidad y extensión del daño que su actividad pueda causar, y que partirá del análisis de riesgos medioambientales de la actividad o de las tablas de baremos que se realizarán de acuerdo con la metodología que reglamentariamente se establezca

La disposición final primera del Reglamento de desarrollo parcial de la Ley 26/2007, de 23 de octubre, indica que los análisis de riesgos medioambientales necesarios para el cálculo de la cuantía de la garantía financiera no deberá llevarse a cabo con carácter obligatorio hasta la fecha a partir de la cual sea exigible la constitución de la garantía financiera. La disposición final cuarta de la Ley 26/2007, de 23 de octubre, establece que la fecha a partir de la cual será exigible la constitución de la garantía financiera obligatoria para cada una de las actividades del anexo III, se determinará por Orden de la Ministra para la Transición Ecológica, previo acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, previa consulta a las comunidades autónomas y a los sectores afectados. Asimismo, establece que esas órdenes ministeriales se aprobarán a partir del 30 de abril de 2010. En este contexto, el 29 de junio de 2011 se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» la Orden ARM/1783/2011, de 22 de junio, por la que se establece el orden de prioridad y calendario para la aprobación de las órdenes ministeriales a partir de las cuales será exigible la garantía financiera obligatoria, prevista en la disposición final cuarta de la Ley 26/2007, de 23 de octubre. La Orden ARM/1783/2011, de 22 de junio, estableció un calendario gradual para la elaboración de las órdenes ministeriales a las que se refiere la disposición final cuarta de la Ley 26/2007, de 23 de octubre, y estableció una priorización de las actividades económicas del anexo III de la ley. De esta manera, se establecieron los plazos para los distintos niveles de prioridad, para la aprobación de las órdenes ministeriales que establecerían la efectiva aplicación de la garantía financiera de responsabilidad medioambiental. De este modo, la Orden ARM/1783/2011, de 22 de junio, establece que las órdenes ministeriales que determinarían la fecha de exigibilidad de la garantía financiera obligatoria para los sectores de actividad clasificados con el nivel de prioridad 1, se publicaría entre los dos y tres años siguientes a la entrada en vigor de esa orden, las relativas a los sectores clasificados con el nivel de prioridad 2 entre los tres y cinco años siguientes, y las relativas a los sectores de actividad clasificados con el nivel de prioridad 3 entre los cinco y ocho años siguientes.

La presente orden ministerial tiene por objeto fijar la fecha a partir de la cual será exigible la constitución de la garantía financiera obligatoria prevista en el artículo 24 de la Ley 26/2007, de 23 de octubre, para las actividades del anexo III de la misma, clasificadas con nivel de prioridad 3 conforme al anexo de la Orden ARM/1783/2011, de 22 de junio, de acuerdo a lo establecido en la disposición final cuarta de la Ley 26/2007, de 23 de octubre, y al calendario establecido en la Orden ARM/1783/2011, de 22 de junio. El texto se estructura en dos artículos que regulan la fecha a partir de la cual se exigirá la garantía financiera y dos disposiciones finales sobre los títulos competenciales y la entrada en vigor.

Según su artículo 2: "Las actividades clasificadas con nivel de prioridad 3 en la Orden ARM/1783/2011, de 22 de junio, deberán disponer de una garantía financiera que les permita hacer frente a la responsabilidad medioambiental inherente a la actividad o actividades que pretendan desarrollar, en el plazo de dos años a contar desde la fecha de entrada en vigor de la presente orden, a excepción de las actividades de cría intensiva de aves de corral o de cerdos que deberán disponer de la garantía financiera en el plazo de tres años a contar desde la fecha de entrada en vigor de la presente orden."

Orden TEC/1023/2019, de 10 de octubre, por la que se establece la fecha a partir de la cual será exigible la constitución de la garantía financiera obligatoria para las actividades del anexo III de la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental, clasificadas como nivel de prioridad 3, mediante Orden ARM/1783/2011, de 22 de junio

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