La UE publica las Directrices para aclarar el concepto de «daño ambiental» de la Directiva de Responsabilidad Medioambiental

La Directiva 2004/35/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de abril de 2004, sobre responsabilidad medioambiental en relación con la prevención y reparación de daños medioambientales (1) («la Directiva sobre responsabilidad medioambiental» o «la Directiva»), tiene por objeto establecer un marco de responsabilidad medioambiental, basado en el principio de «quien contamina paga», para la prevención y la reparación de los daños medioambientales (2). Una modificación adoptada en 2019 (3) obliga a la Comisión Europea a desarrollar unas directrices que proporcionen un concepto común del término «daño medioambiental» tal como se define en el artículo 2 de la Directiva (4).

 

En el régimen de la Directiva, el término «daño medioambiental» es esencial. Se utiliza para definir el fin general de la Directiva (5). Cuando se producen daños medioambientales o cuando existe la amenaza de que puedan producirse, se activan obligaciones de acción preventiva o reparadora para los operadores, así como obligaciones conexas para las autoridades competentes (6),mientras que otras personas tienen derecho a solicitar que se emprendan acciones (7).

 

En caso de daños transfronterizos que afecten a más de un Estado miembro, se activan obligaciones de cooperación entre los Estados miembros (8). Además, el término tiene consecuencias para los operadores financieros que proporcionan garantías financieras para hacer frente a responsabilidades derivadas de la Directiva (9). Por tanto, este

término desempeña un papel potencialmente importante en la protección medioambiental, ya que ayuda a determinar si se previenen y se reparan los perjuicios para el medio ambiente o no.

Las Directrices consideran todos los aspectos de la definición de «daño medioambiental». Es un término que encierra mucho significado e integra o hace referencia a otros términos y conceptos que están comprendidos en las Directrices, puesto que son necesarios para interpretar el término. En cuanto a su estructura, las Directrices empiezan por analizar el contexto jurídico y normativo general en el que resulta pertinente la definición. Después analizan sucesivamente la definición de «daños» y el texto completo de la definición de «daño medioambiental», antes de examinar con detalle las tres categorías distintas de daño medioambiental que comprende, es decir, «daños a las especies y hábitats naturales protegidos», «daños a las aguas» y «daños al suelo». Al

final se presentan las conclusiones generales.

Dado que el objetivo de las Directrices es proporcionar un concepto común de la definición, su contenido es analítico y detallado. Aunque no están destinadas en exclusiva a ningún grupo de lectores concreto, están pensadas para que sean útiles en particular a los siguientes, todos los cuales desempeñan alguna función en virtud de la Directiva: Estados miembros, autoridades competentes, operadores, personas físicas y jurídicas y proveedores de garantías financieras. Con las Directrices se intentan superar de la mejor manera posible las dificultades de interpretación que han surgido ya o que cabe razonablemente esperar que puedan surgir en el futuro. Para ello se analiza minuciosamente la definición de «daño medioambiental» en todos sus extremos, poniendo el foco en pormenores que cabe deducir de la redacción de la Directiva y del contexto jurídico y normativo, y haciendo referencia a la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea («el TJUE» o «el Tribunal») que puede ayudar a aclarar diferentes aspectos de la definición, bien directamente o bien por analogía.

https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=CELEX:52021XC0407(01)&from=EN

En fase de información pública el Plan Extremeño Integrado de Energía y Clima 2021-2030

 

 

En fase de información pública, el PLAN EXTREMEÑO INTEGRADO DE ENERGÍA Y CLIMA (PEIEC) 2021-2030  establece las actuaciones a implementar en Extremadura en los ámbitos concretos de mitigación, adaptación, investigación e innovación y activación social para afrontar el cambio climático en la próxima década. Para ello, se establecen objetivos cuantificados en términos de reducción de emisiones de GEI, penetración de energías renovables y de eficiencia energética, de forma que se favorezca el desarrollo económico y social de la región y la generación de empleo de calidad, al tiempo que se minimicen los impactos derivados del cambio climático y en la naturaleza asociados al sistema energético extremeño, en línea con el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2021-2030 (PNIEC)

 

 

 

 

El PEIEC identifica los retos y las oportunidades en los cuatro ámbitos de actuación que se establecen relevantes para Extremadura, y así aborda desde una perspectiva adaptada a la realidad extremeña las dimensiones del PNIEC aplicables a la región (la descarbonización, las energías renovables; la eficiencia energética, y la investigación, innovación y competitividad).
Los cuatro ámbitos de actuación del PEIEC, que a su vez se articulan en 57 medidas de carácter sectorial
y transversal, son:

 Mitigación del cambio climático (33 medidas)
 Adaptación al cambio climático (2 medidas)
 Investigación e innovación (11 medidas)
 Activación social (11 medidas)

Dadas las características geográficas, sociales y productivas de Extremadura, el PEIEC pone el foco en la mitigación del cambio climático, como pilar transversal a las dimensiones de la descarbonización y la eficiencia energética del PNIEC, diseñando medidas para lograr una economía hipocarbónica, reducir los consumos energéticos, así como para favorecer alternativas sostenibles a tecnologías y procesos que conllevan fuertes consumos energéticos. Los objetivos establecidos por el PEIEC para 2030 en lo que respecta al sistema energético y emisiones
de GEI son:

 Reducción de un 10,03% de las emisiones de GEI de Extremadura respecto de las emisiones de
2017.
 Incremento de un 9,8% de la capacidad de absorción de emisiones de GEI de los sumideros.
 Contribución del 40,6% de energía primaria renovable y del 35,7% de energía final renovable
en 2030.
 22% de reducción de energía primaria en 2030 respecto a 2017.
 99% de contribución renovable en la generación eléctrica en 2030.

Se ha estimado que la implantación de las medidas para conseguir estos objetivos en el conjunto del
periodo 2021-2030 precisaría de una movilización inversora mínima de 18.640 millones de euros, de los
cuales 17.487 procederán de la inversión privada y 1.152 de la inversión pública, lo que se traduce en un
importante aporte para la dinamización económica y para la modernización de la región.

En el siguiente enlace se puede consultar el Borrador, así como el Estudio Ambiental Estratégico http://industriaextremadura.juntaex.es/kamino/index.php/otras-noticias/informacion-publica

En Ambienta45 colaboramos con Entidades públicas y privadas en la presentación de alegaciones y en la elaboración de propuestas a las Administraciones Públicas.

Directrices de la Comisión Europea para la prevención de terrestre de incendios forestales

 

Hoy, tras el Día Internacional de los Bosques, la Comisión ha publicado nuevas directrices para facilitar una mejor comprensión de la prevención de incendios forestales terrestres y ofrecer respuestas eficaces. En ellas se proponen medidas de prevención que pueden adoptarse a través de la gobernanza, la planificación y la gestión forestal, y se explica la manera en que los Estados miembros de la UE pueden recibir financiación de la UE con fines de resiliencia ante los incendios forestales y pueden colaborar a escala de la UE.

Los bosques son necesarios para la biodiversidad y la regulación del clima y del agua, el suministro de alimentos, medicinas y materiales, la captura y almacenamiento de carbono, la estabilización del suelo y la depuración del aire y el agua. Tenemos que protegerlos, recuperarlos y gestionarlos de forma sostenible, ya que son cruciales para nuestra vida y medios de subsistencia.

En los últimos años se han incrementado las repercusiones de los incendios forestales en las personas y en la naturaleza. En las nuevas directrices se examinan los factores complejos e interconectados que subyacen a este aumento y se ofrece una visión general de los principios y experiencias existentes en materia de gestión de paisajes, bosques y superficies forestales que pueden salvar vidas.

En el Pacto Verde Europeo se anunció una nueva estrategia forestal de la UE para 2021 para velar por una reforestación eficaz y la conservación y restauración de los bosques en Europa. Así se contribuirá a reducir la incidencia y la extensión de los incendios forestales. La Estrategia de la UE sobre la biodiversidad de aquí a 2030 también tiene por objeto contribuir a que la UE y sus Estados miembros estén adecuadamente equipados para prevenir y combatir los grandes incendios forestales, que dañan gravemente la biodiversidad forestal. La nueva estrategia de adaptación al cambio climático de la UE hace hincapié en la necesidad de reforzar la resiliencia de los bosques y contempla varias medidas para alcanzar ese objetivo. El cambio climático ya está perjudicando directa e indirectamente a los bosques europeos por los incendios, las sequías y las plagas sin precedentes de perforadores de la corteza. Es probable que estos efectos se agraven en el futuro.

Puede hacerse frente con éxito al riesgo de incendios forestales mejorando la gestión y la ordenación del territorio. Para mitigar ese riesgo, hay que estudiar la ordenación del territorio para velar por que la estructura, la composición y el uso de los bosques, los terrenos boscosos y otros paisajes vegetales sean más resistentes y resilientes frente a los incendios forestales. También es necesario informar y educar a los ciudadanos sobre los incendios forestales. La Comisión financia estas medidas de carácter educativo y facilita la cooperación y la coordinación en materia de respuestas conjuntas.

Además, el Centro Común de Investigación (CCI) de la Comisión ha creado perfiles de países en el marco del Sistema Mundial de Información sobre Incendios Forestales para apoyar la gestión de incendios forestales y la reducción del riesgo de catástrofes a escala mundial, y en particular en la región de América Latina y el Caribe. Esta labor forma parte de la actuación global de la UE en apoyo de la conservación y el fomento sostenible de los bosques amazónicos. Actualmente hay más de cincuenta programas de la UE sobre esta prioridad regional, y el nuevo presupuesto para una Europa global contemplará también una estrategia específica sobre el Amazonas, coordinada con los Estados miembros de la UE.

Reacciones de los miembros del Colegio

El vicepresidente ejecutivo responsable del Pacto Verde Europeo, Frans Timmermans, ha declarado lo siguiente: «Los árboles son nuestros aliados en la lucha contra la crisis climática y de biodiversidad. Un árbol ayuda a depurar el aire, enfría las ciudades y absorbe CO2. Los seres humanos ya ejercen una enorme presión sobre los bosques del mundo, y los incendios forestales constituyen una amenaza añadida. Dado que el riesgo de incendios forestales se ve agravado por la subida de las temperaturas y el aumento de las sequías, es fundamental reforzar la protección de los bosques, mejorar la prevención y reaccionar con mayor rapidez».

Virginijus Sinkevičius, comisario de Medio Ambiente, Océanos y Pesca, ha declarado: «Los ecosistemas forestales albergan el 80 % de las plantas y animales terrestres conocidos del mundo, y su destrucción nos pone en peligro a todos. Los incendios forestales constituyen una amenaza creciente para los bosques y los seres humanos, y este nuevo marco, prevención y cooperación son nuestros instrumentos más importantes al respecto. Estoy convencido de que estas directrices pueden brindar una respuesta más eficaz y reportar grandes ventajas para las personas y la naturaleza, de la que dependemos».

La comisaria de Innovación, Investigación, Cultura, Educación y Juventud, Mariya Gabriel, ha declarado: «Los incendios forestales pueden tener consecuencias catastróficas para el medio ambiente y para las personas. Los perfiles de países elaborados por el Centro Común de Investigación contribuirán a la evaluación de riesgos y a la mitigación de este peligro, demostrando la manera en que la ciencia puede contribuir a mejorar y proteger vidas y nuestro planeta».

El comisario de Gestión de Crisis Janez Lenarčič ha declarado: «Los incendios en la región amazónica y en todo el mundo no han tenido precedentes en los últimos años en cuanto a su carácter destructivo. Por esta razón, el Sistema Mundial de Información sobre Incendios es crucial para aportar datos sobre el peligro de incendios y las zonas quemadas a escala mundial. Instrumentos de seguimiento como el Sistema Mundial de Información sobre Incendios ayudan a la Comisión a disponer de toda la información necesaria para coordinar la respuesta de la UE y proteger vidas, medios de subsistencia y el medio ambiente».

La comisaria de Asociaciones Internacionales, Jutta Urpilainen, ha declarado: «Estamos dispuestos a colaborar con nuestros socios para prevenir de forma más eficaz los incendios forestales. Esta labor existe la mancomunación de conocimientos sobre técnicas de gestión forestal sostenible, adaptadas a las necesidades locales, y la recuperación de los bosques. Los bosques del mundo son indispensables para la biodiversidad, el clima y los seres humanos; tenemos que respetar y proteger los ecosistemas que tanto nos ofrecen, también desde el punto de vista del empleo y los medios de subsistencia. Mediante el Pacto Verde, nuestro objetivo es garantizar la conservación de bosques sanos para las generaciones futuras».

Contexto

En los últimos años, los incendios forestales han tenido un enorme impacto en el capital natural, la economía y la población de Europa, de norte a sur y de este a oeste. Las causas de estas recientes tendencias son complejas y entre ellas figuran el cambio climático, los cambios en la ordenación del territorio, patrones sociales como el abandono de las zonas rurales y la expansión urbana, la evolución de las tradiciones culturales y los comportamientos de ocio, y unas políticas deficientes de lucha contra los incendios.

Las nuevas hipótesis en materia de cambio climático mundial también indican un posible aumento de la aparición de los denominados incendios catastróficos, es decir, incendios forestales demasiado graves como para que sea posible apagarlos. En respuesta a estas alarmantes tendencias, debe prestarse mayor atención a las prácticas de prevención de incendios terrestres como parte de la gestión integrada del fuego.

Los perfiles de países del CCI aportan información sobre la distribución geográfica de los incendios forestales, las zonas quemadas y las emisiones, y valoran los regímenes de incendios forestales y las repercusiones a escala nacional y local en todo el mundo. Permiten una evaluación global del riesgo de incendios forestales y la mitigación de sus efectos en la degradación del suelo, la deforestación o las emisiones de combustión de biomasa. El Sistema Mundial de Información sobre Incendios Forestales se basa en el Sistema Europeo de Información sobre Incendios Forestales de Copernicus y se está creando junto con el Grupo de Observaciones de la Tierra y la Administración Nacional de Aeronáutica y Espacio (NASA) de los Estados Unidos, en estrecha colaboración con las Naciones Unidas. Los servicios del Sistema Mundial de Información sobre Incendios Forestales también contribuyen a la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas

Las pistas de esquí alpino Escaparate, Telégrafo y Bosque en Navacerrada revertirán al Dominio Público Forestal y deberán devolverse a su estado original

El Organismo Autónomo Parques Nacionales (OAPN), dependiente del MITECO, no realizará una nueva concesión de las instalaciones de esquí de las tres pistas, situadas en el entorno del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama

Esta decisión revertirá estos montes al dominio público forestal, garantizando la restauración ambiental y paisajística de la zona, que actualmente cuenta con diversas figuras de protección

 

La decisión responde al escenario actual de cambio climático, ya que, desde la década de los 70, la temperatura media en el Puerto de Navacerrada ha aumentado 1,95ºC y la nieve se ha reducido en un 25%

El Organismo Autónomo Parques Nacionales (OAPN), dependiente del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO), no realizará una nueva concesión de las instalaciones de esquí de las pistas Escaparate, Telégrafo y El Bosque en Navacerrada. Así lo ha comunicado el OAPN en un escrito al Servicio Territorial de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León, que había solicitado informe a Parques Nacionales como propietarios de esa parte del monte Pinar de Valsaín.

De acuerdo con el OAPN, la renovación de la concesión, firmada el 3 de abril de 1996 y que finaliza próximamente al cumplir el plazo de vigencia de 25 años, no es viable. La decisión revertirá estos montes al dominio público forestal ,garantizando la restauración ambiental y paisajística de estos terrenos de alto valor, situados en el entorno del Parque Nacional de la Sierra Norte de Guadarrama y catalogados como Zona de Ordenación Especial, que pasarían a formar parte de la Zona de Uso Limitado de Cumbres.

Las instalaciones para la práctica de esquí correspondientes a la concesión incluyen, además de las tres pistas mencionadas, tres telesillas con sus construcciones complementarias y un sistema de innivación artificial compuesto por un edificio depósito que alberga los compresores, las conducciones de agua y aire y los cañones de impulsión. También se encuentra en la zona un remonte tipo tapiz rodante instalado sin autorización.

La empresa Puerto de Navacerrada Estación de Esquí deberá desmontar los remontes y sus zapatas, eliminar edificios y retirar sus escombros, cables y tomas de agua con un plazo que finaliza el día 30 de octubre de 2021.

UNA ZONA PROTEGIDA DE ALTO VALOR

La superficie, que se extiende en 7,6 hectáreas, cuenta con diversas figuras de protección. Por un lado, el terreno donde se encuentran las pistas y los telesillas linda al sur con el Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama (PNSG), catalogados como Zona de Uso Moderado tipo B. El resto de su límite linda con el Área de Especial Protección del PNSG correspondientes a una Zona de Uso Moderado tipo A. Por su parte, la toma de agua del arroyo del Telégrafo se sitúa aguas arriba del inicio del tramo del Río Eresma, declarado como Reserva Natural Fluvial del Alto Eresma.

Además, el terreno ocupado se encuentra dentro de la Reserva de la Biosfera Real Sitio de San Ildefonso – El Espinar, de la Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) y de la Zona de Especial Conservación (ZEC) Sierra de Guadarrama, formando así parte de la Red Natura 2000.

La vegetación circundante al terreno ocupado se corresponde, además, con formaciones de pino silvestre o albar (Pinus sylvestris) y de piornal – enebral de piorno serrano (Cyitisus purgans) y enebro rastrero (Juniperus comunis var. Nana).

 

IMPACTOS CLIMÁTICOS Y ALTA PRESIÓN HUMANA

El escenario actual de cambio climático ha determinado esta decisión, basada en predicciones nada favorables, de acuerdo con los datos recogidos por la estación meteorológica del Puerto de Navacerrada: desde la década de los 70 (década de mejores condiciones para la existencia de nieve en Navacerrada), la temperatura media ha aumentado 1,95ºC, la temperatura media de las mínimas también se ha incrementado en 0,77ºC y la nieve se ha reducido en un 25% (los días de helada disminuyen en 21,6 y los días de nieve en 24,2).

Un escenario al que hay que sumar la alta presión turística y recreativa que sufre la zona: el Puerto de Navacerrada soporta un grave problema de saturación y de acceso, aglomeraciones que, en ocasiones, suponen un problema de orden público y seguridad ciudadana, aportes de residuos sin una solución clara para su recogida y evacuación. En definitiva, un modelo de uso público que debe adecuarse a la preservación de los valores del entorno natural del parque nacional.

De hecho, la normativa de la Junta de Castilla y León relativa a la gestión de la ZEC propone limitar y condicionar las infraestructuras que comportan las instalaciones deportivas y de ocio. De igual forma, el plan básico de gestión de la ZEPA establece entre sus objetivos ordenar el intenso uso público que soporta la zona, mostrando especial preocupación por el macizo de Peñalara y el Puerto de Navacerrada.

En línea con lo establecido en la ley de montes de CyL y la legislación del PNSG, el OAPN insta a que la gestión del espacio ocupado por la estación de esquí del Puerto de Navacerrada debe fomentar aquellas acciones que estén orientadas a la preservación y mejora de los hábitats que componen estos montes y, en su caso, a su uso racional y sostenible, compatible con la conservación.

Consulta pública de la UE: Delitos contra el medio ambiente – mejorar las normas de la UE en materia de protección del medio ambiente a través del Derecho penal

La Comisión Europea ha iniciado  una consulta pública sobre los delitos contra el medio ambiente, en la cual podrán participar personas con interés y experiencia en la materia, como académicos, empresas y ONG, con la finalidad de contribuir a la revisión de las normas de la Unión Europea (UE).

La Comisión evaluó la Directiva 2008/99/CE, relativa a la protección del medio ambiente mediante el Derecho penal, y las conclusiones indicaron que la Directiva no ha alcanzado plenamente sus objetivos.

La Directiva sobre los delitos contra el medio ambiente tiene por objeto proteger el medio ambiente a través del Derecho penal, la imposición de sanciones adecuadas y la cooperación transfronteriza. La Comisión evaluó recientemente la Directiva y llegó a la conclusión de que no ha cumplido sus objetivos.

Esta Directiva exige a los Estados miembros que traten como delitos penales las actividades que infringen la legislación medioambiental de la UE, como el traslado ilegal de residuos, el comercio de especies en peligro de extinción o de sustancias que agotan la capa de ozono.

El comisario de Justicia, Didider Reynders, señaló que la UE es pionera en el desarrollo de una política medioambiental global y continuará estableciendo normas mundiales para la protección del planeta.

“Una transición ecológica significa que tenemos que proteger nuestro medio ambiente contra la delincuencia y nuestros recursos naturales contra la explotación”, subrayó Reynders, quien invitó a participar en la consulta a todos los interesados, ya que los comentarios contribuirán en las medidas para “proteger la fauna y la flora y mejorar la calidad de vida de los ciudadanos”.

La consulta pública estará abierta hasta el 4 de mayo y se espera una propuesta legislativa de Directiva revisada para finales de 2021.

La evaluación de la Directiva, llevada a cabo en 2019-2020, concluyó que sigue habiendo margen de mejora cuando se trata de reducir los delitos ambientales y perseguir a los infractores.

Esta iniciativa revisará principalmente:

  • el ámbito de aplicación de la Directiva
  • los tipos y niveles de las sanciones
  • la cooperación judicial
  • la delincuencia organizada
  • la recogida de datos estadísticos
  • la aplicación práctica de la ley

Acceso a la consulta: https://ec.europa.eu/info/law/better-regulation/have-your-say/initiatives/12779-Improving-environmental-protection-through-criminal-law

 

 

El MITECO lanza una expresión de interés para fomentar la economía circular la empresa como instrumento para la recuperación

El pasado 7 de octubre, el Gobierno presentó el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, entendido como un “proyecto de país” que orienta la modernización de la economía española, la recuperación del crecimiento económico y la creación de empleo, la reconstrucción sólida, inclusiva y resiliente tras la crisis de la COVID, dando respuesta a los retos de la próxima década.
Uno de los cuatro pilares fundamentales identificados en el Plan es la transición ecológica que, junto a la transformación digital, la cohesión social y territorial y la igualdad, enmarcan el diseño del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. El Plan contiene un total de 30 componentes, entre los que se encuentra el Componente 12 “Política Industrial de España 2030”, en el que cabe destacar el subcomponente “Plan de apoyo a la implementación de la Estrategia Española de Economía Circular y a la normativa de residuos”, que se configura como uno de los instrumentos fundamentales de planificación del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITERD) para el despliegue de la economía circular en España.
Este subcomponente está integrado por una serie de reformas e inversiones en el sector de los residuos, pero también respecto al fomento de la economía circular en el ámbito de la empresa.
La Estrategia Española de Economía Circular (EEEC), España Circular 2030, aprobada en junio de 2020, sienta las bases para impulsar un nuevo modelo de producción y consumo en el que el valor de productos, materiales y recursos se mantengan en la economía durante el mayor tiempo posible, en la que se reduzcan al mínimo la generación de residuos y se aprovechen con el mayor alcance posible los que no se pueden evitar. La Estrategia contribuye así a los esfuerzos de España por lograr una economía sostenible, descarbonizada, eficiente en el uso de los recursos y competitiva.
La EEEC se alinea con los objetivos de los dos planes de acción de economía circular de la Unión Europea, “Cerrar el círculo: un plan de acción de la UE para la economía circular” de 2015 y “Un nuevo Plan de Acción de Economía Circular para una Europa más limpia y competitiva” de 2020, además de con el Pacto Verde Europeo y la Agenda 2030 para el desarrollo sostenible. La Estrategia tiene una visión a largo plazo, España circular 2030, que será alcanzada a través de sucesivos planes de acción trienales por desarrollar, que permitirán incorporar los ajustes necesarios para culminar la transición en 2030.
En el proceso de implementación de la EEEC para la transición a este nuevo modelo económico, es fundamental el papel que deben jugar los agentes económicos y sociales. Por ello el “Plan de apoyo a la implementación de la Estrategia Española de Economía Circular y a la normativa de residuos” del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia ha previsto la realización de inversiones en el sector empresarial, concretamente en proyectos que puedan enmarcarse en las principales líneas de actuación de la Estrategia.
Posibles ejemplos de proyectos e iniciativas empresariales que pueden tener cabida en el Plan en este ámbito serían:
– Inversiones para incentivar modelos de negocio más limpios y circulares, así como capacidades, tecnologías inteligentes, orientados a producción eficiente en recursos, modelos de logística inversa, modelos de consumo de servicios en lugar de productos y modelos de retorno para la reutilización y reacondicionado en cadenas de valor clave (por ejemplo: plásticos, textiles, tecnologías de la información y la comunicación, sector de la construcción, baterías, biorresiduos, etc.).
– Inversiones en actividades de remanufactura en los sectores del automóvil, aeroespacial, de equipamiento médico, muebles y otros.
– Apoyo a proyectos de PYMEs y entidades de economía social para:
    o     incrementar el contenido en reciclado de productos,
    o     desarrollar diseño de productos circulares seguros que incrementen la durabilidad, reparabilidad, reciclabilidad, luchen contra la obsolescencia prematura, permitan el recambio de piezas y mejoren su comportamiento ambiental a lo largo del ciclo de vida,
    o     invertir en actividades de reparación y remanufactura, y consumo de servicios,
    o     sustituir productos de un solo uso y reducción /sustitución del contenido de sustancias peligrosas en materiales y productos.
– Proyectos entre empresas relacionados con la simbiosis industrial para favorecer la circularidad de las materias primas secundarias, desarrollo de redes comerciales que permitan fomentar la simbiosis industrial de materiales, etc.
Con el objetivo de impulsar de modo eficiente el despliegue de las medidas sobre economía circular en las empresas incluidas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico lanza la presente consulta para la formulación de expresiones de interés, con el objetivo de identificar el interés y el estado del mercado en torno a proyectos de economía circular en el ámbito de la empresa, así como los aspectos más relevantes de dichos proyectos y actuaciones. La información recopilada permitirá definir las líneas estratégicas de actuación en este ámbito.
La no presentación de una expresión de interés o respuesta a la consulta no limitará la posibilidad de presentar propuestas en una eventual convocatoria de ayudas. Del mismo modo, la participación en esta expresión de interés no genera ningún derecho respecto al acceso a la potencial financiación que pueda convocarse por la Administración para la consecución de los objetivos propuestos, ni genera ninguna obligación a la Administración.
Plazo de remisión
Plazo para presentar propuestas desde el 27 de enero hasta el 26 de febrero de 2021.
Presentación de propuestas y proyectos
Las propuestas podrán remitirse a la dirección de correo: bzn-sug_residuos@miteco.es
Las propuestas y proyectos podrán remitirse a la dirección de correo indicada, cumplimentando obligatoriamente la plantilla adjunta, que podrá ser complementada con una breve memoria o documentación adicional que aporte información relevante. En todo caso, los documentos tendrán una limitación de 3 páginas.
Con carácter general las respuestas se considerarán no confidenciales y de libre difusión. Las partes que se consideren confidenciales deberán ser específicamente señaladas y delimitadas en los comentarios, motivando las razones de dicha calificación.

Los errores más habituales en la integración de criterios ambientales en la contratación pública y cómo solucionarlos

El informe publicado por la sociedad pública del Gobierno Vasco Ihobe, “ Errores habituales en la introducción de criterios ambientales en la contratación pública, quiere prevenir los riesgos que provocan estos errores (falta de precisión, claridad o redacción errónea de requisitos ambientales) tanto a las licitadoras, que no saben con exactitud las características de lo que se solicita o valora en la licitación, como a los órganos contractuales, que encuentran mayores dificultades para evaluar las ofertas de forma objetiva, no discriminatoria y transparenteerrores en criterios ambientales contratacion publica

Para evitarlos y mejorar la calidad de las licitaciones, la sociedad pública Ihobe ha recopilado algunos de los errores más habituales en la introducción de criterios ambientales en los pliegos de contratación. En el análisis realizado de cada uno de los errores indica dónde radica el problema y cómo puede corregirse con ejemplos concretos, señalando las excepciones existentes.

En la práctica, los nueve errores que se destacan en esta publicación no solo pueden impedir a las empresas licitadoras presentar las ofertas y la documentación acreditativa más adecuada a las necesidades y exigencias del órgano contratante, sino que para éste por su parte, además puede suponer encontrarse con mayores dificultades para evaluar dichas ofertas, aumentando el riesgo de impugnación de los pliegos de contratación o de la adjudicación, alargando los plazos y ocasionando gastos adicionales. Aquí destacamos algunos de ellos.

 

Definición objetiva, específica y sin ambigüedades de los criterios

Es fundamental que los criterios ambientales se definan de forma objetiva, precisa, transparente y sin ambigüedades. No se puede hablar de productos biodegradables sin definir cuál es el estándar correspondiente; o de productos de temporada sin facilitar el calendario que le aplica, o de productos ecológicos o respetuosos con el medio ambiente de forma genérica. Lo correcto sería hacer referencia a normas y estándares específicos que definan exactamente la característica a la que nos referimos. Una buena ayuda para la redacción de este tipo de pliegos son los “Criterios de Compra y Contratación Pública Verde de Ihobe”, o hacer uso de las normas, estándares y sistemas de certificación ecológica existentes (“Guía práctica sobre el uso de las certificaciones ambientales en la compra y contratación pública verde”).

Por ejemplo, si en una licitación para el servicio de catering de un evento popular, se solicita que la vajilla y cubiertos suministrados sean biodegradables/compostables en general, se podría presentar cualquier producto y no se podría discriminar, entre aquellos materiales que tardan muchísimo en biodegradarse o que directamente no son compostables. Si lo que queremos primar es el compostaje de esos materiales una vez se recojan como residuos junto con los restos de la comida, deberíamos solicitar los productos suministrados sean compostables según define la norma EN 13432 o equivalente.

Un simple defecto de redacción como no incluir la mención de “o equivalente”, da lugar a otro de los errores más comunes en la contratación, ya que se trata de una mención obligatoria que debe acompañar a las especificaciones técnicas contenidas en normas y otras referencias técnicas elaboradas por los organismos de normalización nacionales, europeos o internacionales, o que hagan referencia a una fabricación, procedencia, procedimiento, marca, patente, tipo, origen o producción concretos.

 

No exigir que un producto esté certificado con una ecoetiqueta concreta

Otro error habitual es exigir como criterio ambiental en una licitación que la obra, servicio o producto esté certificado con una determinada ecoetiqueta. En estos casos, las cláusulas deberán referirse al cumplimiento de los requisitos definidos en la ecoetiqueta, pero ésta será solo uno de los medios posibles de probar ese cumplimiento, debiéndose aceptar etiquetas equivalentes o la documentación que acredite los requisitos que se solicitan.

Así, en una licitación para el suministro de papel de oficina, sería incorrecto exigir que “el papel ha de estar certificado con la ecoetiqueta FSC o PEFC”. Una versión correcta de la redacción sería indicar que dicho papel “ha de estar fabricado en como mínimo, un 70 por ciento con fibras de madera procedentes de explotaciones forestales sostenibles y/o recicladas según define el estándar FSC, PEFC o equivalente. Como medio de prueba se deberán presentar los certificados de cadena de custodia FSC, PEFC o equivalentes del fabricante del papel ofertado, documentación gráfica del papel donde aparezca la ecoetiqueta u otra documentación alternativa que demuestre equivalencia”.

 

Incongruencia entre los pliegos técnico y administrativo

En términos generales, cuando se prepara una licitación, todas las características obligatorias del producto, obra o servicio a contratar se definen en el pliego de prescripciones técnicas, y en el pliego de cláusulas administrativas se definen, entre otros, los criterios de adjudicación que han de servir para comparar y seleccionar la oferta económicamente más ventajosa, así como la documentación a presentar.

La recomendación para evitar errores es no mencionar en el pliego técnico nada relativo a aspectos relacionados con la selección de ofertas y criterios de adjudicación, y limitarse a incluirlos únicamente en el pliego administrativo.

Como ejemplo, en una licitación para el servicio de limpieza de edificios, el pliego técnico recoge “que se dará preferencia a aquellas ofertas que utilicen una menor diversidad de productos de limpieza y que cumplan con los criterios de sustancias peligrosas definidos en la Etiqueta Ecológica de la Unión Europea o equivalentes”, pero posteriormente, el pliego administrativo sólo recoge que “se valorará el tanto por ciento de productos de limpieza que cumplen con los criterios de sustancias peligrosas”. La mejor forma de corregir este error sería no hacer no hacer mención alguna de los aspectos a valorar en el pliego técnico, e incluirlos únicamente en el pliego administrativo, o ajustar las redacciones de ambos pliegos para que estén armonizados.

 

Puntuación y valoración correcta

Además de la precisión en su definición, los criterios de adjudicación deben incluir siempre en el pliego la puntuación y modo de distribución de los mismos, ya sea mediante fórmula o por parámetros de juicio de valor.

De esta forma, en una licitación para el servicio de alimentación de una institución pública se establece entre los criterios de adjudicación: “productos alimentarios más sostenibles: hasta 20 puntos”, y se indica que se entiende como productos alimentarios sostenibles aquellos productos procedentes agricultura ecológica según el Reglamento 834/2007 o posteriores”.

En este ejemplo, el criterio sí está bien definido, pero el error está en que faltan los parámetros concretos de cómo hacer la valoración. No se indica respecto a qué es el porcentaje (en peso o en número de productos, por ejemplo), ni qué se tomará de base para la evaluación (una lista de productos, una propuesta de menú semanal o mensual, etc.), ni tampoco cómo se distribuirán los puntos (por rangos o mediante fórmula).

Otro gran defecto habitual de las contrataciones es presuponer que, por tratarse de un criterio ambiental, éste está sujeto a interpretación y ha de valorarse por juicio de valor. La realidad es que, en su mayor parte, estos criterios son muy técnicos y concretos y redactados de la forma más objetiva posible, son valorables de forma automática mediante fórmula. Para ayudar a esa distinción de valoración, se puede consultar el documento de Ihobe sobre criterios de Compra y Contratación Pública Verde.

 

Sistemas de gestión ambiental: ni plus de valoración, ni criterio de solvencia

No se debe cometer tampoco el error de valorar que las empresas licitadoras cuenten con algún sistema de gestión ambiental certificado. La Ley de Contratos del sector Público  sólo prevé como solvencia la indicación de las medidas de gestión medioambiental que la empresa podrá aplicar al ejecutar el contrato, y considera que valorar que las licitadoras dispongan de certificados de calidad -incluida la ambiental- no permite hacer una evaluación comparativa de las ofertas respecto a la prestación solicitada. Por este motivo, se debe considerar de forma indirecta los sistemas de gestión ambiental, valorando los aspectos, procedimientos y medidas concretas que las empresas van a implementar en la ejecución del servicio.

Sirva como ejemplo, una licitación para una obra de urbanización donde se establece como criterio de adjudicación de valoración automática, que las empresas licitadoras dispongan del certificado de gestión ambiental EMAS o equivalente.

Dicha licitación podría corregirse estableciendo como criterio de valoración mediante juicio de valor, una de estas dos posibilidades, por ejemplo: “las medidas de gestión y seguimiento ambiental que las licitadoras aplicarán en la ejecución de las obras, en relación con las emisiones de polvo y ruido debidas a las operaciones, vehículos y maquinaria usadas y la minimización de la generación de residuos, su recogida selectiva, y su correcta gestión a través de gestores autorizados. A tal efecto se deberá presentar una memoria de gestión ambiental que incluirá la relación y descripción de las medidas propuestas, así como los procedimientos de seguimiento para asegurar la implementación de cada una de ellas”.

O simplemente, “las medidas de gestión y seguimiento ambiental que las licitadoras aplicarán en la ejecución de las obras. A tal efecto se deberá presentar una memoria de gestión ambiental que detalle los aspectos ambientales que se controlarán, las medidas propuestas para ello, así como los procedimientos de seguimiento para asegurar la implementación de cada una de ellas”.

En el mismo sentido, la ley permite exigir, en el apartado de solvencia, la presentación de certificados de sistemas de gestión ambiental, pero sólo como medida de prueba y no de criterio en sí. Por lo tanto, lo exigible es mostrar la capacidad de las empresas licitadoras para aplicar medidas de gestión ambiental en la ejecución del contrato, acreditable con los certificados de sistemas de gestión ambiental o equivalentes.

Por último, legalmente es obligatorio definir en el pliego de cláusulas administrativas particulares al menos una condición especial de ejecución de tipo ambiental, social o de innovación. El error en la Compra Verde es incluir como condición especial de ejecución, una cláusula que sea esencial para la prestación en sí y que, por tanto, debería ser una especificación técnica y formar parte de las ofertas a presentar por las licitadoras.

Fuente: Ecoiuris

La Fundación para la Economía Circular presenta en un informe sus claves para alcanzar los objetivos de reciclaje en los próximos años

La Fundación para la Economía Circular, con el apoyo del Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Madrid, presentó en un evento virtual celebrado el pasado martes su estudio ‘Diagnóstico y escenarios de cumplimiento de los objetivos de residuos municipales 2025, 2030-2035. Cómo cumplir los objetivos sin morir en el intento’.

 

 

 

 

 

Ángel Fernández, presidente el patronato de la Fundación para la Economía Circular, fue el encargado de presentar el estudio y realizar un análisis de la situación actual (con datos de 2017) de la gestión de los residuos municipales en España. A partir de este punto, teniendo en cuenta los objetivos marcados por la UE y la revisión que está realizando el gobierno español en materia de residuos, hizo una detallada presentación del documento.

Durante su ponencia en esta jornada, Ángel Fernández expuso cómo el estudio presentado construye una serie de escenarios de generación y gestión de los residuos municipales para el horizonte 2025-2030-2035, bajo hipótesis que, siendo creíbles, respondan a la ambiciosa orientación de apuesta por la economía circular y por la lucha contra el cambio climático marcada por la UE.

En el estudio se realiza una propuesta de hojas de rutas a seguir para una serie de fracciones que se han considerado de especial relevancia por su importancia en la composición, por las posibilidades de actuación, por la importancia en la gestión, etc., teniendo en cuenta que para la consecución de los objetivos es importante sumar la mayor cantidad posible de material al reciclado y que, por ello, ninguna fracción es despreciable.

Igualmente, se han desarrollado hojas de ruta para fracción orgánica (biorresiduos), papel-cartón, vidrio, textil, plásticos (envases y no envases), metales (envases y no envases), voluminosos, celulosas y restos de obra menor. En estas fracciones se identifican actuaciones y horizontes temporales, así como una estimación de su participación en el cumplimiento de los objetivos de reciclaje para el total de los residuos municipales.

Las principales conclusiones del estudio señalan que para alcanzar el 65% de reciclado y un máximo del 10% de vertido en el año 2035 va a ser necesario:

• Aplicar los criterios de economía circular (desde el ecodiseño al consumo).

• Universalizar la recogida selectiva a todas las poblaciones españolas incrementándola en las fracciones orgánica, textil y residuos peligrosos, con una implicación de entre el 80-90% de la población.

• Incorporación en las estadísticas de los residuos gestionados por la actividad privada.

• Desarrollo de Sistemas de Responsabilidad Ampliada del Productor(SCRAP), con el objetivo de disminuir la presión en las arcas municipales de flujos tales como textil, voluminosos, etc.

• Garantizar un mercado eficiente para los materiales recuperados, dando garantías a los consumidores de la calidad de estos, y aplicando de manera rigurosa los procesos para la calificación de subproducto y fin de condición de residuo.

• Aplicación de tasas desincentivadoras al vertido.

• Suficiente capacidad de valorización energética de forma complementaria al reciclado para flujos y rechazos sin un reciclado viable.

• Adaptación de las ordenanzas municipales a los nuevos criterios de gestión.

• Implicación activa de toda la sociedad como factor clave para el éxito de la normativa.

Fuente: ecoiuris

 

El MITECO presenta la zonificación ambiental para energías renovables

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) ha presentado una nueva herramienta cartográfica que zonifica el territorio en función de los previsibles impactos que puedan presentar para la implantación de proyectos de energías renovables, en concreto, de eólica y de solar fotovoltaica. Para cada una de estas tecnologías se han elaborado sendos mapas que presentan una zonificación del territorio teniendo en cuenta los valores ambientales de las distintas áreas. El objetivo es que sea una herramienta orientadora que sirva para la toma de decisiones de los responsables de planificación y promotores de proyectos, facilitando la identificación, desde el primer momento, de los valores ambientales o figuras de protección que puedan afectar las decisiones de ubicación o diseño de estos proyectos.

Esto es de una importancia estratégica teniendo en cuenta el despliegue de renovables requerido –unos 60.000 nuevos MW de potencia renovable en eólica y solar fotovoltaica a instalar en la próxima década, de acuerdo con la planificación del Plan Integrado Nacional de Energía y Clima (PNIEC) 2021-2030- para alcanzar el objetivo final de tener un sistema eléctrico 100% renovable antes de 2050. La disponibilidad de la información de forma clara y transparente en una fase temprana permitirá que los proyectos puedan tener en cuenta los criterios adecuados desde el inicio de su tramitación, facilitando la misma.

La vicepresidenta y ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Teresa Ribera, ha explicado durante la presentación de esta herramienta que “el vasto despliegue de generación renovable que ambicionamos ha de hacerse pues compatible con la conservación de nuestro patrimonio natural. Debemos ir de la mano en la lucha frente la crisis de biodiversidad y la crisis climática. Y tenemos el privilegio de habitar un país que nos ofrece condiciones óptimas para dar respuestas eficaces a ambos retos”. El estudio se ha centrado únicamente en proyectos de grandes instalaciones de generación de energía renovable eólica y fotovoltaica de competencia estatal, cuyo fin es su venta a la red, y se ha basado en la experiencia acumulada en la evaluación ambiental de proyectos de estas características.

 

MAPAS DE SENSIBILIDAD AMBIENTAL

Los mapas de sensibilidad ambiental permiten identificar los potenciales condicionantes ambientales en las distintas áreas del territorio nacional para la implantación de estos proyectos, mediante un modelo territorial que agrupe los principales factores ambientales, cuyo resultado es una zonificación en niveles de sensibilidad ambiental. La resolución de los mapas es muy alta, con cuadrículas de 25×25 metros, y permiten zonificar el territorio en función del índice de sensibilidad ambiental obtenido a partir del modelo. Las zonas de máxima sensibilidad ambiental son aquellas en las que concurren elementos ambientales de la mayor relevancia: por ejemplo masas de agua, humedales de importancia internacional incluidos en el convenio Ramsar, Zonas de Especial Protección de Aves (ZEPAs), Lugares Patrimonio Cultural de la Unesco, etc.

En el resto de zonas el nivel de sensibilidad ambiental se determina a partir de indicadores ponderados, en función de los valores ambientales que concurren, como pueden ser Hábitats de Interés Comunitario, impacto visual, Áreas Importantes para la Conservación de las Aves, etc. El manejo de estos mapas, disponibles para su visualización en el geoportal del MITECO, permitirá conocer ese nivel de sensibilidad ambiental (índice) y, especialmente, los indicadores ambientales asociados, que permitan una mejor caracterización de cada entorno de cara a las decisiones de diseño y ubicación de los potenciales proyectos. POSTERIOR EVALUACIÓN AMBIENTAL DEL PROYECTO Este modelo es una simplificación de la realidad para poder conocer el territorio desde un enfoque general y estratégico, lo cual no exime del pertinente trámite de evaluación ambiental, y de que se concreten los impactos de cada caso particular y en cada ubicación específica para cada proyecto de energía renovable que se quiera implantar. En este sentido, los valores del modelo no prejuzgan el resultado de una declaración de impacto ambiental. Las zonas que presenten una sensibilidad ambiental de menor grado, según el modelo territorial resultante, no implican directamente que cualquier proyecto allí ubicado vaya a obtener una resolución ambiental favorable. De igual manera, que un proyecto se ubique en una zona con muchos condicionantes ambientales, no significa que vaya a obtener necesariamente una resolución ambiental desfavorable, ya que el proyecto en detalle podría conseguir evitar los impactos que pudieran ser significativos, mediante una adecuada selección de la alternativa de las ubicaciones, con soluciones adaptadas a las necesidades de los valores ambientales concretos, adoptando medidas preventivas y correctoras específicas, etc. Precisamente, la disponibilidad de información temprana permite identificar los valores ambientales más relevantes en cada ubicación, para facilitar la identificación y adopción de este tipo de medidas.

Es decir, los resultados del modelo se han de tomar como una recomendación, dirigida a ayudar a los promotores de estos proyectos a elegir de manera preliminar una localización más favorable ambientalmente, así como a facilitar, de forma abierta y transparente a la administración pública que deba realizar la evaluación ambiental de los mismos y al conjunto de la sociedad, los datos ambientales orientativos que concurren en cada parte del territorio nacional.

 

ALCANCE DEL EJERCICIO DE ZONIFICACIÓN

El ámbito de la zonificación presentado hoy se restringe al medio terrestre de la Península, Canarias, Baleares y las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla. El análisis respecto a instalaciones de las distintas tecnologías renovables marinas requiere una aproximación metodológica diferenciada y, por lo tanto, no se incluyen en el ámbito de aplicación de esta herramienta, sino que tendrá su propio desarrollo en el contexto de los planes de ordenación del espacio marítimo en los que también está trabajando el MITECO. Así, esos planes identificarán las zonas más idóneas para la futura implantación de infraestructuras de aprovechamiento de las energías marinas (olas, mareas, corrientes, etc.) así como de energía eólica off-shore, que se presenta como la tecnología que podría tener una implantación más significativa en términos de potencia en los próximos años en las aguas marinas españolas.

Por otra parte, al estar ligado a la normativa de evaluación ambiental, este estudio excluye instalaciones de autoconsumo o aquellas que, por sus características o su integración cubiertas o edificios existentes, puedan integrarse mejor en el territorio y generar un menor impacto. A este respecto es importante recalcar que el desarrollo del autoconsumo fotovoltaico en las cubiertas de edificios existentes, desde el ámbito residencial al comercial, industrial o del sector público, es una iniciativa prioritaria para cumplir los objetivos climáticos. La utilización de estos espacios, hasta ahora prácticamente no utilizados, es fundamental para caminar hacia la neutralidad climática, pero también para situar a la ciudadanía en el centro de la transición energética, uno de los objetivos principales del PNIEC 2021-2030 y la Estrategia a Largo Plazo 2050. En este sentido, se encuentra en desarrollo la Estrategia Nacional de Autoconsumo, que analizará el potencial de penetración del autoconsumo en los distintos ámbitos, las posibles barreras y necesidades, así como las medidas y actuaciones necesarias para aprovechar todas las oportunidades que ofrece a consumidores y sectores económicos, y para garantizar una adecuada integración en el sistema.

Fuente: www.miteco.gob.es

 

El nuevo informe de la Comisión Europea sobre el estado de la naturaleza en Europa: no menos del 81 % de los hábitats protegidos se encuentran en mal estado.

 

La degradación de las especies y los hábitats protegidos sigue avanzando, principalmente a causa de la agricultura intensiva, la urbanización, las actividades silvícolas no sostenibles y los cambios en los hábitats de agua dulce. La contaminación del aire, el agua y el suelo también afecta a los hábitats, al igual que el cambio climático, la sobreexplotación de los animales mediante actividades de aprovechamiento ilegal y la caza y la pesca insostenibles. Si no se le pone freno, esta degradación conducirá inevitablemente a la continua erosión de nuestra biodiversidad y de los servicios vitales que esta presta, con el consiguiente peligro para la salud y la prosperidad humanas.

El informe subraya la clara necesidad de actuar si queremos tener alguna posibilidad de situar la biodiversidad de Europa en la senda de la recuperación de aquí a 2030, conforme a lo previsto en la Estrategia de la UE sobre Biodiversidad. Será esencial, con ese fin, lograr en su totalidad los objetivos y las metas que se proponen tanto en dicha Estrategia como en la Estrategia «de la granja a la mesa» .

La evaluación, basada en un informe técnico de la Agencia Europea de Medio Ambiente más detallado, pone de manifiesto que, si bien muchas especies y hábitats protegidos están consiguiendo resistir pese a la fuerte presión a la que se hallan sometidos, la mayor parte de ellos se encuentran en un estado deficiente o malo en la UE, y algunos de ellos presentan una tendencia continua de deterioro.

Por lo que respecta a las especies, siguen en declive las aves que tienen una estrecha relación con la agricultura; los peces de agua dulce presentan la proporción más elevada (38 %) de mal estado de conservación, debido principalmente a los cambios en las masas y el caudal de las aguas y a las instalaciones hidroeléctricas. Solo el 15 % de los hábitats se encuentra en buen estado. La restauración de las turberas y otros humedales puede aportar beneficios para la naturaleza, pero también contribuir significativamente a la lucha contra el cambio climático y crear oportunidades de empleo en las zonas rurales y periféricas.

El informe muestra también que las medidas de conservación específicas dan resultados. El lince ibérico, el reno de bosque y la nutria, animales que han sido objeto de importantes proyectos de conservación, se están recuperando. Las iniciativas llevadas a cabo en el marco del programa LIFE de la UE, los regímenes agroambientales específicos de la política agrícola común y la red Natura 2000, con sus 27 000 lugares, siguen teniendo una influencia benéfica, pero ese efecto debe ampliarse considerablemente. 

Virginijus Sinkevičius, comisario de Medio Ambiente, Océanos y Pesca, ha declarado lo siguiente: «Esta evaluación del estado de conservación de la naturaleza representa el chequeo de la salud de la naturaleza más completo que jamás se ha realizado en la UE. Muestra muy claramente, una vez más, que estamos perdiendo nuestro sistema clave de soporte vital. En la Unión, no menos del 81 % de los hábitats protegidos se encuentran en mal estado. Hemos de llevar urgentemente a la práctica los compromisos de la nueva Estrategia de la UE sobre a Biodiversidad para invertir este declive en interés de la naturaleza, las personas, el clima y la economía».

Hans Bruyninckx, director ejecutivo de la Agencia Europea de Medio Ambiente, ha declarado: «Nuestra evaluación muestra que para salvaguardar la salud y la resiliencia de la naturaleza de Europa, así como el bienestar de las personas, se requieren cambios fundamentales en nuestra manera de producir y consumir alimentos, gestionar y utilizar los bosques y construir ciudades. Estos esfuerzos deben ir acompañados de una mejor aplicación y un mayor control del cumplimiento de las políticas de conservación, un enfoque en la restauración de la naturaleza y una acción por el clima cada vez más ambiciosa, sobre todo en los sectores del transporte y la energía».

Contexto

Cada seis años, los Estados miembros de la UE presentan un informe sobre el estado y las tendencias de conservación de las especies y los tipos de hábitats protegidos por las Directivas europeas. El actual ciclo de presentación de informes es el ejercicio de recogida de datos sobre el estado de la naturaleza europea más amplio y completo que jamás se ha realizado. El informe ofrece un análisis de los datos sobre el estado y las tendencias de todas las especies de aves silvestres presentes en la UE (460 especies), 233 tipos de hábitats y aproximadamente otras 1 400 especies de plantas y animales silvestres de interés europeo.

Estos conocimientos guiarán la acción de la UE en materia de biodiversidad en los próximos años y proporcionarán una base de referencia esencial para supervisar los avances realizados hacia la consecución de los objetivos de la nueva Estrategia de la UE sobre Biodiversidad de aquí a 2030. 

Fuente: European Commission

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