A DEBATE LA GESTION DE LOS ESPACIOS NATURALES PROTEGIDOS Y LA PROPIEDAD PRIVADA

El miércoles 21 de junio de 2017, se celebró en la sede del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente situada en Nuevos Ministerios, una jornada organizada por la European Landowners’ Organization (ELO), junto a su socio español Aproca y a la Fundación Artemisan,  colaboración de Syngenta y Friends of the Countryside.

 

 

 

El Presidente del FEGA, D. Miguel Ángel Riesgo Pablo, inauguró la jornada, en la que se habló de la Red Natura 2000, una red europea de áreas de conservación de la biodiversidad cuya finalidad es asegurar la supervivencia a largo plazo de las especies y los tipos de hábitat en Europa. Considerada por la Unión Europea como el principal instrumento para la conservación de la naturaleza, una gran proporción de esta red se encuentra en terrenos privados, cuyos propietarios son los mayores interesados en preservar esta biodiversidad, y así lo han demostrado durante generaciones.

Durante la jornada, en la que han participado representantes del Mapama, de la Junta de Extremadura, la Universidad Politécnica de Madrid, Ferrovial, propietarios rurales, WWF, técnicos y juristas, se analizó el desarrollo de Red Natura 2000 en nuestro territorio nacional y se presentaron ejemplos prácticos que pueden servir de inspiración a los planes de gestión obligatorios en la misma, como por ejemplo la etiqueta “Wildlife Estates”, que es un reconocimiento de calidad a la buena gestión medioambiental, y que lleva evaluadas en España 570.000 ha, la mayoría de ellas en manos privadas.

Ambienta 45 partició en esta Jornada, exponiendo las posibilidades que se abren para los propiestarios privados de espacios incluidos en la Red Natura 2000 ante el cambio de rumbo que la UE quiere dar a al gestión e implantación de esta red ecológica. 

Los Planes de Gestión de la Red Natura 2000 ha sido uno de las cuestiones más debatidas a lo largo de estas jornadas. La mayoría de estos espacios son de propiedad privada, sin embargo en lugar de valorizar la labor de conservación de estos propietarios, dichos planes están provocando un profundo malestar ya que desarrollan limitaciones a un modelo de gestión que es el que ha permitido su declaración como Espacio Natural Protegido.

Es necesario, han concluido, el desarrollo de herramientas que impulsen la conservación de la biodiversidad, y para ello se ha organizado una de las mesas redondas en torno a la figura de los Bancos de Conservación de la Naturaleza, que permitiría a los propietarios rurales ejercer medidas a favor de la biodiversidad y el medio ambiente, sin suponer un sobrecoste a la administración pública, pero aun así bajo su control. El desarrollo legislativo de los Bancos de Conservación, provocaría la obtención de unos Créditos Ambientales a la propiedad privada, fruto de las inversiones que se realicen destinadas a la mejora de la biodiversidad, créditos que deberían adquirir aquellas empresas cuyas inversiones provoquen impactos ambientales.

Acerca de ELO

La Organización Europea de Propietarios Rurales (European Landowners Organization o ELO por sus siglas en inglés) fue fundada en 1972 y es una federación de asociaciones nacionales de los 27 estados miembros de la Unión Europea. Representa los intereses de propietarios, gestores y empresarios rurales ante las instituciones europeas. ELO es la única organización independiente y sin ánimo de lucro que representa a todos los empresarios rurales. El objetivo de ELO es la promoción de un campo próspero a través del dinamismo de los propietarios individuales. Su secretaría está en Bruselas. www.elo.org

Acerca de APROCA

APROCA es una Asociación Profesional de Naturaleza Empresarial que integra a propietarios de Fincas Rústicas y/o titulares de cotos de caza, que responden a la denominación genérica de ASOCIACIÓN DE CAZA Y CONSERVADORES DEL MEDIO NATURAL. El objetivo de APROCA es la defensa de una utilización racional y sostenida del medio natural y forestal, de manera que todas las actividades de la Asociación se desarrollarán dentro del más absoluto respeto al medioambiente, conservación de la naturaleza, conservación y equilibrio entre la flora y la fauna doméstica y silvestre y protección de las especies en peligro de extinción, así como de las autóctonas. www.aprocaclm.org

Acerca de Fundación Artemisan

La Fundación Artemisan es una iniciativa de entidades del ámbito asociativo cinegético, agrario y ambiental, cazadores, sector industrial armero y de la carne de caza, agricultores y propietarios de fincas privadas en España.

Artemisan nace para desarrollar ideas y proyectos científicos y fomentar la comunicación para tener un mejor conocimiento de las especies y sus hábitats, así como para poner en valor el sector cinegético, clave para el desarrollo socioeconómico del medio rural en España y la conservación de su rico Patrimonio Natural. www.fundacionartemisan.com

Acerca de Wildlife Estates Project

Wildlife Estates es una iniciativa que se lleva desarrollando en la Unión Europea desde 2003, y que otorga Etiquetas de Calidad, en reconocimiento a la buena gestión que se realiza en un determinado territorio con respecto al manejo y conservación de la fauna, a la conservación del paisaje y al fomento de la biodiversidad. De este modo, a través de esta Etiqueta, se reconoce la excelencia y la ejemplaridad de la gestión en territorios en los que existen numerosos usos y aprovechamientos de sus recursos naturales.

Está respaldado a nivel europeo por ELO y los Friends of the Countryside y cuenta con el apoyo de la Dirección General de Medio Ambiente de la Comisión Europea. www.wildlife-estates.eu

La Comisión Europea pone en marcha el Plan de Acción en pro de la naturaleza, las personas y la economía


 
 
 
 
 
La Comisión Europea puso en marcha en 2014 una evaluación exhaustiva de las Directivas de protección de la naturaleza, con el fin de controlar su adecuación («Fitness Check)
 
 
 
Este control de la adecuación ha concluido que, en el marco más amplio de la política de biodiversidad de la UE, las Directivas de protección de la naturaleza son adecuadas para los fines perseguidos, pero que para alcanzar sus objetivos y aprovechar todo su potencial será preciso mejorar sustancialmente su aplicación. Será necesario mejorar tanto su eficacia y eficiencia como el trabajo en asociación con las distintas comunidades de partes interesadas en los Estados miembros y en el conjunto de la UE con el fin de lograr resultados concretos sobre el terreno.
 
El 7 de diciembre de 2016, la Comisión celebró un debate de orientación sobre las conclusiones del control de la adecuación y su seguimiento, a raíz del cual decidió desarrollar un plan de acción concreto para mejorar la aplicación de las Directivas, su coherencia con los objetivos socioeconómicos y la participación de las autoridades nacionales, regionales y locales, las partes interesadas y los ciudadanos.
El presente plan de acción global tiene por objeto mejorar rápidamente la aplicación práctica de las Directivas de protección de la naturaleza y acelerar el progreso hacia el objetivo de la UE para 2020 de detener e invertir la pérdida de biodiversidad y de servicios ecosistémicos,  en particular en relación con la resiliencia al cambio climático y la mitigación de sus efectos, lo cual resultará también beneficioso para los habitantes de Europa y la economía.
El plan de acción abarca cuatro ámbitos prioritarios con quince medidas concretas. La mayoría de ellas comenzarán a aplicarse en 2017 a fin de que la Comisión pueda elaborar un informe sobre sus resultados antes de que finalice su actual mandato en 2019:
Prioridad A: mejorar las orientaciones y los conocimientos y garantizar una mayor coherencia con objetivos socioeconómicos más amplios.
Prioridad B: impulsar la responsabilización política y reforzar el cumplimiento
Prioridad C: aumentar las inversiones en Natura 2000 y mejorar las sinergias con los instrumentos de financiación de la UE
Prioridad D: mejorar la comunicación y la divulgación, y lograr la participación de ciudadanos, partes interesadas y comunidades
Este Plan de Acción será presenetado en la una Conferencia en Bruselas, el próximo 6 de Junio de 2017.
Leer más: European Commission

Informe Impacto Ambiental del Proyecto de Aeródromo en El Moral (Ribera del Fresno)

Resolución de 16 de Marzo de 2017, de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, por la que se formula Informe de Impacto Ambiental del proyecto Aeródromo de uso restringido El Moral, en el término municipal de Ribera del Fresno (Badajoz)

 

La Ley 21/2013 de 9 de Diciembre, de Evaluación Ambiental, en su artículo 7.2, prevé los proyectos que deben ser sometidos a evaluación de impacto ambiental simplificada por el órgano ambiental, a los efectos de determinar que el proyecto no tiene efectos significativos sobre el miedo ambiente, o bien, que es preciso el sometimiento del proyecto al procedimiento de evaluación ambiental ordinario regulado en la Sección 1ª del Capítulo II del Título II de la ley, por tener efectos significativos sobre el medio ambiente.

El proyecto consiste en la construcción de un aeródromo privado de uso restringido en la  finca de un viñedo, situado en el término municipal de Ribera del Frescno (Badajoz), con el fin de potenciar el turismo enológico así como el desarrollo de actividades aeronaúticas. El órgano sustantivo es la Agencia Estatal de Seguridad Áerea (AESA), del Ministerio de Fomento, al no haber asumido la Comunidad Autónoma de Extremadura las competencias aeronáuticas, por lo que resulta ser el órgano ambiental el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente.

Tras la correspondiente tramitación y consultas a las administraciones y personas interesadas (Ayuntamientos, ONG conservacionistas, Comunidad Autónoma, Administración del Estado..) y las oportunas subsanaciones y correcciones del documento ambiental, que en un principio no contenía suficientes estudios de la avifauna presente en la zona o alternativas ambientalmente viables, ni había previsto el correspondiente Informe de Afección para el sobrevuelo de las ZEPA por debajo de la cota de 1000 metros (a pesar de que las instalaciones de proyecto no se encuentras en los límites de ningún espacio incluido en la Red Natura 2000 ni en ningún Espacio Natural Protegido, el área de vuelo que las aeronaves que lo utilicen podría afectar a ciertos lugares de la Red Natura 2000), finalmente se formula Informe de Impacto Ambiental que, con los pertinentes requisitos y medidas correctores, protectoras y compensatorias, no prevé impactos adversos significativos sobre el medio ambiente, por lo que no se considera necesesaria la tramitación de la Evaluación Ambiental Ordinaria.

Más reciclaje para avanzar hacia una economía circular

El Parlamento votará el 14 de marzo de 2017 cuatro normativas sobre la gestión de residuos, principalmente los que se generan en hogares y pequeños negocios, que representan el 8 por ciento del total de la basura de la Unión Europea. Aumentar las tasas de reciclaje en la UE, limitar la existencia de vertederos, muy perjudiciales para el medio ambiente y la salud, y reducir los desechos de alimentos, son los principales asuntos que se abordarán en esta etapa.

 

Pasar de una economía lineal, en la que producimos, consumimos y generamos residuos, a una economía circular, en la que después de consumir, reutilizamos, recogemos y reciclamos o reparamos, requiere que las tasas de reciclaje de la Unión Europea sean mayores.

 

En 2014, España solo recicló el 31% de su basura, por debajo de la media de la UE, del 44%, y acumuló en vertederos un 58% de los residuos, también inferior a la media comunitaria, del 31%.

 

El vertido de residuos es la opción más barata pero también es la más nociva para el medio ambiente y para la salud. Por eso es necesario reducirlo al máximo y promover mejores prácticas en la gestión de residuos: incinerar, reciclar, reutilizar o reparar.

 

Una acumulación baja de residuos en vertederos suele implicar altos niveles de reciclaje. Cuantos menos residuos vierta un país, más tiende a reciclar y, por lo tanto, más cerca está de un modelo de economía circular. Este modelo ayudará a crear puestos de trabajo relacionados con el sector como diseño ecológico, reutilización, reparación y recogida.

 

Por otro lado, aunque la incineración es la mejor alternativa al vertido de residuos, una excesiva tasa de incineración puede dar lugar a menores niveles de reciclaje. Algunos países, como Finlandia y Dinamarca, tienen índices muy altos de incineración porque utilizan este método para gestionar los residuos y producir energía. Por lo tanto, esta nueva normativa podría tener impacto en las prácticas de estos países.

 

La propuesta de la Comisión Europea

 

La Comisión Europea ha propuesto que la UE alcance una tasa del 65% de reciclado en 2030 y limite el vertido de residuos al 10% para el mismo año. Sin embargo, la comisión de Medio Ambiente del Parlamento Europeo aboga por objetivos todavía más ambiciosos: conseguir el 70% de reciclaje y llegar a un máximo del 5% para el vertido.

 

El pleno del Parlamento Europeo se pronunciará el 14 de marzo sobre este conjunto de medidas. Se trata de cuatro directivas centradas en la gestión de residuos, los vertederos, el empaquetado, y los vehículos, las baterías y acumuladores, y los residuos de equipamiento electrónico.

Los auditores de la UE consideran que es necesario mejorar la gestión, la financiación y el seguimiento de Natura 2000

Un nuevo informe publicado por el Tribunal de Cuentas Europeo señala la necesidad de aplicar mejoras en la gestión, la financiación y el seguimiento de Natura 2000, el programa insignia de la UE para la biodiversidad.

 

Los auditores reconocen que el programa desempeña un papel fundamental en la protección de la biodiversidad, pero han detectado carencias de gestión y una falta de información fiable sobre los costes y la financiación. Además, los fondos no se ajustan correctamente a las necesidades de los lugares medioambientales.

Los auditores visitaron veinticuatro lugares Natura 2000 en Francia, Alemania, España, Polonia y Rumanía, que albergan la mayoría de regiones biogeográficas de Europa, y celebraron asimismo reuniones con representantes de varias partes interesadas. Aunque reconocen el importante papel desempeñado por Natura 2000 en la protección de la biodiversidad, su conclusión es que no se ha aplicado plenamente todo el potencial de dicha red.

«La implantación de la red Natura 2000 ha sido un proceso largo que ya se ha completado en su mayor parte. Para lograr una protección óptima de la biodiversidad en todos los lugares Natura 2000, los Estados miembros deben aplicar medidas de conservación adecuadas debidamente financiadas e incluir un conjunto completo de indicadores para medir los resultados”, manifestó Nikolaos Milionis, Miembro del Tribunal de Cuentas Europeo responsable del informe.

Los auditores consideran que la gestión la red Natura 2000 por los Estados miembros no fue suficientemente buena. La coordinación entre autoridades competentes, partes interesadas y Estados miembros vecinos no estaba suficientemente desarrollada. Con demasiada frecuencia, las medidas de conservación necesarias sufrieron retrasos o no fueron adecuadamente definidas. Los Estados miembros visitados no evaluaron adecuadamente los proyectos que afectaban a los lugares Natura 2000. Aunque la Comisión supervisaba activamente a los Estados miembros, podía mejorarse la difusión de sus orientaciones a los mismos. La Comisión tramitó un elevado número de denuncias, generalmente buscando soluciones con los Estados miembros, pero también iniciando procedimientos de infracción en caso necesario.

Fuente: Tribunal de Cuentas Europeo

¿Estás obligado a efectuar el control de riesgo de accidentes graves?

A partir de una serie de accidentes ocurridos en los años setenta, la Unión Europea aprobó la Directiva 82/501/CEE , en la que se establecían las bases para prevenir los riesgos de accidentes en determinadas actividades industriales que contenían sustancias consideradas peligrosas.

La Directiva 82/501/CEE es conocida como directiva SEVESO, debido al accidente químico ocurrido en esta ciudad italiana, donde una explosión sacudió una planta química, provocando un número importante de victimas y graves daños a toda la población.

La Directiva anterior fue modificada en diversas ocasiones, hasta aprobar la Directiva 96/82/CE  , ésta conocida como directiva SEVESO II, con el objeto de controlar los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervienen sustancias peligrosas.

La última Directiva aprobada Directiva 2012/18/UE, tiene como objeto establecer normas para la prevención de accidentes graves en que intervengan sustancias peligrosas, así como para la limitación de sus consecuencias en la salud humana y el medio ambiente, con miras a garantizar de forma coherente y eficaz un nivel elevado de protección en toda la Unión.

A nivel estatal, existía el Real Decreto 1254/1999 derogado por el Real Decreto 840/2015, de 21 de septiembre  por el que se aprueban medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas, por el que se transpone la Directiva 2012/18/UE  al ordenamiento estatal.

Con respecto al anterior Real Decreto 1254/1999, este real decreto presenta cambios destacables, como son::

– La alineación de las categorías de sustancias de su anexo I con las correspondientes al nuevo sistema europeo de clasificación de sustancias y mezclas (el llamado Reglamento CLP).

– Se incluye un mecanismo de corrección de este anexo para prever las posteriores adaptaciones al sistema de clasificación que pudieran repercutir sobre sustancias para las que se demuestre que no presentan un riesgo de accidente grave.

– Se refuerzan las disposiciones relacionadas con el acceso del público a la información sobre la aplicación del real decreto, con la participación efectiva del público interesado en la toma de decisiones y con los derechos del público a interponer recurso ante la justicia. Todo ello en conformidad con la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente.

– Se potencian los mecanismos para la recopilación de información, el intercambio de la misma entre las autoridades competentes y la Comisión Europea y su difusión y puesta a disposición del público.

– En lo que respecta a las inspecciones de los establecimientos, se introducen criterios más estrictos, a fin de asegurar el cumplimiento de las normas de seguridad, así como una implantación efectiva de las medidas de control consideradas.

– Además se establece la regulación de competencias y coordinación entre Administraciones implicades.

ÁMBITO DE APLICACIÓN.

Los establecimientos industriales a los que les serán de aplicación el control de riesgo de accidentes graves, son aquellos en los que están presentes sustancias peligrosas en cantidades iguales o superiores a las indicadas en el Anexo I del Real Decreto 840/2015

Dentro de los establecimientos industriales, se distinguen dos categorías:

Establecimiento de nivel inferior : todo aquel establecimiento en el que haya presentes sustancias peligrosas en cantidades iguales o superiores a las especificadas en la columna 2 de la parte 1 o de la parte 2 del anexo I, pero inferiores a las cantidades especificadas en la columna 3 de la parte 1 o de la parte 2 del anexo I.

Establecimiento de nivel superior : todo aquel establecimiento en el que haya presentes sustancias peligrosas en cantidades iguales o superiores a las especificadas en la columna 3 de la parte 1 o de la parte 2 del anexo I.

Quedarán excluidos:

  • 1. Los establecimientos, las instalaciones o zonas de almacenamiento pertenecientes a las Fuerzas Armadas y a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad,
  • 2. Los peligros creados por las radiaciones ionizantes originadas por sustancias,
  • 3. El transporte de mercancías peligrosas por carretera, ferrocarril, vía navegable interior y marítima o aérea y el almacenamiento temporal intermedio directamente relacionado con él; así como a las actividades de carga y descarga y al traslado desde y hacia otro tipo de transporte con destino a muelles, embarcaderos o instalaciones logísticas ferroviarias o terminales ferroviarias fuera de los establecimientos contemplados en este real decreto,
  • 4.  El transporte de sustancias peligrosas por canalizaciones, incluidas las estaciones de bombeo, que se encuentren fuera de los establecimientos a que se refiere este real decreto,
  • 5. La explotación de minerales en minas, canteras y mediante perforación; en concreto a las actividades de exploración, extracción y tratamiento de los mismos,
  • 6. La exploración y explotación mar adentro (off-shore) de minerales, incluidos los hidrocarburos,
  • 7.  El almacenamiento de gas en emplazamientos subterráneos mar adentro, tanto en aquellos dedicados específicamente al almacenamiento, como en los que también se lleven a cabo actividades de exploración y extracción de minerales, incluidos los hidrocarburos,
  • 8.  Los vertederos de residuos, incluyendo el almacenamiento subterráneo de los mismos.

No obstante lo dispuesto en las letras e) y h), estarán comprendidos en el ámbito de aplicación:

  • Las instalaciones operativas de evacuación de residuos mineros, incluidos los diques y balsas de estériles, que contengan sustancias peligrosas;
  • El almacenamiento subterráneo terrestre de gas en estratos naturales, acuíferos, cavidades salinas y minas en desuso, así como las actividades de tratamiento térmico y químico y el almacenamiento vinculado a estas operaciones en que intervengan sustancias peligrosas;
  • Los almacenamientos temporales de mercurio metálico considerado residuo a los que se refiere el artículo 3 del Reglamento (CE) 1102/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de octubre de 2008 relativo a la prohibición de la exportación de mercurio metálico y ciertos compuestos y mezclas de mercurio y al almacenamiento seguro de mercurio metálico

Los establecimientos en que se procesen, manipulen o almacenen explosivos, material pirotécnico o cartuchería, se regirán por su normativa específica, salvo en lo relativo a: La planificación de emergencia exterior,

  • 1. La planificación del uso del suelo,
  • 2. La información al público afectado,
  • 3. La consulta y participación pública en los proyectos de ejecución de obras en las inmediaciones de establecimientos, y
  • 4. La pronta notificación de accidentes.

AUTORIDADES COMPETENTES.

El Ministerio del Interior, a través de Protección Civil y Emergencias, tiene competencias para:

  • Mantener relación permanente con la Comisión Europea,
  • Mantener relación permanente en coordinación a los Delegados del Gobierno en las Comunidades Autónomas,
  • Comunicar a los Estados Miembros afectados por establecimientos cercanos a su territorio de accidentes ocasionados o que afecten a su territorio,
  • Homologar y aprobar los planes de emergencia.

Los Órganos competentes de la Comunidades Autónomas, a través del control sobre las actividades, velarán por el cumplimiento de los objetivos de prevención de riesgos.

Asimismo los órganos competentes de las Comunidades Autónomas mantendrán informada a la dirección General de Protección Civil y Emergencias de los accidentes graves ocasionados en su territorio y de las causas, actuaciones y medidas preventivas tomadas.

Los Delegados del Gobierno en las Comunidades Autónomas, tienen competencias para:

  • colaborar en la elaboración de planes de emergencia,
  • realizar estudios e informes sobre el cumplimientos del Real Decreto 840/2015
  • en general, hacer de intermediario entre los Órganos competentes de la Comunidades autónomas y el Ministerio del Interior.

Los Ayuntamientos y Entidades Locales, tienen competencia en la elaboración y aprobación de un plan de actuación municipal, y deben informar de inmediato al Órgano competente de los accidentes graves que se originen en su municipio. Así como encargarse de la activación de las medidas de protección precisas y realizar ejercicios y simulacros de protección civil.

OBLIGACIONES DE LOS INDUSTRIALES

Los industriales a cuyos establecimientos les es de aplicación el Real Decreto 840/2015 están obligados a:

  • Adoptar las medidas previstas en dicho Real Decreto y cuantas resulten necesarias para prevenir accidentes graves y limitar sus consecuencias para la salud humana, los bienes y el medio ambiente.
  • Colaborar con los órganos competentes de las comunidades autónomas y demostrar, en todo momento, que han tomado todas las medidas necesarias previstas en dicho Real Decreto.

En especial, estarán obligados a:

  • 1. Enviar una notificación al órgano competente de la comunidad autónoma donde radiquen, y que contenga como mínimo, la información del establecimiento y de las sustancias peligrosas que utilizan.
  • 2. Definir e implantar correctamente su política de prevención de accidentes graves así como plasmarla en un documento escrito.
  • 3. Elaborar un informe de seguridad, solo en el caso de los industriales de los establecimientos de nivel superior.
  • 4. Informar al órgano competente de la comunidad autónoma sobre la modificación de una instalación, establecimiento o zona de almacenamiento.
  • 5. Elaborar un plan de emergencia interior o autoprotección, en el que se defina la organización y conjunto de medios y procedimientos de actuación, con el fin de prevenir los accidentes de cualquier tipo y, en su caso, limitar los efectos en el interior del establecimiento.
  • 6. Enviar la información necesaria para que los órganos competentes en materia de protección civil de las comunidades autónomas puedan elaborar un plan de emergencia exterior, para los establecimientos de nivel superior, incluidos los regulados por el por el Reglamento de Explosivos, y por el Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería.
  • 7. Informar de forma inmediata al órgano competente de la comunidad autónoma en materia de protección civil, tan pronto como se origine un incidente o accidente susceptible de causar un accidente grave.
  • 8. Colaborar en las inspecciones que se realicen en sus establecimientos.
  • 9. Consulte con la ficha correspondiente a su comunidad Autónoma para conocer los tramites que debe realizar para cumplir con las obligaciones del Real Decreto 840/2015.

COMUNICACIÓN DE LA INFORMACIÓN POR PARTE DE LA ADMINISTRACIÓN (ESTADOS MIEMBROS)

Información sobre la aplicación de la Directiva 2012/18/UE.

El artículo 21, apartado 2, de la Directiva 2012/18/UE  exige a los Estados miembros que, a más tardar el 30 de septiembre de 2019, y posteriormente cada cuatro años, informen sobre la aplicación de dicha Directiva.

El primer período de notificación debe abarcar el período comprendido entre el 1 de junio de 2015 y el 31 de diciembre de 2018. Los siguientes períodos de notificación, cada cuatro años, cubrirán los períodos comprendidos entre el 1 de enero del primer año del período de notificación y el 31 de diciembre del cuarto año del período de notificación.

Mediante la Decisión 2014/896/UE, de 10 de diciembre de 2014   se establece el formato para la comunicación de dicha información

Información sobre los establecimientos regulados por la Directiva 2012/18/UE

El artículo 21, apartado 3, de la Directiva 2012/18/UE  exige a los Estados miembros que proporcionen a la Comisión la información sobre los establecimientos regulados por dicha Directiva utilizando el modelo específico que se aprueba mediante la Decisión 2014/895/UE, de 10 de diciembre de 2014

La información a facilitar será:

a) nombre o razón social del industrial y dirección completa del establecimiento correspondiente;

b) la actividad o actividades del establecimiento

INFORMACIÓN AL PÚBLICO

La autoridad competente pondrá a disposición del público de forma permanente y en formato electrónico, la información indicada en el anexo III del Real Decreto 840/2015. La información se actualizará cuando resulte necesario.

Asimismo, se someterán a consulta y participación del público interesado: los proyectos relativos a la planificación de establecimientos nuevos; las modificaciones significativas de los establecimientos; y la ejecución de obras en las inmediaciones de establecimientos, cuando el emplazamiento o las obras ejecutadas puedan aumentar el riesgo o las consecuencias de un accidente grave.

Para llevar a cabo este trámite, la autoridad competente en cada caso, informará al público mediante anuncio publicado en el boletín oficial o en una página web oficial, durante al menos 15 días hábiles.

El público interesado consultado deberá pronunciarse en el plazo máximo de 30 días naturales desde la recepción de la solicitud de participación.

Fuente: Ecoiuris

El Gobierno regula el uso de la marca "Reservas de la Biosfera españolas"

 
  • Pretende promocionar el concepto de Reservas de la Biosfera distinguiendo aquellos productos y servicios de sus territorios siempre que contribuyan a cumplir con las funciones de conservación, desarrollo y apoyo logístico de las mismas

rerervabiosferamarcaEl Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se regula la licencia de uso de la marca "Reservas de la Biosfera Españolas".

"Reservas de la Biosfera Españolas" pretende promocionar el concepto de Reservas de la Biosfera, distinguiendo aquellos productos y servicios de los territorios de las reservas, siempre que contribuyan a cumplir con las funciones básicas de conservación, desarrollo y apoyo logístico de las mismas y respetando las singularidades de cada una de ellas.

El Organismo Autónomo Parques Nacionales es el encargado de la coordinación del Programa MaB "Persona y Biosfera" de la UNESCO en España, un instrumento para formular criterios y ejemplificar un nuevo modelo de relación del ser humano con la naturaleza. Entre sus funciones se encuentran la de impulsar y coordinar las actividades que constituyen la contribución española al programa y, en particular, de la promoción del concepto de Reserva de la Biosfera.

Licencia de uso

La licencia de uso de la marca "Reservas de la Biosfera Españolas" se podrá conceder a cualquier persona, física o jurídica, que realice su actividad en alguno de los municipios que pertenecen a la Reserva de la Biosfera respecto a productos agroalimentarios y artesanos, productos y servicios turísticos, eventos y otros.

Cada órgano de gestión de la Reserva de la Biosfera se encargará de fijar los requisitos específicos que habrán de cumplir los productos y servicios de su reserva para adaptarlos a las singularidades de cada una de ellas y acorde con los requisitos generales contemplados en el real decreto aprobado hoy.

El Organismo Parques Nacionales es el órgano de control responsable del buen uso de la marca "Reservas de la Biosfera Españolas" y el Consejo de Gestores del Comité Español del Programa MaB apoyará, asimismo, al Organismo para la evaluación de las solicitudes para la obtención de la licencia de uso de la marca, así como para asesoramiento referente a su uso.

Primer país del mundo

España cuenta con 48 espacios que ostentan este galardón de la UNESCO, y que ya abarcan casi el 11 por 100 del territorio, y es el primer país del mundo, en número de espacios declaradas, por delante de Estados Unidos, con 47.

España apoya el paquete legislativo propuesto por la Comisión Europea para acelerar la transición hacia una economía baja en carbono y para dar cumplimiento al Acuerdo de París

consejoeuropeoEste paquete da una señal clara al resto del mundo sobre cuál va a ser el marco jurídico de la Unión Europea para cumplir con el compromiso adoptado en el Acuerdo de París, ha asegurado

Subraya que la ratificación por parte de la Unión Europea ha desencadenado la entrada en vigor del Acuerdo de París antes de lo esperado

España ha dado la bienvenida a los acuerdos sobre emisiones de aviación civil y a la enmienda del protocolo de Montreal sobre reducción de emisiones de hidrofluorocarbonos

 

La ministra de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, Isabel García Tejerina, intervino  en el Consejo Europeo de Ministros de Medio Ambiente, celebrado el  17 de Octubre en Luxemburgo,  que ha acogido el primer debate político sobre el paquete legislativo aprobado en julio por la Comisión para acelerar la transición hacia una economía baja en carbono y para dar cumplimiento al Acuerdo de París. García Tejerina ha destacado el apoyo de España a este paquete legislativo, “que da una señal clara al resto del mundo sobre cuál va ser el marco jurídico de la Unión Europea para cumplir con el compromiso adoptado en el Acuerdo de París”.

El paquete lo forman dos propuestas vinculadas entre sí, una sobre límites de emisión de gases de efecto invernadero en sectores difusos y otra sobre la inclusión de los gases de efecto invernadero y de los sumideros provenientes del uso de la tierra, cambio del uso de la tierra y selvicultura, en el marco de Clima y Energía al 2030. “Ambas propuestas de Reglamento son clave para todos, al establecer el reparto del esfuerzo entre los Estados miembros que nos permite conocer el objetivo nacional de  reducción de emisiones en los sectores difusos para el periodo 2021–2030, y también se establecen las reglas, las flexibilidades, las acciones correctivas, etc.”, ha señalado.

A juicio de la Ministra, ambas propuestas dan respuesta a un reparto equilibrado y equitativo entre todos los países, que nos ayude a reducir las emisiones de los sectores difusos en un 30% respecto al año 2005 y en esa línea va trabajar España.

ESFUERZO MÁS REALISTA

“Nosotros queremos que el esfuerzo sea más realista, no sólo que se tengan en cuenta los esfuerzos que ya se han realizado, sino también que se consideren  otros sectores como la gestión forestal, donde hay capacidad de lucha contra el cambio climático”, ha asegurado la ministra. Se trata, ha añadido, de que estos sectores no se queden fuera y tengan los incentivos para que sean utilizados en las políticas de mitigación y adaptación al cambio climático.

La ministra también ha destacado el hecho de que la ratificación por parte de la Unión Europea ha desencadenado la entrada en vigor del Acuerdo de París antes de lo esperado. De hecho, la actitud de la Unión Europea ha favorecido que países como Estados Unidos y China se hayan sumado al acuerdo.   Ahora, la Ministra espera que la UE siga liderando a nivel internacional la concienciación y lucha contra el cambio climático.

 

EMISIONES DE AVIACIÓN CIVIL Y PROTOCOLO DE MONTREAL

España ha dado la bienvenida a los acuerdos adoptados recientemente sobre reducción de emisiones de aviación civil, en el marco de la OACI, y a la enmienda del protocolo de Montreal para disminuir las emisiones de HFC.

Asimismo, nuestro país también ha expresado su apoyo al proyecto de Conclusiones del Consejo sobre gestión sostenible del agua, una declaración que persigue enmarcar el debate político que ha de orientar los principales desarrollos normativos que se sucederán a partir de 2017 en la UE: la propuesta legislativa sobre reutilización del agua que la Comisión Europea presentará a principios de 2017 y la futura revisión de la Directiva Marco del Agua que culminará en  2019.

El proyecto de conclusiones recoge las preocupaciones expresadas por España durante el proceso de negociación y, en particular, las menciones a la seguridad hídrica y a los aspectos  tanto cuantitativos como cualitativos de la gestión del agua.

En este contexto se reconoce la singularidad que presentan la región mediterránea dentro de la UE y la importancia que en esta región desempeñan las infraestructuras tradicionales de regulación –en el actual contexto de adaptación al cambio climático-, así como las posibilidades que proporciona la reutilización como medida para abordar la escasez hídrica. Por otro lado, se reitera, como había solicitado España, el reconocimiento de la Importancia de que la gestión de los recursos hídricos se base en la planificación hidrológica a nivel de cuenca para un uso sostenible del recurso.

DIVERSIDAD BIOLÓGICA Y PROTOCOLO DE NAGOYA

España, asimismo, ha apoyado el proyecto de conclusiones del Consejo para la preparación de la COP del Convenio sobre Diversidad Biológica y de la COP-MOP del Protocolo de Nagoya, que se celebrará en Cancún (México) en diciembre.

“España comparte las prioridades y apoya las consideraciones y actuaciones propuestas en materia de conservación de la biodiversidad, y se mantiene, de esta manera, en su firme posición para detener la pérdida de biodiversidad. Con la adopción de estas conclusiones, podemos afirmar que la Unión irá a Cancún con una posición clara que permitirá avanzar en implementación del Convenio y de su Plan Estratégico”, ha destacado la ministra.

Fuente: www.magrama.gob.es

Alemania se propone endurecer las condiciones medioambientales de la ganadería intensiva

ganaderia-intensivaDe acuerdo con la información publicada por el diario alemán Süddeutsche Zeitung, el Ministerio de Medio Ambiente busca dificultar la actividad ganadera intensiva en este país, tal y como se reflejaría en el Proyecto de Ley al que ha tenido acceso el periódico.

El borrador  de  la  Ley de  ganadería  intensiva tiene  entre sus  objetivos  la  modificación  de  varias  leyes  de competencia de  Medio  Ambiente  en  ámbitos  diversos,  como  la Ley  de  Construcción,  la  Ley  de  Protección  de  la Naturaleza y algunas regulaciones de la Ley de Aguas.

Según el borrador, estas modificaciones supondrían, en primer lugar, la eliminación de una serie de privilegios de los que hasta ahora disfrutaban los agricultores en materia de construcción. Hasta ahora, los ganaderos podían construir grandes establos siempre  que  no  existiera  un  plan  urbanístico y respetando  un  único  requisito:  en  teoría  deberíadisponer de la suficiente superficie de cultivo para producir el pienso necesario para el ganado.

La  nueva  ley  propuesta  por  Medio  Ambiente  quiere  quitar  a  los  ganaderos  este  privilegio.  A  partir  de  ahora, los ayuntamientos  deberán,  para  explotaciones  de  más  de  15.000  gallinas,  más  de  600  vacas  o  más  de  1.500  cerdos,  realizar  un plan  urbanístico,  es  decir,  el  Consistorio  tendrá  que  discutir  cada  proyecto  de  construcción  de  grandes establos en su territorio

En  cuanto  a  la  Ley  de  Aguas,  la  Ministra,  según  informa  el  diario,  pretende  eliminar  las  indemnizaciones  que  hasta ahora recibían las explotaciones cuando los elevados requisitos “restringían el uso agrario o forestal de una superficie“.

El proyecto también incluiría modificaciones en la Ley sobre la Prevención de la Contaminación; hasta ahora, cualquier ciudadano que se sintiera afectado por una explotación de ganadería intensiva podía solicitar una indemnización, con el cambio propuesto se posibilitaría que ésta se pueda solicitar a posteriori, una vez impuestas las nuevas condiciones.

Por último, la propuesta  también  incluye  medidas  para  proteger  las  tierras  de  pasto, cuya  superficie  viene disminuyendo desde hace años al no ser necesarios en la ganadería intensiva. Con la modificación prevista de la Ley de protección de  la  naturaleza,  se  prohibiría  el  cambio  de  uso  de  los  pastos  de  más  de  cinco  años,  pudiendo castigarse el incumplimiento de esta medida con multas de hasta 100.000€

Tras la publicación de la noticia, las primeras reacciones provienen de la Asociación Alemana de Agricultores. Para la principal asociación de los agricultores alemanes, estas modificaciones  pondrían en  peligro  la  supervivencia  de  las pequeñas  y  medianas  explotaciones  que  no  serían  capaces  de  hacer  frente  a  los  costes  derivados  de  los  nuevos requisitos, favoreciendo así a las grandes explotaciones, contra las que supuestamente quiere actuar la ley, que serían las únicas capaces de costear  las modificaciones requeridas.

Esta nueva propuesta del Ministerio de Medio Ambiente  supone  un  paso  más  en  el enfrentamiento  entre  los departamentos de Agricultura y Medio Ambiente dentro del Gobierno alemán. Ambos Ministros, la de Medio Ambiente del Partido Social Demócrata (SPD) y el de Agricultura de la Unión Social Cristiana de Baviera (CSU), han mantenido en los últimos meses varias disputas abiertas en temas diversos: la introducción y autorización de OMGs en Alemania, la  autorización  del  fitosanitario  glifosato y, más  recientemente,  el  borrador  del  Programa  para  el  Cambio  Climático presentado  por  Medio  Ambiente,  que  propone  medidas  de  fomento  de  la  agricultura  ecológica,  disminución  de  la cabaña ganadera extensiva o la disminución del consumo de productos cárnicos, que ha sido criticado por el Ministerio de  Agricultura  y  que  prevé  modificaciones  importantes  antes  de  su  aprobación  definitiva.  El Ministro  de  Agricultura  ha criticado a su colega alegando que Medio Ambiente se comporta como un superministerio que utiliza recurrentemente a los agricultores como cabeza

Fuente: Noticias del Exterior (Magrama)

Unidad de Medio Ambiente y Urbanismo Fiscalía General del Estado: Memoria 2015

fiscaliaTal y como se recoge en la introducción de la Memoria correspodiente al año 2015,  la Unidad de Medio Ambiente y Urbanismo se introdujo en la Fiscalía General del Estado en el año 2006, con ocasión de la reforma de la Ley de Montes de 28 de Abril del citado año. Dada la  "novedad" de la especialidad en el seno del Ministerio Fiscal, las primeras memorias recogían datos fragmentados, aislados o parciales que dificilmente reflejaban la realidad medioambiental de España. Sin embargo, se han realizado importantes esfuerzos por proporcionar datos lo más fidedignos posibles y, en este nueva Memoria se observa una notable mejoría del sistema, tanto cualitativa como cuantitativamente, lo que nos hace encontrarnos ante una materia casi sin límites.

Se analizan los temas relativos a la colaboración internacional, propuestas normativas, actividades docentes y de formación, tramitación de procedimientos y, finalmente, coordinación en materia de incendios a nivel nacional, con la adopción de diferentes iniciativas a tal efecto.

Se examinan las aportaciones más reseñables en la materia realizadas por las Secciones de Medio Ambiente de las Fiscalías de España.

Se mencionan las actividades e iniciativas desarrolladas por esta Fiscalía a lo largo de 2015, sus relaciones institucionales nmemoria2015acionales e internacionales, y su participación en propuestas legislativas e intervención en la tramitación de procedimientos de naturaleza jurídico ambiental, tales como urbanismo y ordenación del territorio,

Es importante señalar que se Con ello se va consolidando la Unidad Policial integrada en la especialidad de la Fiscalía General del Estado, tras la incorporación previa de diez miembros del Servicio de Protección de la Naturaleza de la Guardia Civil  (SEPRONA) y una representante de los Agentes Forestales. También se incorporó una nueva Científica a la Unidad Técnica de la especialidad.

En relación a los Fiscales que se dedican a esta materia, hay que señalar que su número ha ido constantemente en ascenso desde la creación de la especialidad, pasando de los 126 en el año 2009, a 155 en el año 2015. A esta cifra hay que añadir 10 fiscales de enlace.

Entre los asuntos en los que ha intervenido esta Unidad en el año 2015, podemos destacar la mortalidad del lince ibérico, el uso de sustancias prohibidad en fitosanitarios y plaguicidas, la contaminación por vertederos, la anulación del filtro de partículas de vehículos diesel o el aumento de la ejecución de las demoliciones, uno de los problemas tradicionalmente más complejos en la aplicación de la normativa medioambiental.

Fuente: www.fiscal.es

 

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