El Gobierno aprueba el Proyecto de Ley de Calidad de la Arquitectura para garantizarla como bien de interés general

El Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma), ha aprobado el Proyecto de Ley de Calidad de la Arquitectura para su posterior remisión a las Cortes Generales, iniciándose así su tramitación parlamentaria. El futuro texto es una de las reformas recogidas en el Plan de Recuperación.

Se trata de la primera Ley estatal que nace con el objetivo de garantizar la calidad de la arquitectura como bien de interés general, teniendo como principales metas promover vínculos que fomenten el acercamiento de la arquitectura a la sociedad. La futura normativa también busca dar respuesta a la mayor concienciación por cuestiones sociales, medioambientales y de revalorización del patrimonio arquitectónico, proceso que se ha acelerado con la pandemia que hemos vivido y en la que aún estamos inmersos.

La Ley incluye medidas específicas para impulsar desde los poderes públicos la difusión nacional e internacional de la Arquitectura, el apoyo a las empresas y a los profesionales españoles, el establecimiento de incentivos y premios que reconozcan la calidad, el impulso de la investigación y la innovación y, por supuesto, la protección de los valores del patrimonio construido. Además, incluye el fomento de la rehabilitación, regeneración y renovación urbanas sostenibles.

Casa de la Arquitectura y Consejo de Calidad de la Arquitectura

La ley incluye la creación de dos órganos fundamentales para orientar la actuación y potenciar el papel ejemplarizante de los poderes públicos hacia esa necesaria calidad: la Casa de la Arquitectura y el Consejo de Calidad de la Arquitectura.

El primero de ellos busca, entre otros fines, acercar los valores de la arquitectura a la sociedad, convirtiéndose en un referente nacional e internacional para la divulgación de la disciplina e impulsarla como una herramienta de diplomacia cultural.

Por su parte, el Consejo de Calidad de la Arquitectura se constituirá como una plataforma de intercambio de conocimiento y de participación, así como de consulta y asesoramiento en las materias relacionadas con los contenidos de esta Ley, como promover la adopción de normas o medidas de carácter general para la mejora de la calidad de la Arquitectura, o modificar las ya existentes, así como elaborar y difundir modelos de pliegos y otros documentos de carácter orientativo.

Marco normativo

La redacción de la Ley de Calidad de la Arquitectura se ha enmarcado en un contexto muy propicio en consonancia con importantes iniciativas europeas, como la New European Bauhaus, la Renovation Wave y la Declaración de Davos.

Además, la Ley se alinea con la Agenda Urbana Española, la Agenda 2030 y con las Agendas Urbanas internacionales, con su triple demanda de una mayor sostenibilidad social, económica y medioambiental.

Se trata, por tanto, de un instrumento legislativo que refuerza el papel ejemplarizante de la Administración pública, potenciando la planificación de la rehabilitación del parque público edificado. En esta misma línea, el anteproyecto de Ley recoge una serie de modificaciones a la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Públicos, encaminadas a mejorar la calidad de la arquitectura promovida por la Administración.

Fondos Next Generation

La Ley de Calidad de la Arquitectura se configura como un instrumento legislativo necesario para consolidar un nuevo modelo de transición económica, energética, y ecológica, que promueva una mayor inclusión y cohesión social, impulsado por los Fondos Next Generation.

La Ley se incluye como la reforma 4 del componente 2 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), aprobado por el Gobierno de España para hacer frente a la crisis provocada por la COVID-19, que se centra en el impulso de las actuaciones de rehabilitación y mejora del parque edificatorio, tanto en ámbitos urbanos como rurales.

Además, se enmarca entre las iniciativas legislativas europeas de fomento de la eficiencia energética, las energías renovables y la lucha contra la pobreza energética y promoverá la aplicación del principio “primero, la eficiencia energética”, de acuerdo con la Recomendación (UE) 2021/1749 de la Comisión de 28 de septiembre 2021.

Una Ley que nace de un proceso de participación pública

En su elaboración, esta futura Ley ha sido objeto de una amplia participación pública, ya que, además, de la consulta pública previa que tuvo lugar en el mes de julio de 2020, se celebró un proceso participativo multidisciplinar estructurado en seis mesas de debate, que pudo ser seguido de forma telemática y en abierto, teniendo una gran repercusión en redes, incluso a nivel internacional.

Los debates pueden seguir viéndose en la página web creada al afecto, (https://peca.mitma.es/ ).

También se celebraron mesas de debate con los principales sectores afectados, sector académico y social, Administraciones territoriales, profesionales y Colegios.

Aunque la Ley nazca para dar respuesta a un momento excepcional, lo hace también con el propósito de establecer un marco global perdurable en el tiempo, dinámico y con capacidad de adaptación a nuevos desafíos y objetivos. De hecho, incluye entre sus objetivos la elaboración de una Estrategia Nacional de Arquitectura, como herramienta de gobernanza que sirva para implementarla.

Andalucía aprueba la Guía para la incorporación del Cambio Climático en los procedimientos de Evaluación Ambiental de los Instrumentos de Planeamiento Urbanístico

 

 

Esta Guía tiene como objetivo ofrecer un marco analítico para la consideración del cambio climático y su integración, óptima y efectiva, en el procedimiento de evaluación ambiental que acompaña a la aprobación de los instrumentos de planeamiento urbanístico dispuestos en la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía , y sobre la base del conocimiento científico en materia de cambio climático más reciente, generado y disponible para el territorio andaluz.

 

 

 

La Guía se ha desarrollado de acuerdo con lo establecido en la modificación de la Ley 7/2007,de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental para su adaptación a la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental y la Ley 8/2018, de 8 de octubre, de medidas frente al cambio climático y para la transición hacia un nuevo modelo lo energético en Andalucía.
Se pone especial atención al papel del planeamiento urbanístico en la adaptación al cambio climático.

En lo referente a mitigación, la Guía incluye directrices para la identificación de fuentes de emisión y para la elaboración de un inventario de gases de efecto invernadero, en referencia a las medidas contempladas en los planes, de acuerdo con lo establecido por la Herramienta para la Evaluación de la Huella de Carbono de los municipios andaluces de la Junta de Andalucía, y el Sistema Andaluz de Compensación de Emisiones.

La Guía no tiene carácter normativo, y se plantea como una guía metodológica y de criterios que surge con la voluntad de ayudar a los municipios que decidan utilizarla en la aplicación a su actividad planificadora de criterios sensibles a la problemática del cambio climático.https://www.juntadeandalucia.es/boja/2018/199/1

 

 

Condenado a un año de prisión por construir una vivienda ilegal en suelo no urbanizable de especial protección en Córdoba

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha condenado a un año de prisión por un delito contra la ordenación del territorio a un hombre que construyó en Córdoba una vivienda unifamiliar sin licencia en suelo no urbanizable de especial protección por planificación territorial o urbanística en la subcategoría Vega del Río Guadalquivir. También ha acordado la demolición de la edificación y ordena la reposición del estado del terreno a la situación originaria.

 

El tribunal estima el recurso de casación planteado por el fiscal y anula la sentencia de la Audiencia Provincial de Córdoba que confirmó el fallo del juzgado de instrucción nº 7 de dicha ciudad, que absolvió al acusado. La sentencia recurrida y la de instancia consideraban que la conducta del acusado no era delictiva puesto que la edificación no era una construcción aislada sino que coexistía con otras, en un terreno parcelado, y que el asentamiento estaba tolerado desde el momento que los propietarios pagaban el impuesto de bienes inmuebles al Ayuntamiento, además de los suministros de luz y agua.

La sentencia, con ponencia del magistrado Pablo Llarena, concluye que el incumplimiento de las normas urbanísticas por parte de otros vecinos no agota el bien jurídico y la necesidad de su protección, como no exime al acusado de sus obligaciones y de su propia responsabilidad.

La Sala destaca que los hechos probados de la sentencia de instancia -que en modo alguno prestan soporte al alegato de la defensa de que actuara creyendo obrar de manera legítima- proclaman que el acusado construyó una edificación de unos 24 metros en un paraje denominado “Montón de la Sierra”, al que añadió con posterioridad otro cuerpo, de modo tal que llegó a edificar una vivienda unifamiliar de 100 m2 y 15m2 de porche. Expresan, además, según la sentencia, que la construcción se hizo sin licencia, y añaden que el suelo tiene la catalogación de suelo no urbanizable de especial protección por planificación territorial urbanística en la subcategoría de la Vega del Río Guadalquivir, de modo que su contenido urbanístico legal, de conformidad con el artículo 52 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, excluye la edificación de viviendas.

Añade que así se muestra que “el comportamiento del acusado modificó de manera permanente los aprovechamientos del suelo, con alteración del uso previsto para el suelo rústico no urbanizable, modificándose en ese punto la configuración paisajística de la vega del río Guadalquivir; alterándose las necesidades de los servicios precisos para el paraje; y modificando la intensidad de su uso hasta la que resulta inherente al nuevo destino que se atribuyó al terreno; lo que se potencia por la pluralidad de edificaciones en las que la edificación se integra”.

El tribunal concluye que “los hechos son por ello constitutivos del delito contra la ordenación del territorio que el Código Penal describe en el artículo 319.2, más allá de que el acusado pueda abonar, lógicamente, los suministros privados con los que cuenta su instalación; careciendo también de relevancia la tolerancia que parece querer esgrimirse al alegar que paga la contribución municipal inherente a la propiedad del terreno, pues ni ello elimina la antijuridicidad de quebrantar la normativa urbanística más elemental y primordial en orden a la distribución de los usos urbanísticos, ni puede eludirse que nuestro ordenamiento jurídico somete la autorización del uso del suelo no urbanizable a una doble autorización, autonómica y local”.

En cuanto a la reparación del daño (demolición de la construcción no autorizada), -agrega la Sala- que esa será en principio la regla, porque es a lo que literalmente obliga el artículo 109 del Código Penal. Recuerda que, según la doctrina mayoritaria la demolición implica la restauración del orden jurídico conculcado y, en el ámbito de la política criminal, es una medida disuasoria de llevar a cabo construcciones ilegales que atenten contra la legalidad urbanística. En este sentido, aclara que deberá acordarse cuando conste patentemente que la construcción de la obra está completamente fuera de la ordenación y no sean legalizables o subsanables; o en aquellos supuestos en que haya existido una voluntad rebelde del sujeto activo del delito a las órdenes o requerimientos de la Administración; y, en todo caso, cuando al delito contra la ordenación del territorio se añada un delito de desobediencia a la autoridad administrativa o judicial.

De este modo, en principio podría estimarse bastante y suficiente la comisión de un delito contra la ordenación del territorio unido a la persistencia o permanencia de la obra infractora para acordar la restauración del orden quebrantado, pudiendo admitirse como excepciones las mínimas extralimitaciones o leves excesos respecto a la autorización administrativa, y aquellas otras en que ya se hayan modificado los instrumentos de planeamiento haciendo ajustada a la norma la edificación o construcción, esto en atención al tiempo que puede haber transcurrido entre la comisión del delito y la emisión de la sentencia firme.

De acuerdo con todo ello, la Sala explica que “no se aprecian en este caso razones excepcionales que justifiquen el mantenimiento de la obra ilegalmente impulsada. Como se ha dicho, la obra se ha realizado contrariando la regulación más esencial establecida para la ordenación de los usos del suelo y de los espacios verdes, no observándose motivos que justifiquen la consolidación de la promoción, sino del restablecimiento de la configuración inicialmente prevista, sin que para ello sea objeción la existencia de otras obras ilegales, no solo porque el principio de igualdad ante la ley no presta cobertura a la pretensión de igualarse en la ilegalidad en que otros pueden encontrarse, sino porque el principio de legalidad terminará por reconducir la plenitud de la configuración urbanística de los terrenos afectados a la realidad prevista para beneficio del colectivo social y no de los propietarios que han impulsado aprovechamientos individuales no autorizados”, subraya la sentencia.

Fuente: Poder Judicial

Urbanismo y Medio Ambiente: el nuevo decreto vasco exime de evaluación ambiental los estudios de detalle, las ordenanzas y los catálogos

 

El Consejo de Gobierno Vasco ha aprobado el Decreto que regula el procedimiento de aprobación de los Planes de Ordenación del Territorio y los Planes urbanísticos municipales, en el que se integran los trámites de la Evaluación Ambiental Estratégica.

Hasta ahora ambos procedimientos, el sustantivo, de los Planes e Instrumentos de ordenación urbanística y el instrumental, de la evaluación ambiental, han estado regulados por leyes distintas y el resultado era que la terminología, los documentos, las determinaciones y los trámites previstos para unos y otros, carecieran de la debida conexión, lo que ha devenido en la práctica en una dilatación de plazos y en alguna duplicidad de trámites evitables.

El Decreto se asienta sobre la base de los principios de racionalización, simplificación procedimental y simultaneidad de trámites.

Lo que hace la norma es simplificar la tramitación de los planes urbanísticos de ámbito municipal (PGOU) y de ámbito más reducido (Planes Parciales y Planes Especiales) y unifica refundiendo tanto los plazos urbanísticos como los ambientales.

Se ha conseguido una regulación más clara de forma que ofrezca la máxima seguridad jurídica y una reducción en los plazos de tramitación que puede llegar a ser de hasta dos años menos, en el caso de los Planes Generales; de uno, para el planeamiento de desarrollo y los Estudios de Detalle podrán aprobarse en el plazo de tres meses, frente al año y medio que puede tardarse en la actualidad.

El Decreto atiende la demanda expresada tanto por el sector público como por el privado de procurar la agilización administrativa de forma que los planes municipales puedan promoverse y aprobarse con el límite del marco de los 4 años de un mandato local, a través de la simplificación y agilización de los procesos de elaboración y tramitación del planeamiento.

El Decreto aprovecha para aclarar, conforme a los últimos pronunciamientos judiciales, que los estudios de detalle, las ordenanzas y los catálogos no tienen la consideración de planes según la Ley de Suelo y Urbanismo del País Vasco, y por tanto no están sometidos a evaluación ambiental precisamente por su nula capacidad innovadora desde un punto de vista urbanístico.

Como consecuencia de la amplia participación pública, se han introducido una serie de aspectos novedosos, entre los que destacamos:

  • El impulso a la participación ciudadana, de forma que a partir de ahora los planes de ordenación territorial y los planes generales tendrán obligatoriamente que reforzar sus programas de participación en los que se establezcan los objetivos, estrategias y mecanismos suficentes para posibilitar el derecho a participar de la ciudadanía y entidades asociativa.
  • El Decreto incluye entre sus principios generales la inclusión de la perspectiva de género en los procedimientos que se regulan, en línea con lo que ya se ha hecho de manera pionera en las Directrices de Ordenación del Territorio (DOT) y con la actividad que vienen desplegando los Ayuntamientos con las subvenciones que el departamento viene concediendo por tercer año consecutivo.

Fuente: www.irekia.euskadi.eu

Memoria de la Fiscalía General del Estado: las investigaciones por delitos ambientales crecieron un 16,5 % en 2018

 

La Unidad de Medio Ambiente y Urbanismo de la Fiscalía General del Estado inició un total de 3.023 investigaciones en 2018, lo que supone un incremento del 16,5 % con respecto al año anterior (2.525), aunque disminuyeron las relativas a incendios forestales y las relacionadas con fauna y flora.

 

Delitos ambientales

Así se desprende de la memoria de la Fiscalía correspondiente a 2018, hecha pública este lunes, que registra 550 diligencias de investigación correspondientes a medio ambiente, 1.124 a urbanismo y ordenación del territorio, 120 a patrimonio histórico, 266 a delitos contra la flora y fauna, 410 por incendio forestal y 228 a malos tratos contra animales domésticos.

Del total de diligencias, 1.105 fueron objeto de denuncia o querella por parte del Ministerio Fiscal, 999 fueron archivadas y el resto se encuentra en tramitación.

Los datos suponen un incremento del 16,5 % respecto al ejercicio 2017, en que se incoaron 2.525 diligencias de investigación, y, al igual que en el anterior ejercicio, los delitos por maltrato a animales domésticos y en ordenación del territorio y urbanismo fueron los que más crecieron, mientras que disminuyeron las investigaciones por incendios forestales y relativas a fauna y flora.

Sentencias

Según la memoria de la Fiscalía, las investigaciones iniciadas por la Unidad de Medio Ambiente dieron lugar en 2018 a 1.063 sentencias condenatorias, 49 de ellas por delitos contra el medio ambiente, 350 por urbanismo y ordenación del territorio, 42 por patrimonio histórico, 254 en materia de flora y fauna, 144 por incendio forestal y 224 por malos tratos a animales domésticos.

Por contra, se contabilizaron 340 sentencias absolutorias, 34 de ellas en materia de medio ambiente, 148 en urbanismo y ordenación del territorio, 10 por delitos contra el patrimonio histórico, 61 por delitos contra la flora y fauna, 43 por delitos de incendio forestal y 44 por malos tratos a animales domésticos.

Incendios forestales

La memoria dedica un apartado a la intervención policial en incendios forestales, que se saldó en 2018 con la implicación de 312 personas (31 detenidos y 281 investigados), una cifra que supone un significativo descenso (43,7 %) respecto al ejercicio anterior.

La causa más frecuente de incendios forestales en España, como viene ocurriendo año tras año, continúa siendo las quemas, tanto de residuos y restos forestales o agrícolas como regeneraciones de pasto, habiéndose producido un incremento en 2018 con respecto a los años 2016 y 2017 en los que los incendios originados por esta causa habían descendido sensiblemente con respecto a años anteriores. Esta causa se situó en 2018 en un 68,18%, siendo el segundo año con mayor porcentaje de las últimas cinco campañas tras la de 2014.

La segunda causa en 2018 fue, tal y como ocurre todos los años, el apartado «otras» con un 19,30%, si bien, en esta campaña el porcentaje descendió sensiblemente con respecto a las de 2016 y 2017.

Con respecto a los incendios originados por causas eléctricas, que en 2017 habían disminuido sensiblemente hasta el 4,47%, en la campaña de 2018 se han vuelto a incrementar hasta alcanzar el 6,14%, ligeramente inferior a la campaña de 2016, que fue la de mayor porcentaje de esta causa en los últimos 5 años.

En lo que se refiere a los incendios causados por ferrocarriles, tras dos años en los que se había producido la reaparición de esta causa –aunque en muy pequeña medida–, en la Campaña de 2018 ha vuelto a desaparecer.

Por último, en cuanto a los incendios causados por manejo de maquinaria, la campaña de 2018 ha sido la de menor porcentaje de esta causa de los últimos 5 años, alcanzando el 11,40 %.

En cuanto a los siniestros de origen intencionado se observa que en 2018 se incrementaron los incendios provocados por «perturbados/pirómanos», pasándose del 33,07% en 2017, al 38,20% en 2018, y los causados para «producir daños a terceros» (venganzas, actos vandálicos, etc.), que pasaron del 10,24% en 2017, al 12,36% en 2018, situándose en niveles muy parecidos a 2015 y 2016.

Los incendios causados por «prácticas tradicionales inadecuadas» (quemas de vegetación para pastos, etc.), se mantuvieron en 2018 con un 31.46%, técnicamente al mismo nivel que en 2017, en el que fueron un 31,50%, mientras que los incendios relacionados con la «caza» y los producidos por «otras causas», descendieron con respecto a 2017, pasándose, respectivamente, del 2,36% y el 22,83% en 2017, a ninguno y 17.98% en 2018.

Especies Invasoras

El texto dedica asimismo un apartado al cangrejo azul (Callinectes sapidus), considerado especie exótica pero no legalmente invasora en el Real Decreto 630/2013 de 2 de agosto por el que se regula el Catálogo Español de Especies Invasoras.

La memoria se hace eco no obstante de la intención de la Dirección General de Medio Natural de revisar la problemática y proceder a tramitar en su caso la posible inclusión de la especie en el Catálogo tras analizar un informe aportado por la unidad técnica de la Fiscalía.

Fuente: EFEverde Fiscalía General del Estado

La Fiscalía abrió 2.708 diligencias por delitos contra el medio ambiente y urbanismo en 2018, un 10,53% más que en 2017

La Fiscalía abrió 2.708 diligencias por delitos contra el medio ambiente, la flora y la fauna, incendios forestales, malos tratos a animales domésticos y por ordenación al territorio y urbanismo, un 10,53 por ciento más que en 2017, según el avance estadístico de la Memoria anual de la Fiscalía General del Estado (FGE).   De estos, de acuerdo con el avance de la Fiscalía de Medio Ambiente y Urbanismo, se abrieron 546 diligencias por delitos contra el medio ambiente, un 14,7 por ciento más que el año anterior.    Además, abrió 594 diligencias por delitos contra la flora y la fauna, lo que representa un repunte de 40,09 por ciento más que el año pasado, cuando se abrieron 424.

Por el contrario, se redujo el número de diligencias por delito de incendios forestales, con un total de 410 diligencias, un 6,6 por ciento por debajo de las 439 de 2017.    Otro destacado aumento de diligencias abiertas en la Fiscalía fueron los delitos por malos tratos a animales domésticos, con 232 procedimientos, frente a los 175 del año pasado, es decir, un 32,57 por ciento más.

En línea ascendente fueron también las diligencias de la Fiscalía por delitos contra la ordenación del territorio y el urbanismo, con 1.124, un 20,08 por ciento más que hace un año.    Estas cifras no incluyen los delitos contra el patrimonio histórico, que también persigue la Fiscalía especializada en Medio Ambiente y Urbanismo.

Por otro lado, durante el año pasado se dictaron 1.023 sentencias condenatorias frente a las 1.164 condenas de 2017, lo que supone un descenso del 12,11 por ciento, o lo que es lo mismo, 140 sentencias condenatorias menos que hace un año.

En esta línea, se dictaron 340 sentencias absolutorias en 2018 frente a las 298 absoluciones de 2017, una 14,09 por ciento más.    De las 1.023 condenas, destacan las 351 por delitos de ordenación del territorio y el urbanismo y a estas le siguen 254 fallos condenatorios por delitos contra la flora y la fauna. Los incendios forestales terminaron con 145 condenas.

LAS CONDENAS POR MALTRATO ANIMAL SUBEN CERCA DEL 40%

Los datos del avance de la Memoria de la Fiscalía destacan las 224 sentencias por malos tratos a los animales domésticos, que han repuntado un 37,42 por ciento.    Sin embargo, el número de condenas por delitos contra el medio ambiente disminuyeron notablemente en 2018 respecto al año anterior, cuando se produjeron un total de 155 fallos frente a las 49 condenas de 2018, lo que supone menos de un tercio.

También cayó, casi a la mitad, el número de sentencias absolutorias, que pasaron de las 60 de 2017 a 34 fallos de absolución en 2018.    Finalmente, durante 2017 la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo confirmó 7 sentencias condenatorias de las que 4 son por delitos contra el Urbanismo y Ordenación del Territorio y 3 por Incendio Forestal.

Fuente: www.abogacia.es

Unidad de Medio Ambiente y Urbanismo Fiscalía General del Estado: Memoria 2015

fiscaliaTal y como se recoge en la introducción de la Memoria correspodiente al año 2015,  la Unidad de Medio Ambiente y Urbanismo se introdujo en la Fiscalía General del Estado en el año 2006, con ocasión de la reforma de la Ley de Montes de 28 de Abril del citado año. Dada la  "novedad" de la especialidad en el seno del Ministerio Fiscal, las primeras memorias recogían datos fragmentados, aislados o parciales que dificilmente reflejaban la realidad medioambiental de España. Sin embargo, se han realizado importantes esfuerzos por proporcionar datos lo más fidedignos posibles y, en este nueva Memoria se observa una notable mejoría del sistema, tanto cualitativa como cuantitativamente, lo que nos hace encontrarnos ante una materia casi sin límites.

Se analizan los temas relativos a la colaboración internacional, propuestas normativas, actividades docentes y de formación, tramitación de procedimientos y, finalmente, coordinación en materia de incendios a nivel nacional, con la adopción de diferentes iniciativas a tal efecto.

Se examinan las aportaciones más reseñables en la materia realizadas por las Secciones de Medio Ambiente de las Fiscalías de España.

Se mencionan las actividades e iniciativas desarrolladas por esta Fiscalía a lo largo de 2015, sus relaciones institucionales nmemoria2015acionales e internacionales, y su participación en propuestas legislativas e intervención en la tramitación de procedimientos de naturaleza jurídico ambiental, tales como urbanismo y ordenación del territorio,

Es importante señalar que se Con ello se va consolidando la Unidad Policial integrada en la especialidad de la Fiscalía General del Estado, tras la incorporación previa de diez miembros del Servicio de Protección de la Naturaleza de la Guardia Civil  (SEPRONA) y una representante de los Agentes Forestales. También se incorporó una nueva Científica a la Unidad Técnica de la especialidad.

En relación a los Fiscales que se dedican a esta materia, hay que señalar que su número ha ido constantemente en ascenso desde la creación de la especialidad, pasando de los 126 en el año 2009, a 155 en el año 2015. A esta cifra hay que añadir 10 fiscales de enlace.

Entre los asuntos en los que ha intervenido esta Unidad en el año 2015, podemos destacar la mortalidad del lince ibérico, el uso de sustancias prohibidad en fitosanitarios y plaguicidas, la contaminación por vertederos, la anulación del filtro de partículas de vehículos diesel o el aumento de la ejecución de las demoliciones, uno de los problemas tradicionalmente más complejos en la aplicación de la normativa medioambiental.

Fuente: www.fiscal.es

 

Construcción y edificación sostenible: el diseño del espacio, salud y turismo

 

rehabilitacionCon una población mundial cada vez más envejecida y preocupada por la salud y la calidad de vida, junto con la creciente conciencia acerca la necesidad de un consumo responsable de los recursos naturales, estamos asistiendo a una recuperación del papel fundamental que el diseño de los espacios y la gestión del territorio tiene sobre el bienestar los ciudadanos.

El diseño de los espacios públicos y privados ha dejado de verse como una labor puramente instrumental, para convertirte en una de las claves para el futuro de la convivencia y el desarrollo social.

En estos momentos de recuperación de la economía en gran parte de los países, el sector de la edificación y el urbanismo están llamados a desarrollar una importante labor en la creación de una sociedad más “humana y sostenible”, puesto que son estos sectores unos de los que más impacto causan en el consumo de energía y recursos naturales pero también, por su innegable efecto sobre el propio concepto de sociedad.

Se abren nuevas oportunidades para los profesionales de la arquitectura, la ingeniería o el diseño, que habrán de jugar un papel determinante en la transformación de nuestras ciudades y territorios.

Dos sectores son especialmente sensibles a esta nueva forma de entender la construcción y la edificación: el turismo y la salud. El diseño de los hoteles o de los hospitales, la eficiencia energética, la relación con el entorno, la experiencia del paciente o del usuario,  se sitúan como elementos centrales en la renovación y en la innovación que necesitan nuestros sistemas de salud y nuestra oferta turística. La formación y el intercambio de experiencias entre los profesionales, empresas y Administraciones Públicas, son un primer paso indispensable para la generación de estrategias comunes y compartidas en cada territorio.

Este es el objetivo principal del ciclo de seminarios que Knauf España y Ambienta 45 han diseñado y que comenzará el próximo mes de Octubre en Badajoz, para después continuar por toda la geografía española.

KnaufKnauf, líder en la fabricación de materiales de construcción en todo el mundo, es una empresa fuertemente comprometida desde sus orígenes con la arquitectura y la edificación sostenible, conscientes del impacto que sus actividades tienen sobre el medio ambiente,  pero también sobre la salud y el bienestar de las personas. Presente en España desde el año 1989, con el objetivo de proporcionar calidad, tecnología, confort y sostenibilidad  en el sector de la construcción mediante productos centrados en una materia prima con cualidades realmente excepcionales como el yeso,  hoy en día Kanuf GmbH Sucursal es  uno de los principales fabricantes de PYL en la Península Ibérica.

 

Logo nuevo AMBIENTA 45Ambienta CuarentayCinco.  Asesores en Sosteniblidad y Derecho Medioambiental, trabaja desde hace años en la difusión de los valores que la sostenibilidad aporta a la gestión empresarial. Como miembros del  Grupo de Trabajo “Innovation for age friendly buildings, cities and environments” del Partenariado Europeo de Innovación para un envejecimiento activo y saludable (EIP-AHA: European Innovation Partnership on Active and Healthy Ageing), conoce de primera mano la importanacia que el diseño de los espacios y el medio ambiente han adquirido en la  revisión de los sistemas de salud en los países más desarrollados. Pero también en la consolidación de Europa como destino turístico y como referente en calidad de vida. Ambienta CuarentayCinco es miembro de la recientemente creada “EU Low and Medium Season Tourism Initiative”.(Comisión Europea)

 

 

TSJA rechaza anular el fallo que legaliza la licencia del Algarrobico

La sentencia deviene en firme y sólo cabe recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional

AlgarrobicoEl Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha rechazado anular la sentencia por la que el Alto Tribunal declaró legal la licencia municipal de obras del hotel de Azata del Sol en el paraje de El Algarrobico, en Carboneras (Almería), por lo que la resolución es firme sin esperar al pronunciamiento del Tribunal Supremo (TS) acerca de si el suelo sobre el que se asienta la edificación es urbanizable o de especial protección medioambiental.

La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-administrativo desestima los incidentes de nulidad promovidos por la Junta de Andalucía y las organizaciones Ecologistas en Acción y Salvemos Mojácar, a los que se adhirió la Abogacía del Estado, y sostiene que no se ha producido «ninguna» vulneración de derechos fundamentales ya que, para fallar en este sentido, se analizaron «extensa y exhaustivamente» las alegaciones que argumentaban que el hotel se construyó en espacio no urbanizable e invadiendo la servidumbre de protección del dominio público marítimo-terrestre fijada en 100 metros.
Ambos autos, consultados por Europa Press, censuran tanto la postura de la Junta como de la Abogacía del Estado. Así, a la primera le dice que, cuando solicitó en 2006 al Juzgado de lo Contencioso-administrativo 2 de Almería la revisión de oficio de la licencia de obras concedida en 2003 al entender que concurría causa de nulidad, «admitió e invocó explícitamente la existencia de un planeamiento urbanístico desarrollado con todos los requisitos con respecto a los terrenos para los que se concedió», y que lo que sostuvo fue «que la licencia había vulnerado precisamente ese planeamiento».
A la Abogacía del Estado le traslada que, en primera instancia, «ni sostuvo que la licencia fuera nula de pleno derecho, ni afirmó explícitamente que se produjera vulneración alguna de la legislación de Costas, como se compadece del hecho de que ni impugnó la licencia ni apoyó explícitamente su revisión de oficio» y remarca que la posición de la Dirección General de Costas en el procedimiento se resume en un informe de 1998 que, según dice, «evidencia la conformidad de la Administración del Estado con la revisión de las Normas Subsidiarias (NNSS) en cuya aplicación se otorgó la licencia» a la promotora Azata del Sol.
La Sección Primera defiende, asimismo, que «en absoluto» puede admitirse la existencia de «cosa juzgada» que las dos administraciones y los colectivos conservacionistas alegan en este caso considerando que la sentencia de 29 de julio de 2014 «infringe» el contenido de las tres sentencias firmes de la Audiencia Nacional en las que se confirma el deslinde de la servidumbre de protección de 100 metros.
Indica el ponente, el magistrado Rafael Toledano, que el objeto de los litigios no es el mismo ya que lo que se discutió en la AN era la conformidad o no a derecho del deslinde de la zona marítimo-terrestre y no se debatía por tanto «sobre la existencia de motivos que justificaran la revisión de oficio de la licencia concedida y si procedía o no iniciar esta revisión de oficio».
«Las cuestiones planteadas acerca de la legalidad urbanística aplicable cuando se otorgó la licencia son cuestiones ajenas a los procedimientos de la Audiencia Nacional», apuntilla si bien matiza que la sentencia que declara la legalidad del permiso de obras «no rehuye en modo alguno la importancia de estas cuestiones, que han sido resueltas», según mantiene.
 
SIN ESPERAR A UNIFICACIÓN DE DOCTRINA
El magistrado ponente, que ha rechazado la petición de Junta y ecologistas de paralizar la resolución de estos incidentes de nulidad hasta que el Supremo no unifique doctrina sobre la calificación del suelo ya que existen dos sentencias del TSJA que se pronuncian en sentido contrario, es especialmente crítico, por un lado, con la actitud de la Abogacía del Estado y, por otro, con la argumentación que despliega la Junta de Andalucía.
A la primera le dice que no puede existir «ni indefensión ni falta de análisis» cuando su «postura procesal» se ha «limitado» en primera instancia a unos «escuetos» alegatos donde se remitía a lo que constase en los informes «vinculantes» de Costas recogidos en el expediente de la licencia de obras y, en apelación, a una «pretensión genérica respecto al contenido de la sentencia, hasta el punto de no expresar tan siquiera si la pretensión era de obtener una sentencia estimatoria o desestimatoria de las demandas interpuestas por otras partes».
A la administración autonómica le reprocha, por su parte, la «artificiosidad en la argumentación» del escrito de incidente de nulidad presentado que, según dice, «llega a la pura y simple incongruencia y negación de la realidad procesal» y señala que la Junta «pudo conoció y pudo combatir las alegaciones» tanto de la promotora del hotel y Ayuntamiento de Carboneras a lo largo del procedimiento, por lo que critica que «pretenda conseguir beneficiarse de los motivos de nulidad con hechos y alegaciones que nunca invocó en su demanda».
 
«EVITAR A TODA COSTA QUE SE REANUDASEN LAS OBRAS»
La Junta presentó en septiembre de 2014 el incidente de nulidad después de que se admitiera a trámite el de Ecologistas en Acción y Salvemos Mojácar. Sostenía que la sentencia conculcaba la tutela judicial efectiva e ignoraba hasta cuatro sentencias que establecen como «cosa juzgada» que el inmueble viola la Ley de Costas y se ubica en suelo no urbanizable de especial protección.
Según informó la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio en una nota, la acción, que se llevó a cabo de forma paralela a la petición de ejecución forzosa del fallo que le da la titularidad del suelo sobre el que se levanta el hotel perseguía anular la resolución que revocaba el fallo de 2008 que dictaminó que la licencia contravenía la Ley de Costas y la normativa medioambiental del parque natural de Cabo de Gata-Níjar y que, devenida en firme y al entrar en ejecución, daba vía libre a la continuidad de las obras, que se paralizaron a un 94,1 por ciento de ejecución, por parte de la promotora Azata del Sol
«Se trata de evitar a toda costa que pueda reanudarse cualquier acto de transformación del suelo sobre el que se construyó el hotel, hasta que no se resuelvan los recursos en el Tribunal Supremo ya que el interés es el de restaurar la legalidad urbanística gravemente alterada, derribar el hotel cuando existan sentencias firmes que lo permitan, así como impulsar un Plan de Dinamización que contribuya a la creación de empleo», concluía el comunicado.
Cabe recordar que, al admitir a trámite el incidente de nulidad, la Sección Tercera decidió no suspender, sin embargo, la ejecución de la sentencia al no haberlo solicitado los promotores y resolvía solicitar al Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 2 de Almería que remitiese los autos originales que había remitido para que se diera cumplimiento a la sentencia al ser firme
Informa Europapress

"Smart cities" frente al reto ambiental

smartcitiesTecnaliaEl constante incremento demográfico de las ciudades a nivel mundial plantea un desafío medioambiental "de primer orden para toda la humanidad", además de constituir la mayor amenaza para el ecosistema global, según varios expertos que han participado en la jornada Inspiring Day celebrada recientemente en Madrid. Según las previsiones manejadas durante este seminario, en el año 2050 los núcleos urbanos consumirán casi el 100% de recursos energéticos totales tras absorber el 70% de la población de la Tierra, convirtiéndose así en "protagonistas de la economía mundial y a la vez en responsables del 80% de las emisiones totales de Co2", advierte en un informe el grupo Tecnalia, organizador de las ponencias.smartcitiesTecnalia

Sin embargo, esta "extraordinaria fuerza destructiva" puede abordarse desde un diseño urbano inteligente combinado con la "aplicación sensata de tecnologías limpias", para crear entornos urbanos de futuro sostenibles, eficientes y con una red social cohesionada y participativa, con lo que el problema se convertiría en la solución.

Entre los nuevos conceptos de hábitat propuestos, se encuentran los edificios simbióticos industriales-residenciales, con sistemas inteligentes de control que utilizan el calor residual de las fábricas como calefacción para los hogares. También se ha examinado el consumo energético de renovables según las características de las diferentes zonas climáticas, así como planificaciones específicas de adaptación al cambio climático y sus consecuencias como mayores tormentas, sequías prolongadas u olas de calor.

!Es difícil aceptar que lo que hacemos en nuestra ciudad afecta al derretimiento de los polos y esto a su vez afectará de nuevo en el futuro a nuestra ciudad", ha asegurado el director de la Agencia de la Energía del Ayuntamiento de Madrid, Juan Azcárate, quien además ha abogado por emprender acciones "no sólo globales, sino también locales". Frente a este escenario de "previsible" escasez de recursos, el entorno urbano deberá "prepararse para la tormenta" e incorporar desde estanques de depuración de aguas de lluvia hasta fuentes de energía y microrredes a "escala de barrio".

PROPUESTAS

La electricidad es una energía "particularmente apropiada" para el abastecimiento de las ciudades, por resultar "eficiente para las personas, la economía y el medio ambiente", ha asegurado en este foro la representante del Smart Grid Project de Endesa, Susana Carrillo, quien ha presentado el ejemplo de Málaga, pionera en la incorporación de la electricidad en la movilidad urbana. El impulso al vehículo eléctrico incluye en esta provincia andaluza la planificación de puntos de recarga, pero también dispositivos para verter la energía sobrante de nuevo en la red general. Otras ideas expuestas en esta jornada son las llamadas "islas sonoras" o quiet urban areas, una serie de espacios diseñados para la salud, el descanso y el confort como alternativa a las zonas con más contaminación acústica y que además pueden albergar espacios de biodiversidad como lagunas artificiales o huertos urbanos, ha explicado el director de Obras y servicios del Ayuntamiento de Bilbao, Francisco Viñez.

El director de Accesibilidad Universal e Innovación de la Fundación ONCE, Jesús Hernández-Galán, ha añadido la petición de mejorar la accesibilidad de personas discapacitadas al reciclaje revisando por ejemplo la altura de los contenedores o el contraste de colores. Gracias a estas soluciones de transformación urbana responsable, que ya cuentan con varios ejemplos en España, Tecnalia prevé un escenario futuro favorable, en el que la economía verde acaparará más del 50% del empleo.
Fuente: www.madrimasd.org

 

Esta web utiliza cookies propias y de terceros para su correcto funcionamiento y para fines analíticos. Al hacer clic en el botón Aceptar, acepta el uso de estas tecnologías y el procesamiento de tus datos para estos propósitos. Ver
Privacidad