El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha avalado  la prohibición de la caza del lobo y ha apuntado que sólo se podrán conceder excepciones cuando el estado de conservación de la especie sea favorable.

Este fallo del TJUE llega después de que varias organizaciones de protección animal y del medio ambiente impugnasen ante el Tribunal Regional de lo Contencioso-Administrativo del Tirol (Austria) la autorización del Gobierno del Estado Federado del Tirol para el sacrificio de un lobo que había matado a unos 20 corderos en los pastos.

Según la directiva sobre hábitats, los lobos son objeto de protección rigurosa y, en principio, está prohibido cazarlos. Además, la UE está vinculada por el Convenio de Berna, que protege estrictamente los lobos.

La sentencia señala que las autoridades nacionales pueden conceder una excepción a la prohibición de la caza del lobo para evitar daños graves, por ejemplo, a la ganadería, pero para ello la población de lobos debe encontrarse en un estado de conservación favorable tanto en el ámbito local como nacional, así como en el plano transfronterizo.

Además, la excepción no deberá perjudicar el mantenimiento del estado de conservación favorable en ninguno de estos tres ámbitos; los daños graves deben, al menos en gran medida, ser imputables al ejemplar de que se trate y debe justificarse que no existe ninguna otra solución satisfactoria.

Sentencia TJUE

Fuente: Iustel