La Comisión Europea publica su hoja de ruta sobre Créditos de Naturaleza: fomento de la inversión en restaurar y conservar la naturaleza

La Comisión Europea ha puesto en marcha una «Hoja de ruta hacia los créditos naturaleza», para incentivar las inversiones privadas en actuaciones de protección y preservación de la naturaleza, y recompensar a quienes emprendan esas acciones e inviertan en ellas.

Los créditos naturaleza representan una inversión en actuaciones positivas para la naturaleza por parte de una empresa, una institución financiera, una entidad pública o un ciudadano, a cambio de beneficiarse de ecosistemas más limpios, reducción del riesgo, mejora de la reputación y mayor aceptación social de sus proyectos. Estas actuaciones positivas para la naturaleza podrán ser valoradas y certificadas por una organización independiente, de manera que ganarán credibilidad los inversores patrocinadores de las actuaciones realizadas por medio de créditos naturaleza. Estas actuaciones pueden adoptar diferentes formas, algunas de las cuales son la restauración de humedales o la ampliación de las zonas forestales en la UE.

Puesto que tres cuartas partes de las empresas de la zona del euro dependen de la naturaleza, los créditos naturaleza van apareciendo como una herramienta innovadora que modifica la manera en que valoramos la naturaleza, además de ser un activo que atrae a los inversores. Los créditos naturaleza representan simultáneamente una oportunidad tanto para las empresas como para la restauración de la naturaleza, ya que favorecerán la biodiversidad y preservarán los hábitats, a la vez que generarán ingresos para quienes trabajen en la protección de la naturaleza y para los inversores.

También ofrecerán nuevas oportunidades de ingresos a los agricultores, silvicultores, pescadores, propietarios de tierras y comunidades locales, ayudándolos a restaurar los ecosistemas y a reforzar la resiliencia de sus empresas. La gama de compradores e inversores potenciales también es amplia, desde empresas privadas e instituciones financieras hasta pequeños inversores y entidades públicas.

La presidenta Von der Leyen ha declarado: Hemos de introducir la naturaleza en la ecuación, y eso es exactamente lo que hacen los créditos naturaleza. Bien diseñados, representarán un instrumento eficiente y orientado al mercado que animará al sector privado a invertir e innovar. Mediante la inversión y la innovación generaremos ingresos para quienes trabajan en la protección de la naturaleza, tales como los agricultores, los propietarios de tierras y los silvicultores de Europa.

En consecuencia, mediante los créditos naturaleza se hará frente a problemas como la degradación de la naturaleza y el cambio climático, favoreciendo al mismo tiempo los objetivos más amplios de la UE en materia de competitividad y resiliencia, tal y como se indica en la Brújula para la Competitividad de la UE y en el Pacto por una Industria Limpia. Ya en la actualidad, el riesgo asociado al cambio climático está dando lugar a unos costes de seguro más altos y dañando las cadenas de suministro y las explotaciones agrícolas, y podría costar a las empresas hasta el 7 % de sus beneficios anuales en la próxima década si no se adaptan ni fomentan la conservación de la naturaleza.

Próximos pasos

La hoja de ruta adoptada hoy y elaborada en colaboración con las partes interesadas define un planteamiento ascendente que contribuirá a colmar el actual déficit en materia de inversión ecológica. Los créditos naturaleza complementarán la financiación pública existente en beneficio de la biodiversidad como fuente adicional y voluntaria de financiación de las actuaciones positivas para la naturaleza.

La hoja de ruta tiene por objeto desarrollar estándares claros y una certificación fiable de estas actuaciones positivas para que los créditos naturaleza sean eficaces y fiables, evitando al mismo tiempo las cargas administrativas supuestas por la adhesión a un régimen de este tipo. También se basará en los estándares existentes. Junto con una gobernanza sólida, todo ello es fundamental para prevenir el blanqueo ecológico.

La UE se ha comprometido a asignar el 10 % de su presupuesto a la biodiversidad de aquí a 2026-2027 y a duplicar su gasto exterior en biodiversidad hasta alcanzar la cifra de 7 000 millones de euros. Al hacer falta cada año unos 65 000 millones de euros para la inversión en biodiversidad, la combinación de financiación pública y privada será esencial para obtener resultados a gran escala y con rapidez.

La Comisión invita a todas las partes interesadas (empresas, científicos, Administraciones públicas y sociedad civil) a participar en la configuración de esta iniciativa a través de una convocatoria abierta de observaciones abierta hasta el 30 de septiembre de 2025. Para garantizar el desarrollo coordinado e inclusivo de un mercado de créditos a la naturaleza fiable, la Comisión creará un nuevo grupo de expertos para fomentar un enfoque ascendente que se base en una estrecha participación de las partes interesadas afectadas. Hoy se pone en marcha una convocatoria de manifestaciones de interés para unirse a este grupo de expertos. Las solicitudes para la primera fase de selección podrán presentarse a más tardar el 10 de septiembre de 2025.

Proyectos piloto y cooperación internacional

La UE está poniendo a prueba actualmente iniciativas de créditos a la naturaleza en Francia, Estonia y Perú y está trabajando con socios internacionales como la Alianza de Créditos a la Biodiversidad, el Foro Económico Mundial y el Grupo Consultivo Internacional sobre Créditos a la Biodiversidad. Los créditos a la naturaleza también pueden ayudar a los Estados miembros a cumplir los objetivos nacionales en virtud del Reglamento de la UE sobre la restauración de la naturaleza y contribuir a los objetivos mundiales del Marco Kunming-Montreal para la Biodiversidad.

Trasfondo

La naturaleza es una piedra angular de nuestros medios de subsistencia, nuestra salud y nuestra prosperidad, así como una base crucial para una economía competitiva y resiliente. Según el Foro Económico Mundial, más de la mitad del PIB mundial y dos tercios del valor económico añadido de la UE dependen de la naturaleza y de sus servicios ecosistémicos. Los objetivos de los créditos a la naturaleza también están en consonancia con la visión para la agricultura y la alimentación, la estrategia de resiliencia hídrica y el Pacto Europeo de los Océanos.

Fuente: Comisión Europea

Anteproyecto de Ley de aplicación en España del Reglamento EUDR: ley española contra la deforestación

Aprobados los Reales Decretos que establecen la voluntariedad de voluntariedad de veterinario y de un plan sanitario integral para las explotaciones ganaderas

Aprobados y publicados sendos Reales Decretos sobre sanidad animal que establecen las obligaciones de vigilancia de los titulares de las explotaciones ganaderas y aprueban la voluntariedad de que éstas dispongan de un veterinario, un plan sanitario integral y un plan de bienestar de los animales.

Estos requisitos que tenían carácter obligatorio en el Real Decreto 364/2023, de 16 de mayo, pasan ahora a ser voluntarios para las explotaciones.

 

El Real Decreto 346/2025, de 22 de abril, desarrolla la normativa de la Unión Europea (UE) que asigna a los titulares de las explotaciones ganaderas una serie de responsabilidades en aspectos como la bioseguridad, uso prudente y responsable de los medicamentos veterinarios y la prevención y control de enfermedades.

Así, las explotaciones deberán recibir visitas zoosanitarias por parte de un profesional veterinario con una frecuencia basada en el riesgo que presente la explotación. Estas visitas incluirán la supervisión del cumplimiento de los aspectos sanitarios en la explotación, recomendaciones para subsanar deficiencias, reducción del uso de antibióticos y la detección de signos clínicos indicativos de enfermedades.

Aunque se elimina la obligatoriedad de disponer de un plan sanitario integral, se mantiene el compromiso con un alto estatus sanitario de la cabaña ganadera a través del establecimiento de una serie de requisitos sanitarios que deberán ser evaluados en las visitas zoosanitarias. Para ello, se determinan las funciones que debe llevar a cabo el veterinario que realice esa visita zoosanitaria.

Con el fin de combinar la reducción de cargas administrativas en aquellas explotaciones que así lo requieran y el reconocimiento de la excelencia en la gestión sanitaria y del bienestar animal para aquellas otras que así lo deseen, se definirán una serie de beneficios para las explotaciones que opten por implantar esta figura, reconociendo su compromiso con la excelencia en estas materias, a través de posibles
vías de incentivación o de asignación de una mejor situación sanitaria previa de dichas explotaciones en lo relativo al cumplimiento de la obligación de las visitas sanitarias y de sus consecuencias e implantación de las medias necesarias a adoptar, que se
concretarán en las correspondientes normas

Además, salvo que la autoridad competente así lo decida en el marco de las actuaciones tras las visitas zoosanitarias, se establece la voluntariedad del plan de bienestar animal, que también deja de ser obligatorio.

 

ORDENACIÓN ESPECÍFICA DE LAS EXPLOTACIONES PORCINAS, BOVINAS Y AVÍCOLAS

Con la finalidad de alcanzar la congruencia plena entre todas las normas de ordenación del sector ganadero con las obligaciones sanitarias generales establecidas en este nuevo Real Decreto, se aprueba también una segunda norma del mismo rango,  Real Decreto 344/2025, de 22 de abril,   para modificar las tres específicas que rigen las explotaciones porcinas, avícolas y bovinas. Estas normas de ordenación incluirán a partir de ahora también la voluntariedad de disponer de un veterinario de explotación y eliminan la obligatoriedad del plan sanitario integral y del plan de bienestar animal. Además, se adapta el contenido del sistema integral de gestión de las explotaciones (SIGE) establecido en dichas ordenaciones para recoger las obligaciones de vigilancia del titular de la explotación.

Así mismo, dado que actualmente está en tramitación una modificación del Real Decreto el Real Decreto 159/2023, de 7 de marzo, que regula las explotaciones porcinas relativa a las normas mínimas de protección de cerdos, en el texto aprobado hoy se incluye una disposición para extender en un año adicional el periodo de adaptación de las explotaciones a los requisitos establecidos en dicha ordenación.

La UE aprueba el primer marco de certificación para las absorciones de carbono

El Consejo ha dado su visto bueno definitivo al Reglamento por el que se establece el primer marco de certificación a escala de la UE para las absorciones permanentes de carbono, la carbonocultura y el almacenamiento de carbono en productos. Este marco, de carácter voluntariofacilitará y fomentará las actividades de absorción de carbono y de reducción de emisiones del suelo de alta calidad en la UE, como complemento de las reducciones sostenidas de las emisiones.

Absorciones de carbono y reducciones de emisiones del suelo

El Reglamento será el primer paso para introducir en la legislación de la UE un marco de certificación integral para las absorciones de carbono y la reducción de emisiones del suelo. Ayudará a la UE a alcanzar su objetivo de neutralidad climática de aquí a 2050.

 

El Reglamento abarca las siguientes actividades en toda la UE:

  • absorciones permanentes de carbono que capturan y almacenan carbono atmosférico o biogénico durante varios siglos (por ejemplo, bioenergía con captura y almacenamiento de carbono y con captura directa del aire con almacenamiento);
  • actividades de almacenamiento de carbono que capturan y almacenan carbono en productos duraderos durante al menos 35 años (como los productos de construcción derivados de la madera);
  • actividades de carbonocultura que mejoran el secuestro y el almacenamiento de carbono en bosques y suelos, o que reducen las emisiones de gases de efecto invernadero de los suelos durante un período de al menos cinco años (por ejemplo, la reforestación, la restauración de turberas o humedales y la mejora del uso de fertilizantes).

Criterios de certificación

Las actividades de absorción de carbono tendrán que cumplir cuatro criterios generales para ser certificadas:

  • deben generar un beneficio neto de la absorción de carbono o un beneficio neto de la reducción de las emisiones del suelo cuantificado;
  • deben ser adicionales, lo que significa que van más allá de los requisitos legales en lo que respecta al operador individual y necesitan el efecto incentivador de la certificación para que sea viable desde el punto de vista financiero;
  • deben tener como objetivo garantizar el almacenamiento a largo plazo de carbono y minimizar el riesgo de liberación de carbono;
  • no deben causar un perjuicio significativo al medio ambiente y deben poder producir beneficios secundarios para uno o varios de los objetivos de sostenibilidad.

Además, las actividades que puedan optar a la certificación deberán ser verificadas de forma independiente por organismos de certificación terceros.

 

Sistemas de certificación

Se establecerán sistemas de certificación para que los operadores demuestren el cumplimiento del Reglamento. Estarán sujetos a unas normas de seguimiento, verificación y notificación sólidas y transparentes para promover la confianza en el sistema y garantizar la integridad medioambiental. También se establecerán mecanismos de responsabilidad para los operadores a fin de solventar cualquier liberación de vuelta a la atmósfera de carbono capturado.

Registro de la UE

Cuatro años después de la entrada en vigor del Reglamento, la Comisión establecerá un registro electrónico a escala de la UE para garantizar la transparencia y la plena trazabilidad de las denominadas unidades certificadas, que se expedirá para reflejar el beneficio neto de carbono generado a través de actividades certificadas de absorción de carbono y de reducción de emisiones del suelo.

Próximas etapas

El Reglamento se publicará ahora en el Diario Oficial de la UE y entrará en vigor a los veinte días de su publicación. Entonces será directamente aplicable en todos los Estados miembros de la UE.

Contexto

El 30 de noviembre de 2022, la Comisión dio un importante primer paso hacia una mayor integración de los regímenes de absorción de carbono mediante la presentación de una propuesta de Reglamento por el que se establece un marco voluntario a escala de la UE para certificar las actividades de absorción de carbono de calidad.

El Consejo adoptó su mandato de negociación en el Coreper el 17 de noviembre de 2023, mientras que el Parlamento Europeo acordó su posición el 21 de noviembre de 2023. Tras tres rondas de negociaciones, los colegisladores de la UE alcanzaron un acuerdo sobre la forma definitiva del Reglamento el 20 de febrero de 2024.

Más información en: www.consilium.europa.eu

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