Lobos en Europa: la Comisión insta a las autoridades locales a que hagan pleno uso de las excepciones existentes y recopilen datos para la revisión del estado de conservación

El regreso del lobo a las regiones de la UE en las que estuvo ausente durante mucho tiempo está provocando cada vez más conflictos con las comunidades agrícolas y de cazadores locales, especialmente cuando las medidas para prevenir ataques al ganado no se aplican de forma generalizada.

La presidenta von der Leyen ha declarado: «La concentración de lobos en algunas regiones europeas se ha convertido en un peligro real para el ganado y, potencialmente, también para los seres humanos. Insto a las autoridades locales y nacionales a que tomen medidas cuando sea necesario. De hecho, la legislación vigente de la UE ya les permite hacerlo».

 

La Comisión pone en marcha hoy una nueva fase en su empeño por abordar los retos relacionados con el retorno de los lobos.

La Comisión invita hoy a las comunidades locales, a los científicos y a todas las partes interesadas a que presenten, a más tardar el 22 de septiembre de 2023, datos actualizados sobre la población de lobos y sus efectos. Para ello, podrán utilizar la siguiente dirección de correo electrónico (activa desde esta tarde): EC-WOLF-DATA-COLLECTION@ec.europa.eu

A partir de los datos recogidos, la Comisión decidirá sobre una propuesta para modificar, en su caso, el estatuto de protección del lobo en la UE y actualizar el marco jurídico a fin de introducir, en caso necesario, una mayor flexibilidad, a la luz de la evolución de esta especie.

Esto complementará las actuales posibilidades que ofrece la legislación de la UE para que las autoridades locales y nacionales tomen medidas cuando sea necesario, y se ha previsto una financiación significativa de la UE para estas medidas, tal como se detalla en una carta conjunta enviada por el comisario Sinkevičius y el comisario Wojciechowski a todos los ministros de Agricultura y Medio Ambiente de la UE en noviembre de 2021. Algunas medidas han demostrado ser eficaces para prevenir o reducir significativamente los riesgos de depredación cuando se ejecutan correctamente y se adaptan al contexto específico en el que se aplican.

La revisión por parte de la Comisión de los datos científicos sobre el lobo en la UE forma parte integrante del análisis en profundidad que la Comisión está llevando a cabo en respuesta a la Resolución del Parlamento Europeo de 24 de noviembre de 2022. En abril de 2023, la Comisión comenzó a recopilar los datos de los grupos de expertos y de las principales partes interesadas, así como los datos notificados por las autoridades nacionales con arreglo a la legislación de la UE e internacional vigentes. Sin embargo, estos datos siguen sin ofrecer una imagen completa suficiente para que la Comisión diseñe nuevas medidas, por lo que la Comisión está ampliando hoy esta consulta.

Antecedentes

La Comisión es consciente de que el regreso del lobo a las regiones de la UE en las que ha estado ausente durante mucho tiempo puede dar lugar a conflictos con las comunidades agrícolas y de cazadores locales, especialmente cuando las medidas para evitar ataques al ganado no se aplican de manera generalizada.

Como especie autóctona, el lobo es un elemento integral del patrimonio natural de Europa y desempeña un papel importante en sus ecosistemas. En virtud de la Directiva sobre los hábitats, la mayoría de las poblaciones de lobos en Europa goza de una protección estricta, con posibilidades de excepción. Este régimen aplica los requisitos del Convenio internacional de Berna relativo a la conservación de la vida silvestre y del medio natural en Europa, del que son parte la UE y los Estados miembros.

Las plataformas regionales y de la UE sobre coexistencia permiten a las partes interesadas promover formas de minimizar los conflictos entre los intereses humanos y la presencia de grandes carnívoros, intercambiando conocimientos y colaborando entre sí de manera abierta, constructiva y respetuosa. Además, en virtud de la Directiva sobre los hábitats, los Estados miembros pueden, en determinadas condiciones, establecer excepciones a las prohibiciones del régimen de protección rigurosa, también con el fin de proteger los intereses socioeconómicos.

Para más información

Página web sobre los grandes carnívoros

Prohibida la caza de todas las poblaciones del lobo ibérico en España

El Boletín Oficial del Estado publica hoy la Orden Ministerial TED/980/2021 de 20 de septiembre, por la que se modifica el Anexo del Real Decreto 139/2011, para el desarrollo del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y del Catálogo de Especies Amenazadas.

 

 

Teniendo en cuenta que tanto el Listado como el Catálogo son herramientas dinámicas y sujetas a actualización permanente, la Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico recibió y tramitó una propuesta proveniente de la Asociación para la Conservación y Estudio del Lobo Ibérico (ASCEL) para la inclusión de todas las poblaciones del Lobo (Canis lupus) presentes en España en el Catálogo en la categoría «Vulnerable» o, en su defecto, en el Listado.
Previamente, únicamente las poblaciones de Canis lupus al sur del Duero se encontraban incluidas en el Listado.
Siguiendo el procedimiento establecido en el artículo 6 del Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero, se llevó a cabo la preceptiva consulta al Comité Científico –establecido en el artículo 7 del mencionado real decreto–, que recomendó la incorporación de todas las poblaciones españolas de esta especie en el Listado, considerando que la información disponible pone de relieve su importancia como patrimonio cultural, científico, así como por los servicios ambientales que produce la presencia de este carnívoro en los ecosistemas, y consideró que no son de aplicación a este caso los Criterios orientadores para la inclusión de taxones y poblaciones en el Catálogo Español
de Especies Amenazadas en su categoría de «vulnerables».
La tramitación de esta propuesta recibió la aprobación por parte de la Comisión  Estatal para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad en su reunión de 4 de febrero de 2021. De este modo, resulta posible la modificación del Listado a través de orden ministerial, según establece el artículo 6.7 del Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero.
Procede, por tanto, la modificación del anexo del Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero, para que todas las poblaciones españolas del Lobo (Canis lupus) queden incluidas en el Listado.
Asimismo, las medidas de gestión que puedan ser adoptadas por los órganos competentes de las comunidades autónomas en aplicación del régimen de excepciones previsto en el artículo 61 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, conforme a la disposición adicional primera, estarán sujetas a una serie de criterios previstos en esa
disposición, en el caso de posibles autorizaciones de extracciones y capturas de lobos. En concreto, se podrán aplicar medidas de extracción y captura de ejemplares que cuenten con una autorización administrativa que se conceda por la autoridad competente de la Comunidad Autónoma, siempre que cumplan los siguientes criterios:

  • a) No exista otra solución satisfactoria, esto es cuando se haya demostrado que se han aplicado adecuadamente por parte de las explotaciones afectadas medidas preventivas o de protección del ganado y estas hayan resultado ineficaces, teniendo para ello en cuenta el catálogo de medidas de protección del ganado ante eventos de
    depredación del lobo publicado por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, así como otras medidas de protección que hayan sido previamente valoradas favorablemente por la comunidad autónoma o para las cuales se disponga de evidencia científica sobre su efectividad.
    b) Se justifique con el mejor conocimiento disponible que la medida de extracción y captura de ejemplares no afecta negativamente al estado de conservación favorable de la especie.
    c) Se justifique la existencia de perjuicios importantes para el ganado en las explotaciones afectadas, atendiendo a posibles daños recurrentes o significativos.
Por último, la Disposición Adicional Segunda de esta Orden dispone que la Estrategia de Conservación y Gestión de Lobo en España será aprobada por la Conferencia Sectorial de medio Ambiente antes del 31 de Diciembre de 2021.

El Parlamento Europeo reclama más esfuerzos en la implantación de la Red Natura 2000 y mayor coherencia entre la política agraria y medioambiental

RESOLUCIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO SOBRE EL PLAN DE ACCIÓN  EN PRO DE LA NATURALEZA, LAS PERSONAS Y LA ECONOMÍA: MÁS ESFUERZO PARA APOYAR A QUIENES CONSERVAN LA RED NATURA 2000 Y LA BIODIVERSIDAD

 

Urge a la Comisión y a los Estados Miembros a mejorar la financiación de la Red Natura 2000 y la colaboración con los usuarios de la tierra. Además, insta a contemplar la conservación de la biodiversidad y su recompensa en la PAC.

El Parlamento Europeo adoptó el pasado 15 de Noviembre una Resolución sobre el Plan de Acción en pro de la naturaleza, las personas y la economía, puesto en marcha por la Comisión hace unos meses tras el proceso de revisión de las Directivas relativas a la naturaleza que determinó que, aunque esta legislación cumple la función para la que fue aprobada, no obstante, se requieren mayores esfuerzos para lograr un mayor compromiso en su implantación y desarrollo.

El Parlamento acoge favorablemente el citado Plan de la Comisión, aunque recuerda que, en Europa, prácticamente una cuarta parte de las especies silvestres se encuentran actualmente en peligro de extinción y que la mayoría de los ecosistemas están degradados hasta el punto de no poder ya desarrollar sus valiosas funciones y considera que esto está causando enormes perjuicios sociales y económicos para la Unión.

Reitera la necesidad de que se hagan esfuerzos adicionales, considerables y continuados para alcanzar los objetivos fijados para 2020, e insta a la Comisión y a los Estados miembros a que den una mayor prioridad política a ese aspecto.

Subraya que los Estados miembros deben garantizar que no se deterioren las zonas Natura 2000 ,  recuerda que ya el Tribunal de Cuentas Europeo reclamó una mayor financiación para la Red Natura 2000 y reclama a la Comisión y a los Estados Miembros mayores esfuerzos y nuevos mecanismos financieros para la gestión de esta Red ecológica. En particular propone que, en cooperación con los propietarios y usuarios de las tierras, examinen la posibilidad de que se ofrezcan los llamados «servicios verdes y azules» (gestión del paisaje, del medio ambiente y de los recursos hídricos) a cambio de una remuneración conforme a las condiciones del mercado.

Lamenta que en el plan de acción no se establezcan una estrategia prioritaria y acciones concretas para mejorar la protección de los insectos polinizadores, sobre todo en la lucha contra los riesgos para la salud y las especies de parásitos (en particular, el varroa) y  pide la aplicación plena y efectiva del Reglamento relativo a las especies exóticas invasoras, así como su adecuada financiación en el marco del presupuesto de la Unión; destaca que la inclusión de especies en la lista de la Unión de especies exóticas invasoras debe estar basada en una evaluación de riesgo normalizada y armonizada.

 El Parlamento reconoce que  la protección de nuestro entorno natural común en Europa es esencial tanto para nuestra economía como para nuestro bienestar, que se calcula que la red Natura 2000 tiene un valor económico anual comprendido entre los 200 000 y los 300 000 millones de euros y puede generar ingresos para las comunidades locales a través del turismo y los servicios recreativos, y que los ecosistemas saludables ofrecen servicios ecológicos esenciales, como agua dulce, almacenamiento de carbono, insectos polinizadores y protección contra las inundaciones, las avalanchas y la erosión costera; señala, por consiguiente, que invertir en la red Natura 2000 es muy juicioso desde el punto de vista económico.  Acoge con satisfacción la acción destinada a integrar los servicios de los ecosistemas en la toma de decisiones; lamenta, no obstante, que el plan de acción no incluya una iniciativa concreta de «pérdida neta cero de biodiversidad»

Vínculos con otras políticas

El Parlamento Europeo hace un llamamiento a la  urgente necesidad de actuar para afrontar los principales factores de la pérdida de biodiversidad, que son la destrucción y la degradación de los hábitats, causadas sobre todo por el uso excesivo de la tierra, la contaminación, la agricultura intensiva, el uso de plaguicidas químicos de síntesis, la difusión de especies exóticas y el cambio climático, y destaca también la necesidad de garantizar la coherencia entre las diversas políticas de la Unión.

Destaca la necesidad de mejorar la coherencia con la política agrícola común (PAC), y pone de relieve el preocupante declive de las especies y los hábitats ligado a la agricultura; pide a la Comisión que evalúe el impacto de la PAC en la biodiversidad;

Reitera su llamamiento a la Comisión y a los Estados miembros para que velen por que los fondos de la PAC se reorienten de la subvención de actividades asociadas al declive de la biodiversidad a la financiación de prácticas agrícolas sostenibles desde el punto de vista medioambiental y a mantener la biodiversidad conexa.

Señala que las especies designadas como de protección especial con arreglo a la Directiva sobre hábitats han alcanzado en algunas regiones de Europa un buen estado de conservación y que, por tanto, pueden poner en peligro a otras especies y a animales domésticos, alterando así el equilibrio natural del ecosistema; pide a la Comisión que desarrolle un procedimiento de evaluación que permita modificar el estado de protección de las especies en determinadas regiones tan pronto como se haya alcanzado el estado de conservación deseado;

 Recuerda que la coexistencia entre personas y grandes carnívoros, en particular los lobos, puede tener en ciertas regiones efectos negativos para el desarrollo sostenible de los ecosistemas y de las zonas rurales habitadas, en particular en relación con la agricultura tradicional y el turismo sostenible; pide a la Comisión y a los Estados miembros que adopten medidas concretas para afrontar esas cuestiones a fin de no comprometer el desarrollo sostenible de las zonas rurales, teniendo en cuenta la flexibilidad que ofrece la Directiva relativa a los hábitats;

Además, sugiere a la Comisión que respalde la adopción de medidas, como la formación para agricultores en relación con la protección del ganado contra los grandes carnívoros y la puesta en común de las mejores prácticas sobre protección del ganado entre los Estados miembros;

Lamenta el Parlamento que  la PAC no haya sido desarrollada para proteger la práctica agrícola tradicional del pastoreo, actualmente en vías de desaparición, que constituye una herramienta histórica importante para la gestión de los hábitats y la conservación de la naturaleza; pide que el plan de acción apoye un marco para el desarrollo del pastoreo en la red Natura 2000. Pide a la Comisión que considere en particular la gestión adaptativa de las cosechas como una buena práctica para administrar de forma sostenible las poblaciones de aves acuáticas de la Unión que sean suficientemente abundantes y conservar las que estén en declive.

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