El TSJ de Madrid avala la prohibición de celebrar eventos en zona de máxima protección del Parque Regional del Curso Medio del Río Guadarrama
Eva Blasco Hedo, Responsable de la Unidad de Investigación y Formación del Centro Internacional de Estudios de Derecho Ambiental (CIEDA-CIEMAT), comenta en Actualidad Jurídica Ambiental la Sentencia 2924/2021, de 12 de Marzo, del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que confirma la prohibición de celebrar eventos en una finca situada en la zona de máxima protección del Parque Regional del Curso Medio del río Guadarrama y su entorno.
El Tribunal confirma que ha de realizarse una interpretación restrictiva de los conceptos «actividades de ocio y recreo» (que sí están permitidos, pero, según esta interpretación restrictiva se limitarían a actividades tales como senderismo y ocio pasivo), puesto que deben garantizarse y protegerse los valores naturales existentes en los Parques Regionales.
Desde aquí, reiteramos la necesidad de que los propietarios y la población que habita los espacios protegidos participen activamente en la tramitación de las normas que, sin duda, van a determinar su futuro social y económico.
Además, en nuestra opinión, estas interpretaciones tan restrictivas suelen conducir al abandono del medio rural, con el consiguiente efecto negativo en los objetivos que persigue la propia declaración de un espacio protegido.