La Unión Europa recomienda acelerar la concesión de permisos para el despliegue de las energías renovables

El DOUE publica hoy, 25 de Mayo, la Recomendación 2022/822 de la Comisión sobre la aceleración de los procedimientos de concesión de permisos para los proyectos de energía renovables y la facilitación  de los contratos de compraventa de electricidad.

 

Las energías renovables constituyen el núcleo de la transición hacia las energías limpias necesaria para alcanzar los objetivos del Pacto Verde Europeo, hacer que la energía sea asequible y reducir la dependencia de la Unión de los combustibles fósiles y las importaciones de energía.

Aumentar rápidamente el uso de energías renovables es fundamental para reducir la dependencia de la Unión de los combustibles fósiles y eliminar progresivamente el consumo de gas ruso. El plan REPowerEU incluye medidas destinadas a lograr este objetivo.

En principio, los proyectos de energías renovables deben recibir una autorización para poder llevar a cabo la actividad prevista. Los procedimientos de concesión de permisos contribuyen a garantizar la seguridad y la protección de los proyectos. Sin embargo, la complejidad, la variedad y la duración excesiva de estos procedimientos constituyen un obstáculo importante para el rápido y necesario despliegue de las energías renovables y para lograr un sistema energético de la Unión más asequible, seguro y sostenible. Los retrasos en la tramitación de las autorizaciones de los proyectos ponen en riesgo la consecución oportuna de los objetivos energéticos y climáticos y aumentan el coste de los proyectos necesarios para ello. Los retrasos también pueden dar lugar al establecimiento de instalaciones de energías renovables menos eficientes debido al dinamismo de la innovación.

La falta de aceptación pública de los proyectos de energías renovables constituye otro obstáculo importante a su aplicación en muchos Estados miembros. Para hacer frente a este problema, deben tenerse en cuenta las necesidades y perspectivas de los ciudadanos y las partes interesadas de la sociedad en todas las fases del desarrollo de los proyectos de energías renovables (desde la formulación de políticas hasta la ordenación del territorio y el desarrollo del proyecto) y deben fomentarse las buenas prácticas para garantizar una distribución justa de los distintos impactos de las instalaciones entre la población local.  La mayoría de los obstáculos relacionados con la concesión de permisos a los proyectos de energías renovables y la correspondiente infraestructura de red, así como las buenas prácticas para superarlos, se han definido a nivel de los Estados miembros.

Los obstáculos administrativos han adquirido mayor importancia debido a las mejoras en relación con otros obstáculos, como los costes tecnológicos, que han disminuido drásticamente en los últimos diez años, o los problemas de financiación, atenuados por la reducción de costes y el creciente número de contratos corporativos de compra de electricidad procedente de energías renovables.

Para dar respuesta a todas estas preocupaciones, la Comisión Europea recomienda a los Estados Miembros:

PROCEDIMIENTOS MÁS RÁPIDOS Y BREVES

Los Estados miembros deben velar por que la planificación, la construcción y la explotación de las instalaciones de producción de energía procedente de fuentes renovables, su conexión a la red eléctrica, de gas y de calor y la propia red conexa, así como los activos de almacenamiento, puedan acogerse al procedimiento más favorable disponible en sus procedimientos de planificación y autorización, y sean considerados de interés público superior y en aras de las seguridad pública. Deben establecerse plazos claramente definidos, acelerados y lo más breves posible para todas las etapas necesarias para la concesión de permisos de construcción y explotación de proyectos de energías renovables;   plazos y normas procesales específicas con vistas a garantizar la eficiencia de los procedimientos judiciales relacionados con el acceso a la justicia de los proyectos de energías renovables y deben crear un único proceso unificado de solicitud para todo el proceso administrativo de solicitud y concesión de permisos.

FACILITAR LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y COMUNITARIA.

Los Estados miembros deben estimular la participación de los ciudadanos, incluidos los de los hogares de renta baja y media, y de las comunidades de energía en los proyectos de energías renovables, así como adoptar medidas para fomentar la transferencia de los beneficios de la transición energética a las comunidades locales, con lo que se mejorará la aceptación y el compromiso públicos. Además, deberán  aplicar procedimientos simplificados de concesión de permisos para las comunidades de energías renovables, en particular para la conexión de las instalaciones de propiedad comunitaria a la red, y reducir al mínimo los procedimientos y requisitos de concesión de licencias de producción, también para los autoconsumidores de energías renovables.

MEJORA DE LA COORDINACIÓN INTERNA

Los Estados miembros deben garantizar la racionalización y la coordinación efectiva entre los niveles nacional, regional y municipal en lo que respecta a las funciones y responsabilidades de las autoridades competentes, así como a la legislación, los reglamentos y los procedimientos aplicables para la autorización de proyectos de energías renovables. Deben diseñar una ventanilla única para la concesión de permisos a proyectos de energías renovables, como exige la Directiva (UE) 2018/2001, de manera que se limite el número de autoridades implicadas a lo necesario y se maximice la eficiencia y deben introducir normas que permitan que la falta de respuesta por parte de la autoridad o autoridades competentes, dentro de los plazos establecidos, suponga la aceptación de una determinada solicitud en la fase correspondiente de un proceso de concesión de permisos para proyectos de energías renovables (el denominado «silencio administrativo positivo»), salvo que la legislación nacional o de la Unión exija su respuesta.

PROCEDIMIENTOS CLAROS Y DIGITALIZADOS

La Comisión remienda a los Estados garantizar una dotación de personal suficiente y adecuada, con las capacidades y cualificaciones pertinentes, para los organismos que conceden los permisos y las autoridades de evaluación medioambiental. Para ello, deben utilizar las oportunidades de financiación nacionales y de la Unión disponibles para la mejora de las capacidades y el reciclaje profesional, en particular a nivel regional y local, y estudiar la creación de una alianza para la cooperación sectorial en materia de capacidades a fin de colmar la brecha de capacidades del personal que trabaja en los procedimientos de concesión de permisos y en las evaluaciones medioambientales.

MEJOR DEFINICIÓN Y PLANIFICACIÓN DE LAS UBICACIONES DE LOS PROYECTOS.

Los Estados miembros deben definir rápidamente las zonas terrestres y marítimas adecuadas para los proyectos de energías renovables, en consonancia con sus planes nacionales de energía y clima y su contribución a la consecución del objetivo revisado de energías renovables para 2030. Como parte de este proceso de cartografía, deben designarse zonas delimitadas y claramente definidas como especialmente adecuadas para el desarrollo de las energías renovables (zonas ineludibles de energías renovables), al tiempo que se evita, en la medida de lo posible, las zonas de valor medioambiental y se da prioridad, entre otros, a las tierras degradadas que no pueden utilizarse para la agricultura.  Deben limitar al mínimo necesario las «zonas de exclusión» en las que no pueden desarrollarse  las energías renovables. Deben proporcionar información clara y transparente, con una justificación razonada, de las restricciones relacionadas con la distancia respecto de las viviendas y las zonas de aviación militar o civil. Estas restricciones deben basarse en pruebas y diseñarse de tal manera que cumplan su finalidad prevista, al tiempo que maximizan la disponibilidad de espacio para el desarrollo de proyectos, teniendo en cuenta otras limitaciones de ordenación territorial.

Los Estados han de racionalizar los requisitos de la evaluación del impacto ambiental de los proyectos de energías renovables en la medida en que sea jurídicamente posible, mediante la aplicación de las orientaciones técnicas disponibles sobre la conciliación del despliegue de las energías renovables y la legislación medioambiental de la Unión, y mediante la integración de la evaluación del impacto ambiental con otras evaluaciones medioambientales aplicables en un procedimiento conjunto. A tale efecto, les insta a utilizar  la delimitación del alcance  de
manera sistemática o hacerla obligatoria a fin de mejorar la calidad del proceso de evaluación del impacto ambiental.

En relación con los espacios incluidos en la Red Natura 2000 y en aras a garantizar la compatibilidad de su conservación con el despliegue de las energías renovables, la Comisión recomienda a los especialmente velar por que el sacrificio o perturbación de especímenes individuales de aves silvestres y especies protegidas en virtud de la Directiva 92/43/CEE del Consejo no sea un obstáculo para el desarrollo de estas energías, mediante la exigencia de que dichos proyectos integren, según proceda, medidas de mitigación para prevenir de manera eficaz en la medida de lo posible el sacrificio o la perturbación, el seguimiento de su eficacia y, a la luz de la información obtenida del seguimiento, la adopción de medidas adicionales necesarias para garantizar que no se produzca un impacto negativo significativo en la población de las especies de que se trate. Si se hace así, el sacrificio o la perturbación accidentales de especímenes individuales no deben considerarse deliberados y, por tanto, no deben entrar en el ámbito de aplicación del artículo 12, apartado 1, de la Directiva 92/43/CEE ni del artículo 5 de la Directiva 2009/147/CE del Parlamento Europeo y del Consejo.

Por último, y dada la citada falta de aceptación por la población de determinados proyectos energéticos, los Estados  deben fomentar la participación pública en una fase temprana para definir los planes de ordenación territorial, promover el uso múltiple de los emplazamientos y garantizar la transparencia sobre el lugar y la forma en que pueden construirse o instalarse los proyectos de energías renovables, incluidas las instalaciones a pequeña escala a nivel municipal.

UNA CONEXIÓN A LA RED MÁS FÁCIL.

Los Estados deben llevar a cabo una planificación de la red a largo plazo y una inversión coherente con la expansión prevista de las capacidades de producción de energías renovables, teniendo en cuenta la demanda futura y el objetivo de neutralidad climática. Así mismo,  deben velar por que los gestores de redes: i) apliquen un procedimiento transparente y digital para las solicitudes de conexión a la red; ii) ofrezcan información sobre las capacidades de la red; y iii) optimicen el uso de la capacidad de la red al permitir su uso por centrales eléctricas que combinen múltiples tecnologías complementarias.

PROYECTOS INNOVADORES.

Se anima a los Estados a crear espacios controlados de pruebas para conceder exenciones específicas del marco legislativo o reglamentario nacional, regional o local a tecnologías, productos, servicios o enfoques innovadores, a fin de facilitar la concesión de permisos en apoyo del despliegue y la integración en el sistema de las energías renovables, el almacenamiento y otras tecnologías de descarbonización, en consonancia con la legislación de la Unión.

FACILITAR LOS ACUERDOS DE COMPRA DE ENERGÍA.

Los Estados miembros deben eliminar rápidamente cualquier obstáculo administrativo o al mercado injustificado para los contratos corporativos de compra de energías renovables, en particular para acelerar la adopción de estos contratos por parte de las pequeñas y medianas empresas.

SEGUIMIENTO, INFORMES Y REVISIÓN.

Los Estados miembros deben establecer un punto de contacto encargado de supervisar periódicamente los principales cuellos de botella en el proceso de concesión de permisos y de abordar los problemas a los que se enfrentan los promotores de proyectos de energías renovables.

 

Sale a información pública la Hoja de Ruta para la gestión sostenible de las materias primas minerales

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) ha sacado a información pública la Hoja de Ruta para la gestión sostenible de las materias primas minerales. Cuenta con 46 líneas de actuación que impulsarán la autonomía estratégica del país gracias al suministro de materias primas minerales autóctonas de una manera más sostenible y más eficiente. Esto permitirá maximizar los beneficios a lo largo de la cadena de valor, dando respuesta a la amenaza real de una nueva geopolítica de materias primas con el apoyo a una actividad extractiva sostenible en España.

La transición hacia una sociedad climáticamente neutra en 2050 supone aumentar el consumo de ciertas materias primas minerales. Para un sistema energético renovable y una economía electrificada y digital, se estima un aumento excepcional en la demanda de los minerales necesarios para las cadenas industriales hasta 2040; por ejemplo, en el caso del litio se multiplicará por más de 40 y para el caso de otras materias primas como grafito, cobalto o níquel, en torno a 20 ó 25.

Una estrategia de país sobre materias primas minerales

Para impulsar la gestión sostenible de las materias primas minerales a lo largo de su cadena de valor, la Hoja de Ruta propone cuatro orientaciones estratégicas que han de guiar a la política nacional de materias primas minerales:

En primer lugar, se busca la eficiencia y la economía circular en las cadenas de valor del suministro de materias primas minerales, integrando y concretando para la industria extractiva los objetivos y líneas de actuación de la Estrategia España Circular 2030.

La segunda orientación considera que la Hoja de Ruta es una oportunidad para impulsar y consolidar la gestión sostenible de las materias primas minerales autóctonas en la industria extractiva española.

En tercer lugar, se pone el foco en garantizar la seguridad de suministro y el cumplimiento de los requisitos medioambientales, geoestratégicos y de justicia social en la importación de materias primas minerales.

Y en cuarto y último lugar, la Hoja de Ruta fomentará la industria de materias primas minerales estratégicas para la transición energética y digital, por su empleo masivo en la implantación de energías renovables, baterías para vehículos eléctricos o almacenamiento a medio y largo plazo de energía, alineándose con las políticas europeas de acceso a los recursos y sostenibilidad.

Acciones a corto y largo plazo

Las 46 líneas de actuación que propone la Hoja de Ruta se clasifican según dos variables: su naturaleza y su adecuación a alguna de las cuatro orientaciones estratégicas.

  1. Instrumentos regulatorios para un nuevo marco normativo del sector. Incluyen la revisión de la normativa minera para su alineamiento con la economía circular, el aseguramiento de la protección ambiental y el impulso a la restauración con las mejores técnicas disponibles, así como la búsqueda de un mecanismo de transparencia y trazabilidad del origen de las materias primas minerales que se importen al territorio español y la revisión de la normativa minero-industrial para el fomento de proyectos integrales de cadenas de valor de estratégicas.
  2. Instrumentos sectoriales. A través de acciones concretas sobre escombreras, nuevos usos de huecos mineros o restauración de instalaciones de residuos mineros abandonadas, se potenciará la circularidad del sector. En paralelo se desarrollarán herramientas para la gestión de la biodiversidad y se impulsará el desarrollo de políticas de buen gobierno, ética, transparencia y cumplimiento normativo en el sector. Dentro de las acciones sectoriales, destaca el compromiso de elaborar y actualizar periódicamente un listado de materias primas minerales estratégicas para la transición energética y digital.
  3. Instrumentos transversales. Se incluyen acciones de apoyo a una industria transformadora más eficiente y sostenible, el análisis de la huella de carbono de la cadena de valor (en especial, en las importaciones), un plan específico para maximizar la contribución sectorial a los Objetivos de Desarrollo Sostenible, así como el fomento de la participación ciudadana y de las entidades locales.
  4. Impulso a la I+D+i. Como elemento de transformación esencial para conseguir el cambio de modelo económico, se incluyen líneas de acción concretas para fomentar la investigación en materia de circularidad, digitalización y eficiencia en el proceso de primera transformación, en sistemas de trazabilidad o sobre proyectos innovadores integrales sobre la cadena de valor.

Neutralidad climática y autonomía estratégica

Alcanzar el objetivo de neutralidad climática requiere garantizar la seguridad de suministro de materias primas minerales de los sectores industriales clave para la transición ecológica y digital. Por ello, la Estrategia a Largo Plazo 2050 estableció la reutilización y reciclaje y el fomento de la economía circular como primera opción para reorientar los procesos productivos, aprovechar los recursos minerales autóctonos bajo estándares medioambientales y de sostenibilidad europeos y asegurar así tanto la reducción de emisiones en el sector como la dependencia de las importaciones.

La autonomía estratégica y la garantía de suministro de materias primas minerales también son objeto de atención a nivel europeo a través de la Iniciativa Europea de Materias Primas, cuyo objetivo es asegurar el suministro de las materias primas necesarias para las cadenas de valor industriales y el bienestar de la sociedad. Sobre esta base, la Comisión Europea instó en septiembre de 2020 a las autoridades nacionales, regionales y empresas a aumentar su agilidad y eficacia en relación con el suministro sostenible de materias primas fundamentales.

El plazo para presentar observaciones a la Hoja de Ruta finaliza el 8 de abril de 2022. Las alegaciones pueden remitirse a bzn-mmppminerales@miteco.es, indicando en el asunto «Hoja de Ruta para la gestión sostenible de MPM».

Fuente: www.energia.gob.es

El Ministerio de Transportes presenta al Consejo de Ministros el Anteproyecto de Ley de Movilidad Sostenible

 

 

El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma) ha presentado  el Anteproyecto de Ley de Movilidad Sostenible al Consejo de Ministros para su toma en consideración en primera lectura. Tras este primer visto bueno, el Ministerio iniciará la tramitación del texto articulado con la apertura, en las próximas semanas, del trámite de audiencia e información pública. El Anteproyecto de Ley se publicará, así, en la página web de Mitma para que los ciudadanos y agentes interesados puedan consultarla y, en su caso, realizar aportaciones.

 

 

También se solicitarán los informes preceptivos y demás procedimientos previos para la elaboración del texto final, que se elevará de nuevo a Consejo de Ministros para su aprobación y posterior remisión a las Cortes Generales como proyecto de Ley.

Según ha manifestado la ministra de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, Raquel Sánchez, tras el Consejo de Ministros, gracias a las medidas contempladas en esta Ley, se reducirán ineficiencias en el gasto en inversiones públicas en unos 8.000 millones de euros en una década. Asimismo, se incrementará la productividad de las empresas hasta un 3,3% en un período de 10 años y, dentro del respeto al marco competencial, y tendrá efectos positivos para la unidad de mercado, la competitividad y la competencia, ha añadido.

Esta nueva ley constituirá el marco normativo que permitirá a las políticas públicas de transporte y movilidad de las distintas administraciones responder mejor a las necesidades de los ciudadanos y a los retos del siglo XXI: la sostenibilidad, la digitalización y la cohesión social y territorial.

La futura Ley de Movilidad Sostenible forma parte de las reformas e hitos que el Gobierno se ha comprometido con la Comisión Europea a llevar a cabo en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR). En concreto, se trata de la reforma 2 incluida en el Componente 1: Plan de choque de movilidad sostenible, segura y conectada en entornos urbanos y metropolitanos. Los hitos establecidos prevén su aprobación y entrada en vigor en el último trimestre de 2023.

Además, mediante este texto articulado se implementan diversas medidas recogidas en la Estrategia de Movilidad Segura, Sostenible y Conectada 2030, aprobada el pasado 10 de diciembre, que requieren reformas jurídicas con rango de Ley, y se da cumplimiento a diversas recomendaciones dadas por la AIReF y otros organismos internacionales.

Finalmente, esta nueva norma contribuirá a alcanzar el cumplimiento de los objetivos de reducción de gases efecto invernadero y emisiones contaminantes en el transporte, en línea con los acuerdos internacionales asumidos por España para alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible que marca la Agenda 2030 de la ONU y la COP21 de París, y con las estrategias europeas, como el Pacto Verde Europeo.

Los cuatro pilares de la ley

El Anteproyecto de Ley establece un nuevo marco regulatorio para el transporte y la movilidad en nuestro país, sustentándose en cuatro pilares:

  • Un derecho social: por primera vez, la ley reconocerá la movilidad como un derecho de toda la ciudadanía y como un elemento de cohesión social, que contribuye a la consecución del Estado del Bienestar. La movilidad deberá ser accesible e inclusiva y ofrecer soluciones para todas las personas. Todas las administraciones deberán trabajar de forma coordinada para garantizar este derecho, con especial énfasis en las necesidades de movilidad cotidiana de toda la ciudadanía, vivan donde vivan, incluyendo el ámbito rural. También se pone de manifiesto la importancia estratégica del transporte de mercancías, como sustento de la actividad económica del país.
  • Limpia y saludable: el transporte es responsable del 29% de las emisiones de gases de efecto invernadero, por lo que urge avanzar en la descarbonización del sector para cumplir con los compromisos internacionales. Además, es también responsable de otras emisiones contaminantes (gases y partículas) que afectan a la salud, especialmente en entornos urbanos. Por ello, es imperativo avanzar hacia una movilidad respetuosa con el medio ambiente y la salud, que además contribuya a mejorar la calidad de vida de las personas.Con esta ley se busca dar una nueva visión a las ciudades que priorice la movilidad activa (caminar, ir en bici) por ser la opción más saludable y exenta de emisiones, y al transporte público colectivo de manera que sea una solución accesible y asequible para toda la ciudadanía. La Ley trata de dar alternativas atractivas al vehículo privado tanto en el ámbito urbano como en el conjunto del territorio, y facilita la provisión de soluciones de movilidad flexibles, que podrán consistir tanto en los servicios de transporte tradicionales como en nuevos servicios de movilidad, como sistemas de transporte público a la demanda, sistemas privados de movilidad colaborativa o servicios de movilidad compartida.

    También se busca reforzar el papel de las zonas de bajas emisiones como áreas “libre de humos y congestión”, permitiendo crear medidas que limiten más el acceso de los vehículos privados a motor. Así, la Ley abre la puerta a que los ayuntamientos puedan establecer una tasa por la circulación de vehículos en las zonas de bajas emisiones. Para crear esta tasa es necesaria una habilitación con rango de ley, lo que permite garantizar que las condiciones básicas sean homogéneas en todo el territorio, aunque cada municipio podrá decidir si implementa la tasa o no.

  • Un sistema digital e innovador: la Ley también incluirá herramientas para facilitar la innovación en los medios de transporte y la movilidad, destacando la creación de un sandbox de movilidad, o lo que es lo mismo, un espacio de pruebas en el que la autoridad supervisora permitirá probar proyectos innovadores de manera controlada. No en vano, la digitalización y las nuevas tecnologías permiten dar mejor respuesta a las necesidades de la ciudadanía.En este contexto, la futura Ley introduce los principios que deberán seguir las administraciones para regular y promocionar la introducción progresiva de los vehículos automatizados o sin conductor en el sistema de transporte, en todos los modos, priorizando la seguridad, la sostenibilidad ambiental, los derechos de las personas y fomentando la colaboración público-privada. En el caso de automóviles autónomos, el texto establece una ventanilla única para facilitar la realización de pruebas en vías públicas, lo que pretende atraer a nuestro país la innovación en este ámbito, y se abre la puerta a que se desarrolle una regulación más detallada
  • Invertir mejor al servicio de la ciudadanía: el cuarto pilar del Anteproyecto de Ley apuesta por mejorar la calidad de las decisiones de inversión y gasto en transporte y movilidad, así como por incluir nuevas herramientas que permitan una mayor participación pública y transparencia en el proceso. Así, la ley recoge gran parte de las recomendaciones de la AIReF y otros organismos, estableciendo análisis ex ante y ex post que garanticen la rentabilidad socioambiental de todas las actuaciones, y mecanismos de transparencia y rendición de cuentas sobre las decisiones adoptadas.

El Anteproyecto, asimismo, faculta al Gobierno a realizar un estudio de alternativas para establecer un mecanismo de financiación que permita garantizar los fondos necesarios para el correcto mantenimiento de la Red de Carreteras del Estado. El texto no define ni concreta ningún modelo, y además establece que el mecanismo que se plantee deberá tener en cuenta criterios de equidad territorial, seguridad vial y sostenibilidad ambiental; buscará un amplio consenso social y político y se ajustará a las circunstancias económicas concurrentes.

El Sistema Nacional de Movilidad Sostenible

Para lograr todos estos objetivos y constituir una política de transportes y movilidad que ponga al ciudadano en el centro de la toma de decisiones, se hace imprescindible la cooperación entre las tres administraciones: Estado, Comunidades Autónomas y Ayuntamientos. Para ello la ley crea el Sistema Nacional de Movilidad Sostenible que facilitará esta coordinación a través de distintos instrumentos.

Este sistema consta de varios instrumentos: un foro de cooperación entre todas las administraciones, la Conferencia Territorial de Movilidad y Transporte; un órgano consultivo para facilitar la cooperación de estas con el sector y los usuarios; un instrumento digital para garantizar la disponibilidad de datos relativos a la movilidad (EDIM); y un documento a modo de marco de orientaciones para la planificación de una movilidad sostenible que se coordinará con todas las administraciones (DOMOS).

El instrumento digital, bautizado como Espacio de Datos Integrado de Movilidad (EDIM), aglutinará información actualizada sobre movilidad, como la oferta y demanda de los distintos modos de transporte, con el fin de mejorar la toma de decisiones y contribuir a la creación de soluciones de movilidad adaptadas a la demanda. Los datos estarán a disposición de las Administraciones públicas y, en la medida de lo posible, serán accesibles también para el sector privado con el fin de fomentar la creación de nuevos servicios de valor.

Otras reformas introducidas por la nueva Ley

La nueva ley garantiza la contribución del Estado en el sostenimiento del transporte urbano colectivo mediante un sistema homogéneo para todas las ciudades y predecible en el tiempo. Además, establece la obligación que las Administraciones velen por incentivar y promover las soluciones de movilidad más sostenibles, priorizando la movilidad activa y el transporte público colectivo. Se trata de avanzar en la transformación “de la ciudad de los coches” a la “ciudad de las personas”.

Además, se introduce la obligación de que las empresas de más de 500 trabajadores dispongan de planes de movilidad sostenible al trabajo. Estos planes se consideran una herramienta imprescindible para avanzar en el impulso de la movilidad sostenible en los trayectos de ida y vuelta al trabajo. Las empresas pueden optar por distintas alternativas como potenciar la movilidad activa, la eléctrica, la compartida o el transporte colectivo o bien apostar por flexibilizar los horarios de entrada y salida y el teletrabajo.

También se establecen mayores exigencias en la planificación de los transportes y la movilidad. A nivel estatal se elaborará un Instrumento de Planificación Estratégica Estatal en Movilidad (IPEEM), y para los municipios de entre 20.000 y 50.000 habitantes se establecen los Planes de Movilidad Urbana Sostenible Simplificados. También se establece que los planes de movilidad urbana sostenible deben contener medidas de ordenación de la distribución urbana de mercancías cooperando con otros municipios colindantes para el establecimiento de criterios homogéneos, medida largamente demandada por el sector para facilitar el transporte y la logística de última milla entre núcleos urbanos colindantes.

Así, en el ámbito de las mercancías, la ley reconoce su transporte como un servicio indispensable para la sociedad, tal y como se puso de manifiesto durante la crisis del COVID, debido a su relevancia en el sostenimiento de la actividad económica y en la satisfacción de las necesidades de la ciudadanía. Muchas de las medidas para impulsar este sector se adelantan en la tramitación del RD Ley de medidas para mejorar la sostenibilidad del sector del transporte por carretera y las condiciones laborales de los conductores.

Se apoyará también la actuación de otras administraciones mediante la publicación de directrices, guías y documentos de buenas prácticas, por ejemplo, en los ámbitos de procesos de participación pública.

La contribución a la mejora medioambiental se completa con mayores exigencias de cálculo de la huella de carbono y puesta a disposición de la información sobre emisiones, así como con el impulso de sistemas de gestión ambiental y de la energía. También se apuesta por la gestión eficiente en las terminales de transporte, la implementación de carriles reservados a transporte colectivo o vehículos de alta ocupación o el establecimiento de puntos de energías limpias en puertos y aeropuertos.

En la vertiente social, la ley fomenta la realización de campañas de concienciación y sensibilización para toda la ciudadanía en materia de movilidad sostenible y segura, y prevé la introducción de formación en este ámbito a lo largo de todo el currículum, desde la etapa escolar, con contenidos de educación vial, convivencia y uso de todos los modos de transporte y movilidad sostenible en condiciones de seguridad, hasta la formación profesional o universidad, fomentando la formación en materia de movilidad sostenible, digitalización, seguridad y multimodalidad del transporte, garantizando también la adecuada formación del profesorado y la promoción del aprendizaje a lo largo de la vida para personas de cualquier edad.

En cuanto a la digitalización, la ley profundiza en obligaciones ya existentes en la normativa europea de que los proveedores de servicios de transporte de viajeros, así como los gestores de infraestructura, faciliten la información de los servicios al Punto de Acceso Nacional. Esta información facilita la creación de aplicaciones y otras soluciones de planificación de rutas y viajes, que hacen más sencillo el uso del transporte público.

Más información sobre la futura Ley de Movilidad Sostenible en:

Consulta abierta por la Comisión Europea sobre la aplicación de las normas de salud y medio ambiente de la UE a los productos agrícolas y agroalimentarios importados.

En junio de 2021, el Parlamento Europeo y el Consejo solicitaron un informe que evaluara el motivo y la viabilidad jurídica de la aplicación de las normas sanitarias y medioambientales de la UE (en particular las normas de bienestar animal y los procesos y métodos de producción) a los productos agrícolas y agroalimentarios importados. El objetivo del informe es contribuir a un debate amplio, transparente e informado sobre la aplicación a las importaciones de determinadas normas de producción, incluidas las normas medioambientales.
El objetivo de la consulta es recabar pruebas y opiniones de una amplia gama de partes interesadas, y darles la oportunidad de expresar sus opiniones sobre la cuestión, facilitar información pertinente e informar a la Comisión de sus respectivas posiciones al respecto.

 

 

En la actualidad, los sistemas alimentarios representan aproximadamente un tercio de las emisiones mundialesde gases de efecto invernadero, consumen grandes cantidades de recursos naturales y provocan la pérdida de biodiversidad y efectos negativos para la salud. La Estrategia «De la Granja a la Mesa» tiene por objeto acelerar la transición hacia sistemas alimentarios sostenibles. Sin embargo, la sostenibilidad de los sistemas alimentarios es un problema mundial y la UE no puede, por sí sola, llevar a cabo con éxito la transición. Además, las medidas destinadas a mejorar la sostenibilidad únicamente en la UE pueden dar lugar a la externalización de prácticas insostenibles.

La UE es el mayor exportador mundial y el tercer mayor importador de productos agroalimentarios. Como tal, tiene un impacto considerable en terceros países a través de su política comercial. Puede utilizarla para promover la sostenibilidad en consonancia con su compromiso de aplicar plenamente los Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas.
Las normas sanitarias aplicables a las importaciones agroalimentarias son, en su mayoría, medidas destinadas a garantizar que los alimentos sean seguros para las personas y a prevenir la propagación de plagas o enfermedades entre los animales y las plantas. La UE ya mantiene un elevado nivel de protección de la salud humana, animal y vegetal, en particular, en el contexto del comercio internacional de productos agroalimentarios. Todos los productos importados al mercado de la UE deben cumplir sus correspondientes normas sanitarias.

A diferencia de las normas sanitarias, las normas medioambientales o de bienestar animal no suelen afectar a las características físicas del producto final. En su lugar, se refieren a procesos o métodos de producción en el país de origen que pueden tener repercusiones medioambientales y sociales negativas. Algunas normas sobre procesos o producción ya se aplican, o se aplicarán pronto, a los productos agroalimentarios importados. Este es el caso, en particular, de las condiciones para el sacrificio de animales o la prohibición del uso de antibióticos reservados para uso humano. La Comisión también ha propuesto un reglamento sobre productos libres de deforestación, basado en un sistema de normas de obligado cumplimiento en materia de diligencia debida.

Además, la Estrategia «De la Granja a la Mesa» establece que se tendrán en cuenta los aspectos medioambientales al evaluar las solicitudes de tolerancia en la importación de plaguicidas que ya no están autorizados en la UE, respetando las obligaciones de la OMC. Asimismo, en el marco de la iniciativa marco para un sistema alimentario sostenible, también se está estudiando la posibilidad de aplicar normas medioambientales o, más en general, de sostenibilidad a las importaciones.

Por último, en respuesta a la iniciativa ciudadana europea «End the Cage Age» (Acabemos con las jaulas), la Comisión propuso analizar distintas opciones para aumentar el bienestar de los animales cuyos productos se destinan al mercado de la UE.

El informe definirá las iniciativas concretas para garantizar una mayor coherencia en la aplicación de estas normas, de conformidad con las normas de la OMC. Aparte de las medidas unilaterales, se evaluarán las acciones a escala bilateral y multilateral. Entre estas: capítulos ambiciosos sobre sostenibilidad en los acuerdos comerciales bilaterales de la UE; una mayor cooperación con terceros países, incluida la obtención de compromisos en ámbitos clave; la promoción de normas internacionales en los organismos internacionales pertinentes; y el fomento de la producción de productos agroalimentarios que cumplan con normas estrictas de seguridad y sostenibilidad.

El informe servirá de base para la futura política agrícola y de comercio de alimentos en lo que respecta a las normas de seguridad y sostenibilidad en el marco del Pacto Verde Europeo, la Estrategia «De la Granja a la Mesa» y la revisión de la política comercial. Si bien el propio informe no tendrá repercusiones inmediatas, cualquier cambio en las políticas derivado de este debate y dirigido a promover una mayor sostenibilidad a escala mundial, influiría en la aplicación de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas.

Las partes interesadas pertinentes para esta iniciativa son: autoridades nacionales; diputados al Parlamento Europeo; organizaciones no gubernamentales que representan a la sociedad civil; asociaciones de consumidores nacionales y de la UE; asociaciones que representan a la industria, las empresas y los profesionales; operadores económicos, incluidas las pymes; expertos del ámbito académico; y ciudadanos.  Podrán enviar sus opiniones durante 4 semanas, desde el 16 de febrero hasta el 16 de Marzo de 2022.

Fuente: Comisión Europea

Sometida a información pública las obligaciones de información sobre la estimación del impacto financiero de los riesgos asociados al cambio climático.

De conformidad con lo previsto en el artículo 26.2 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, y en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la presente consulta tiene como objetivo recabar, directamente o a través de sus organizaciones representativas, la opinión de las personas y entidades potencialmente afectadas por el Real Decreto de desarrollo del artículo 32 de la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética.

 

 

El Plan de Acción de Finanzas Sostenibles de la Comisión Europea, iniciado en el año 2018, tiene como objetivo principal movilizar financiación hacia las actividades sostenibles que promuevan la transformación del sector productivo hacia otro más sostenible con el medio ambiente.

 

El Plan de Acción se asienta sobre tres pilares:

  • Una taxonomía para identificar las actividades sostenibles.
  • Obligaciones de divulgación por parte de: gestores de activos, entidades financieras, compañías cotizadas y no cotizadas grandes
  • Herramientas como los índices climáticos

La Comisión Europea publicó el pasado 6 de julio la Estrategia Renovada para financiar la transición hacia una economía sostenible, que complementa y refuerza el Plan de Acción, poniendo el acento en las orientaciones dirigidas a mejorar la resiliencia del sector financiero en relación con la sostenibilidad, poniendo especial atención a los riesgos de cambio climático y su relación con la estabilidad financiera.

A nivel nacional, la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética proporciona el marco normativo e institucional que facilitará y orientará la descarbonización de la economía española en 2050, tal y como establece la Unión Europea y el compromiso adquirido mediante la firma del Acuerdo de París. En su exposición de motivos, señala  cómo es imprescindible asegurar las condiciones de contorno que permitan orientar las sendas de cumplimiento, facilitar la estabilidad y predictibilidad necesarias para evitar sobrecostes o la generación de activos cautivos, susceptibles de lastrar el progreso de nuestra economía durante décadas, minimizar los impactos sociales negativos y facilitar el aprovechamiento de oportunidades económicas, al tiempo que se ofrecen medidas de acompañamiento en la transición a los colectivos más vulnerables. Además, en dicha exposición de motivos, señala también  la correlación positiva entre la gestión de los riesgos climáticos, la creación de valor a largo plazo y el desempeño de los mercados.

En este sentido, se establecen obligaciones tanto para el sector financiero y empresarial como para los supervisores.

• Con respecto al sector financiero y empresarial, el artículo 32 obliga a las empresas y sociedades a emitir un informe de carácter anual en el que se haga una evaluación del impacto financiero de los riesgos asociados al cambio climático generados por la exposición de su actividad, incluyendo los riesgos de la transición hacia una economía sostenible y las medidas que se adopten para hacer frente a dichos riesgos financieros.

El artículo 32.5 de la Ley 7/2021, de cambio climático y transición energética, establece que el contenido de los informes sobre la estimación del impacto financiero de los riesgos para la sociedad asociados al cambio climático será determinado por real decreto, en el plazo de dos años desde la aprobación de dicha Ley, por lo que debe de aprobarse antes del 20 de mayo del 2023, en cumplimiento del mandato recogido en una norma con rango de Ley.

El cálculo del impacto financiero asociado al cambio climático y la transición hacia una economía sostenible y su revisión anual, se consideran un paso ineludible en la gestión de riesgos climáticos y la descarbonización de las empresas.

La ausencia de datos sobre el riesgo de cambio climático que afrontan las entidades financieras les impide calcular el riesgo financiero asociado al cambio climático y la transición hacia una economía sostenible de sus inversiones y actividades de financiación, lo que no solo tiene impactos en el proceso de descarbonización global, sino que suponen importantes riesgos financieros a medio y largo plazo al no anticipar la evolución de los mercados o la depreciación de determinados activos debido, entre otros, a las políticas climáticas.

Para que las entidades financieras puedan calcular adecuadamente su exposición al riesgo en la financiación de distintas actividades y empresas, deben disponer de datos suficientes sobre el impacto del cambio climático y la transición hacia una economía sostenible en la entidad y de cómo la entidad contribuye a la lucha contra el cambio climático. La falta de información sólida constituye uno de los principales escollos para avanzar en el ámbito de las finanzas sostenibles y un riesgo para la estabilidad financiera y económica global. Determinar los detalles de la información que deben dar las entidades sobre el riesgo financiero asociado al riesgo de cambio climático y transición hacia una economía sostenible, contribuirá sin duda a mejorar la situación y permitirá avanzar más rápidamente en la implementación de las finanzas sostenibles en nuestro sector, otorgándole además una ventaja competitiva en el contexto europeo e internacional.

Concretar el contenido de los informes previstos en el artículo 32 de la Ley 7/2021, de cambio climático y transición energética. Debiendo incluirse los siguientes aspectos en las obligaciones de información que se establezcan en el Real Decreto:

  • La estructura de gobierno de la organización, incluyendo la función que sus distintos órganos desempeñan, en relación con la identificación, evaluación y gestión de los riesgos y oportunidades relacionados con el cambio climático.
  • El enfoque estratégico, tanto en términos de adaptación como de mitigación, de las entidades para gestionar los riesgos financieros asociados al cambio climático, teniendo en cuenta los riesgos ya existentes en el momento de la redacción del informe, y los que puedan surgir en el futuro, identificando las acciones necesarias en dicho momento para la mitigación de tales riesgos.
  • Los impactos reales y potenciales de los riesgos y oportunidades asociados al cambio climático en las actividades de la organización y su estrategia, así como en su planificación financiera.
  • Los procesos de identificación, evaluación, control y gestión de los riesgos relacionados con el clima y cómo estos se integran en su análisis de riesgo de negocio global y su integración en la gestión global del riesgo por parte de la organización.
  • Las métricas, escenarios y los objetivos utilizados para evaluar y gestionar los riesgos y oportunidades relevantes relacionados con el cambio climático y, en caso de que se haya calculado, el alcance 1, 2 y 3 de su huella de carbono y cómo se afronta su reducción.

Establecer un marco regulatorio que recoja las especificidades de los riesgos climáticos para la actividad financiera. Como señala el Consejo de Estabilidad Financiera (FSB por sus siglas en inglés) en su informe del pasado 7 de julio The Availability of Data with Which to Monitor and Assess Climate-Related Risks to Financial Stability (La disponibilidad de datos con los que monitorear y evaluar los riesgos relacionados con el clima para la estabilidad financiera), los riesgos relacionados con el clima son distintos de otros riesgos para la estabilidad financiera, ya que, aunque son de naturaleza global, sus efectos difieren sustancialmente entre entidades, sectores y economías, dependiendo de su ubicaciones y actividades, lo que hace que sean poco lineales y que generen amplia incertidumbre.

Generar un marco de información financiera y empresarial que permita:

  • Conocer y comparar el grado de exposición del sector financiero y empresarial a los riesgos relacionados con el clima y a la transición hacia una economía sostenible al corto, medio y largo plazo.
  • Realizar evaluaciones prospectivas de los riesgos relacionados con el clima y la transición hacia una economía sostenible para el sistema financiero.
  • Conocer las actividades llevadas a cabo para mitigar los riesgos relacionados con el clima.

Las alegaciones deberán dirigirse a la dirección de correo electrónico audienciaMV@economia.gob.es hasta el 15 de noviembre de 2021.

La Guardia Civil aprueba el Plan de Sostenibilidad 2021-2025

Con este Plan se pretende contribuir al conjunto de acciones desplegadas a nivel nacional para alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) marcados por Agenda 2030 de Naciones Unidas
Se articula a través de cinco ejes de proyección (gobernanza, capital humano, social, medio ambiente y comunicación), sobre los que a su vez se despliegan 25 compromisos para impactar sobre los ODS de la Agenda 2030
Se trata de una continuación al primer Plan de Sostenibilidad, creado en 2016 y que estuvo vigente hasta el pasado año, con el que se contribuyó al desarrollo de la Responsabilidad Social Corporativa (RSC) en la Institución

 

La Guardia Civil ha aprobado el Plan de Sostenibilidad 2021-2025 con el fin de contribuir al conjunto de acciones desplegadas a nivel nacional para alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) marcados por Agenda 2030 de Naciones Unidas.

Este Plan se articula a través de cinco ejes de proyección (gobernanza, capital humano, social, medio ambiente y comunicación), sobre los que a su vez se despliegan 25 compromisos, que son las responsabilidades que la Institución asume de forma voluntaria en materias vinculadas a la sostenibilidad para impactar sobre los ODS de la Agenda 2030.

Con esta finalidad y en función del análisis de los ODS realizado, se establecerán 50 Áreas de Actuación a nivel interno, dentro de las cuales, la Guardia Civil desempeñará un catálogo de 100 elementos sobre los que rendir cuentas posteriormente de los logros alcanzados para cada una de ellos.

El Plan se ha confeccionado mediante un proceso a través del cual se ha determinado qué asuntos, desde la perspectiva de la sostenibilidad, la Guardia Civil puede afrontar a través de su actividad y procesos internos, teniendo en cuenta para este proceso a distintos grupos de interés. El resultado de este proceso es lo que se refleja dentro de la estructura del Plan.

Para la elaboración del Plan se ha seguido las siguientes actuaciones:

  • Revisión del Plan de Sostenibilidad 2016-2020
  • Proceso de benchmarking respecto a laos sistemas implementados por parte de otras organizaciones
  • Mecanismos de comunicación y participación activa para su definición a distintos niveles
  • Asesoramiento por  parte de Forética, así como las aportaciones por parte de otras organizaciones especializadas en materias concretas dentro del Plan

Antecedentes

Este Plan es una continuación del primer Plan de Sostenibilidad, creado en 2016 y que estuvo vigente hasta el pasado año, con el que se contribuyó al desarrollo de la Responsabilidad Social Corporativa (RSC) en la Guardia Civil, entendida como el compromiso de la Institución a contribuir con sus acciones (más allá de su misión de garantizar la seguridad pública y asistir a los ciudadanos de forma excelente y cercana), al mejoramiento social, económico y ambiental. En definitiva, seguir siendo un Cuerpo de naturaleza militar, que presta un servicio policial a la ciudadanía desde una intensa vocación de modernidad y cercanía, hasta convertirlo en un referente de calidad, versatilidad y disponibilidad.

La sostenibilidad es el mecanismo característico de la competitividad de un país, de su transformación hacia una sociedad y una economía más productiva, llevadera e integradora. A su vez, el sector público, es especialmente responsable de este desarrollo sostenible global de la sociedad.

Por ello, la Guardia Civil, con su trabajo diario, trata de contribuir a este fin, con esfuerzos hacia la reducción de la pobreza, preocupación constante por aspectos medioambientales, reducción de desigualdades y en el campo de la paz, la justicia y las instituciones sólidas. Complementariamente y siempre con la vocación de sostenibilidad, impulsa adicionalmente acciones en materia de igualdad y diversidad, el servicio comprometido, el consumo responsable para el fortalecimiento como institución, que dan una garantía de servicio excelente a la sociedad.

Las Memorias de RSC posibilitarán mostrar el desarrollo anual del Plan de sostenibilidad 2021-2025, manteniéndose permanentemente abiertos los canales de comunicación con los grupos de interés para llevar a cabo las revisiones puntuales que se consideren convenientes

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